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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (04/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 370008 Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 29 de enero del 2009 Segunda Inspección anual del taller 29 de enero del 2010 Tercera Inspección anual del taller 29 de enero del 2011 Cuarta Inspección anual del taller 29 de enero del 2012 Quinta Inspección anual del taller 29 de enero del 2013 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero del 2009 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero del 2010 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero del 2011 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero del 2012 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero del 2013 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 182232-1 Autorizan a SGS DEL PERU S.A.C. como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV para realizar inspección fisica de vehículo convertido al uso de GNV y vehiculo originariamente diseñado para combustión de GNV y otras inspecciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3570-2008-MTC/15 Lima, 19 de marzo de 2008 VISTO: El expediente Nº 2008-020593 presentado por SGS DEL PERU S.A.C., mediante el cual solicita autorización como Entidad Certifi cadora de Conversiones a GNV para realizar la inspección física del vehículo convertido al uso de Gas Natural Vehicular-GNV y del vehículo originalmente diseñado para combustión de GNV (vehículo dedicado, bi-combustible o dual), así como, la inspección inicial del taller que pretenda ser acreditado por la DGTT como Taller de Conversión Autorizado y la inspección anual del Taller de Conversión Autorizado, con el propósito de asegurar que éstos cumplan con las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos, normas conexas y complementarias, así como en la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles.CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modifi cado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3990- 2005-MTC/15, modifi cada por Resolución Directoral Nº 7150-2006-MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Entidad Certifi cadoras de Conversiones a GNV ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1560-2006- MTC/15, se autorizó a SGS DEL PERU S.A.C., como Entidad Certifi cadora de Conversiones a GNV para realizar la inspección física del vehículo convertido al uso de Gas Natural Vehicular-GNV y del vehículo originalmente diseñado para combustión de GNV (vehículo dedicado, bi-combustible o dual), por el plazo de dos (2) años, la misma que vence el 30 de marzo del año 2008; Que, del análisis del expediente presentado por SGS DEL PERU S.A.C., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Entidad Certifi cadora de Conversiones a GNV establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por Resolución Directoral Nº 7150-2006-MTC-15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: xSolicitud fi rmada por el representante legal de SGS DEL PERU S.A.C.; xCopia certifi cada de la escritura pública de constitución social de la empresa de fecha 18 de abril de 1986, otorgada ante Notario Dr. Jorge E. Orihuela Iberico, así como de la escritura pública de modifi cación total del estatuto y adecuación del pacto social a la Nueva Ley General de Sociedades de 24 de enero del 2000, otorgada ante el mismo Notario, ambos documentos provistos de sus respectivas anotaciones registrales de inscripción; xCopia Certifi cada del Acta de Directorio de 6 de setiembre del 2007 de la empresa SGS DEL PERÚ S.A.C., la misma que contiene el acuerdo de designar como apoderado de la empresa a la Sra. Marisol Rosemberg Llanos, con facultades sufi cientes para representar a la misma; xCopia simple de documento registral, correspondiente a la Partida Nº 11025543, que acredita las facultades de representación de la persona natural que actúa en representación del solicitante, debidamente inscrito en los Registros Públicos, y Certifi cado de Vigencia de dicho poder expedido por la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) con fecha 1 de febrero del 2008; xDeclaración jurada suscrita por el representante legal de la solicitante señalando que SGS DEL PERU S.A.C., no esta incursa en ninguno de los impedimentos indicados en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15; xDeclaración jurada suscrita por el representante legal de la solicitante señalando que SGS DEL PERU S.A.C., presta servicios y desarrolla actividades de control de calidad o inspecciones en el campo automotriz y que cuenta con la experiencia requerida por el numeral 5.1.1.3. de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, acompañada de copia de los documentos sustentatorios correspondientes;