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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de setiembre de 2007 354506 h) Las personas jurídicas y naturales que se inscriban para asistir a las Audiencias Públicas. Artículo 9°.- Convocatoria La convocatoria se realizará mediante un aviso en el diario encargado de los avisos judiciales de la jurisdicción con una anticipación de treinta (30) días a la realización de la Audiencia Pública y deberá contener lo siguiente: - Fecha, hora y lugar donde se desarrollará. - Agenda a tratar.- Fecha, hora y lugar donde se podrá realizar la inscripción de los participantes. Artículo 10°.- Plazo de inscripción de los participantes El plazo para inscribirse como participante, será hasta el mismo día de la realización de la Audiencia Pública. Artículo 11°.- Resumen Ejecutivo de Rendición de Cuentas El Presidente Regional presentará un Resumen Ejecutivo de Rendición de Cuentas a la Audiencia Pública tratando los temas de la agenda, el mismo que será distribuido con quince (15) días de anticipación a la fecha de realización de la Audiencia Pública a las siguientes instituciones: Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Secretaría del Consejo Regional, Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional y organizaciones de la sociedad civil, publicándose un resumen del mismo en la página web del Gobierno Regional. Artículo 12°.- De la conducción de la Audiencia Pública El Presidente Regional conducirá la Audiencia Pública, pudiendo delegar dicha función al Vice-Presidente Regional. Artículo 13°.- Estadios de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas Los estadios de las Audiencias Públicas serán los siguientes: a) Instalación de la Mesa Directiva conformada por el Presidente Regional, Presidente del Consejo Regional, Vice-Presidente Regional y Gerente General Regional. b) Rendición de cuentas del Presidente Regional sobre los avances, logros, di fi cultades y perspectivas de su gestión del Gobierno Regional, donde abarcará los temas de la agenda. c) Participación de los asistentes en forma oral o escrita de acuerdo a las normas establecidas. d) Respuestas del Presidente Regional y/o funcionario(s) regionale(s) que éste designe. e) Resumen fi nal de la Audiencia Pública. Artículo 14°.- Uso de la palabra Los participantes que deseen hacer uso de la palabra para opinar únicamente sobre los temas de la agenda durante al Audiencia Pública, deben solicitarla levantando la mano, una vez culminada las exposiciones que se realicen al respecto, según el rol de oradores que se hayan inscrito, será uno por institución. Cada participación según el rol de oradores tendrá un tiempo de dos (2) minutos, y un (1) minuto adicional, si es otorgado por el conductor de la Audiencia. Los participantes que no se hayan inscrito y deseen participar durante el evento podrán hacerlo por escrito y si desean hacer el uso de la palabra, deberán previamente inscribirse en el acto. Artículo 15°.- Resumen de la Audiencia Pública Culminadas las intervenciones de los oradores y de los funcionarios que intervengan, el Presidente Regional realizará un resumen de la realización de la Audiencia Pública, con lo que culminará el evento. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Los aspectos no considerados en el presente Reglamento, serán resueltos por la Presidencia Regional. 114828-1 Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Arequipa y autorizan modificación del ROF de Ceticos - Matarani ORDENANZA REGIONAL N° 021-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPAHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO :Que, el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios / CETICOS MATARANI conforme lo dispuesto en la Ley 29014 ha sido adscrito al Gobierno Regional de Arequipa. Que, en este contexto normativo, deviene en necesario que la estructura organizativa de CETICOS – MATARANI se integre, sistematice y complemente en la estructura orgánica del Gobierno Regional de Arequipa. Que, veri fi cado el Dictamen de Comisión a nivel del Consejo Regional y, a nivel del Ejecutivo: el Informe Técnico Sustentatorio expedido por la O fi cina Regional de Planeamiento y Presupuesto y el Informe de la Gerencia General Regional, entonces, en mérito a los dispuesto en el Decreto Supremo Nro. 043-2006-PCM, la Ley 27658, la Ley 29035, y, de conformidad con las atribuciones de la Ley 27867 / Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley 27902. SE ORDENA: Artículo Primero: MODIFICAR el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado a través de la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA, en los términos siguientes: “Los Proyectos Especiales Regionales y CETICOS- MATARANI son Organismos Desconcentrados, dependientes de la Presidencia Regional, se rigen en lo que corresponde tanto por lo dispuesto en el presente reglamento, como por sus respectivas normas de creación, reglamentos y demás dispositivos que norman su funcionamiento los cuales deben ser coherentes con las atribuciones y fi nalidades constitucionales y orgánicas del Gobierno Regional. Tienen autonomía económica y administrativa y se fi nancian con recursos del tesoro público, recursos directamente recaudados y/o de cooperación internacional, según corresponda: a) La organización estructural, dependencia jerárquica, funciones y competencias de los Organismos Desconcentrados, se establecen de acuerdo a los dispositivos legales de creación y disposiciones complementarias materia del asunto siempre que sean coherentes con las atribuciones y fi nalidades constitucionales y orgánicas del Gobierno Regional. b) Los Organismos Desconcentrados presentarán sus planes operativos, programas de inversión y otros documentos de gestión institucional a la Presidencia Regional para su aprobación. c) Los Organismos Desconcentrados informarán periódicamente a la Presidencia Regional, respecto de los avances en la ejecución de sus planes y presupuestos. d) Los Organismos Desconcentrados informarán de los resultados obtenidos al cierre del ejerció anual, presentando la memoria respectiva para su aprobación.