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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 370013 competente que precede en antigüedad al llamado por ley. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición administrativa que contravenga la presente resolución. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, Salas Penales Especiales, ODICMA, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Protocolo y Ofi cina de Prensa e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 184025-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Encargan a funcionaria la Jefatura del Órgano de Control Institucional del Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FOCMAC RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 124-2008-CG Lima, 2 de abril de 2008 VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 026-2008- CG/OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, las entidades comprendidas en los incisos a), b), c) y d) del artículo 3º de la citada Ley, así como las empresas en las que el Estado tenga una participación accionaria total o mayoritaria, tendrán necesariamente un Órgano de Auditoría Interna ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura de la entidad, el cual constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad; Que, asimismo, el artículo 18º del citado dispositivo legal, establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modifi cado por Resoluciones de Contraloría N os 014 y 047-2004-CG, establece en su artículo 15º que el Jefe del Órgano de Control Institucional, en virtud de la dependencia funcional con la Contraloría General de la República, tiene la obligación de ejercer el cargo con sujeción a los lineamientos y disposiciones que emita la Contraloría General en materia de control gubernamental, dando cumplimiento a las funciones, acciones y actividades de control inherentes al ámbito de su competencia; Que, adicionalmente, el artículo 26º del citado Reglamento de los Órganos de Control Institucional, establece que el encargo de la Jefatura del Órgano de Control Institucional es dispuesto por la Contraloría General de la República; Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-90-EF, se creó el Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FOCMAC, como una persona jurídica no estatal de derecho público, con la fi nalidad de canalizar recursos fi nancieros de entidades nacionales y extranjeras en benefi cio de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, su capital se encuentra constituido por lo menos por cincuenta y uno por ciento suscrito por aportes proporcionados dentro de un plazo de cinco años por todas las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, y hasta un cuarenta y nueve por ciento por aportes desembolsados por entidades extranjeras; Que, en ese contexto, conforme a la evaluación contenida en la Hoja de Recomendación de visto, a fi n de garantizar un adecuado ejercicio del control gubernamental en el Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FOCMAC, se propone encargar la Jefatura del Órgano de Control Institucional de dicha entidad, a la señorita Ivonne Barreto Giles, Jefa del Órgano de Control Institucional de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FEPCMAC, designada por Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; modifi cado por Resoluciones de Contraloría N os 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE:Artículo Único .- Encargar, a partir de la fecha, a la señorita Ivonne Barreto Giles, adicionalmente a su cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FEPCMAC, la Jefatura del Órgano de Control Institucional del Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FOCMAC, en tanto este Organismo Superior de Control efectúe la designación correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 183436-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 160-2008-JNAC/RENIEC Lima, 2 de abril de 2008 VISTOS: Los Ofi cios Nº 118 y 000055-2008/GP/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y el Informe N° 000061-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 3044, 2974, 3057, 3062, 3036, 3033, 2955, 2973, 2936 y 2933/AFIS/2007/DDG/GP/RENIEC e Informe de Homologación Monodactilar AFIS Nº 0024, 0027, 0032, 0005, 0011, 0030, 0021, 0004, 0034 y 0001-2008/DDG/GP/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. de CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 2196 42986705 276-2007/SGDI Wilfredo Neper Carranza Vásquez 09571169 2711 43825104 313-2007/SGDI Fátima Yovana Pérez Jara 295973511175 42823607 193-2007/SGDI Alberto Orlando Tolay Chau 15298551 2225 42721796 263-2007/SGDI Flor de María Quispe Mendoza 400165661995 80349364 273-2007/SGDI Gumercinda Espinoza de Aguirre 22429136