Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

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de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5°.- REMITIR, MORDAZA al Organo de Control Institucional, a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6°.- DISPONER, que la Oficina Regional Centro Huancayo comunique al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la negativa del postor RESTAURANTE "LA NINFA", a suscribir el respectivo contrato; Articulo 7º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Centro Huancayo y a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e)

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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Bases Integradas para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Consorcio Electrico Villacuri S.A.C.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 327-2008-OS/CD
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 2752008-OS/CD, publicada con fecha 25 de marzo de 2008, se aprobaron las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Consorcio Electrico Villacuri S.A.C. (en adelante "COELVISAC"); Que, con fecha 27 de marzo de 2008, COELVISAC publico la convocatoria a Licitacion Publica a fin de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energia asociada destinadas al MORDAZA regulado, segun la demanda MORDAZA que se publica en dicha convocatoria; Que, de acuerdo con el Calendario del MORDAZA publicado en la convocatoria, se pusieron en venta las referidas Bases, siendo el plazo MORDAZA para la remision de consultas sobre las mismas el 31 de marzo de 2008, de lo cual, segun lo informado por COELVISAC, no se recibieron consultas; Que, mediante carta COI-0734-2008/G.G., COELVISAC remitio a OSINERGMIN, para su aprobacion, su propuesta de Bases Integradas; asi como, el software a ser utilizado durante la adjudicacion de la Licitacion; Que, al respecto, del analisis de los documentos recibidos, se ha verificado que las modificaciones efectuadas por COELVISAC y por OSINERGMIN a las Bases de Licitacion, se encuentran dentro del MORDAZA de cumplimiento de lo establecido en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 1012007-OS/CD; Que, de lo senalado, se puede verificar que el procedimiento previo para la aprobacion de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad, dentro de lo

previsto en la citada MORDAZA y en las Bases del MORDAZA, correspondiendo como siguiente fase, la aprobacion por parte de OSINERGMIN de las Bases Integradas para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para COELVISAC; Que, se han emitido el Informe N° 0174-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0171-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Consorcio Electrico Villacuri S.A.C.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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Postergan plazo para la MORDAZA de opiniones y sugerencias al proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento para la Asignacion de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 328-2008-OS/CD
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2008 VISTO: La solicitud contenida en el documento CS-3172008 presentado por la empresa concesionaria MORDAZA Energy Egenor S. en C. por A. (en adelante EGENOR) y en el documento KG 199/08 presentado por la empresa concesionaria KALLPA ­ Generacion S.A. (en adelante KALLPA); CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1° de la Resolucion OSINERGMIN N° 227-2008-OS/CD (en adelante "Resolucion 227), publicada el 19 de marzo de 2008, dispone la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento para la Asignacion de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT", documento que figura como Anexo de la misma; Que, asimismo, el Articulo 2° de la citada Resolucion 227 define un plazo de quince (15) dias calendario,

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