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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (25/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de setiembre de 2007 354000 del per fi l del Proyecto de Inversión Pública denominado “Fortalecimiento de la seguridad ciudadana en el Distrito de Pachacámac”, con código SNIP Nº 59591 por un monto de S/.564,500.00 (Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), que incluye la adquisición de cinco (5) camionetas 4x2 por un importe de S/.408,200.00 (Cuatrocientos Ocho Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo al O fi cio Nº 470-2007-MDP/AL el Alcalde de la Municipalidad de Pachacámac, Provincia de Lima, remite información complementaria, comunicando la disponibilidad presupuestaria para realizar el Proyecto de Inversión “Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana en el distrito de Pachacámac”, señalando en el Memorando Nº 176-2007-MDP/OPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que existe crédito Presupuestal por S/.445,000.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) dentro del Presupuesto Institucional 2007, para la adquisición de cinco (5) camionetas por un valor de S/.408,200.00 (Cuatrocientos Ocho Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles), en la cadena funcional programática y de gastos siguientes: Función : 05 Protección y Previsión Social Programa : 022 Orden InternoSubprograma : 0182 Seguridad CiudadanaProyecto : 2.017435 Implementación del Servicio de SerenazgoFuente de Financiamiento : 05 Recursos Determinados Rubro : 07 FONCOMUN Categoría del Gasto : 6 Gastos de Capital Grupo Genérico de Gastos : 5 InversionesModalidad de Aplicación : 11 Aplicaciones Directas Especí fi ca de Gasto : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c), del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certi fi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario su fi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el añofi scal 2007, a la Municipalidad Distrital de Pachacámac, Provincia de Lima, con la fi nalidad que le permita adquirir cinco (5) Camionetas 4x2, destinadas al fortalecimiento de la seguridad ciudadana en el mencionado distrito, según el objetivo del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP 59591 declarado viable. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 112497-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 186-2007-PCM Lima, 24 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 219-2007-MPC-AL el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao solicita trámite de exoneración de la prohibición para la adquisición de vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, con la fi nalidad que le permita adquirir diez (10) Camionetas, que servirán para mejorar los servicios administrativos de medio ambiente, sanidad, comercio, tránsito, y construcción, dentro del ámbito de la jurisdicción municipal; Que, mediante el O fi cio Nº 234-2007-MPC-AL el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, remite información complementaria sobre la viabilidad del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 60037 denominado “Mejoramiento del Parque Automotor de la Municipalidad Provincial del Callao” y el informe Nº 171-2007-MPC/GGPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en el que se indica que en el presupuesto de la mencionada municipalidad, para el año 2007, existe el Crédito Presupuestal por S/. 700,000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) para la adquisición de diez (10) camionetas pick up doble cabina, lo cual ameritará que se efectúen las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático con cargo a la Previsión Presupuestal donde actualmente se encuentran los recursos; Que, el literal c), del numeral 3, del artículo 4º de la Ley 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, a la Municipalidad Provincial del Callao, con la fi nalidad que le permita adquirir diez (10) camionetas pick up doble cabina, para destinarlas a mejorar la logística de transporte para la ejecución de obras, la supervisión y monitoreo de los servicios que brinda dicha municipalidad, según el objetivo del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 60037 denominado “Mejoramiento del Parque Automotor de la Municipalidad Provincial del Callao”. Artículo 2º. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 112497-3 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionarios a México para participar en la VII Ronda de Negociaciones para los Grupos de Acceso a Mercados y Reglas de Origen RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2007-AG Lima, 24 de setiembre de 2007 VISTO: El Facsímil Circular Nº 053-2007-MINCETUR/VMCE, de fecha 10 de setiembre de 2007, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la relación comercial de Perú con México, se inició en el año 2006 las negociaciones destinadas a lograr la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica Nº 8, suscrito entre ambos países, habiéndose realizado seis Rondas de Negociaciones;