Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

Regional de MORDAZA - Callao del ex PETT; prueba de ello, es que el 5 de febrero de 2008, el Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emite el Informe Nº 004-2008/MCHL en donde senala que el Grupo de Trabajo Supervisado "GTS" no elaboro ningun expediente respecto a la Unidad Catastral Nº 019021 en la provincia de Canete, departamento de Lima; Que, ante estos hechos, el 12 de noviembre de 2007, la Oficina Zonal de MORDAZA - Callao de COFOPRI, dispuso se realice una Inspeccion Ocular Inopinada, a fin de verificar la informacion consignada en el llamado Formulario "A" (para la Inscripcion del Derecho de Posesion en Predios Rurales de Propiedad del Estado o de Particulares), es decir, corroborar que el terreno se encontraba con cultivos de maiz en el 100% de su area y cumplia lo dispuesto en los articulos 20º inciso b) y 27º del Decreto Legislativo Nº 667, Ley del Registro de Predios Rurales; Que, se constato que la Unidad Catastral Nº 019021, en supuesta posesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra ubicado en el Sector "Montejato", MORDAZA de Canete, distrito MORDAZA Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, ademas, tenia la condicion de tierra eriaza y no mostraba indicios que exista ningun MORDAZA de cultivo o explotacion agraria. Asimismo, se realizo una MORDAZA Inspeccion Ocular Inopinada con fecha 5 de febrero de 2008, confirmandose que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encontraba en posesion del predio, no existia explotacion economica alguna y que el terreno tenia la condicion de eriazo; Que, las personas que prestaron su "Declaracion de Colindantes o Vecinos" no guardan relacion con las que intervienen como vecinos o colindantes, como se puede observar del Expediente del archivo del Ex PETT; ademas, se presume que la "Declaracion de Colindantes y Vecinos" suscrita por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ELINSEBARDA MORDAZA DE NUNEZ, MORDAZA NUNEZ MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNEZ, que aparece en el Anexo Nº 0001 del Formulario "A", contiene una "declaracion falsa" al manifestar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estaria ejerciendo derechos posesorios a traves de la explotacion MORDAZA del mismo; prueba de ello es lo senalado en el Informe Tecnico Legal Nº 24-2008COFOPRI/OZLC/JLSG/YCLL, que senala que, "el predio verificado en la Inspeccion Ocular no muestra ningun MORDAZA de explotacion MORDAZA, mostrando mas bien su naturaleza eriaza"; Que, los actos MORDAZA senalados se habrian realizado incumpliendo lo dispuesto en los articulos 5º, 20º, 22º y 26º del Decreto Legislativo Nº 667, Ley del Registro de Predios Rurales, modificado por Ley Nº 27161, Ley Modificatoria y Ampliatoria de la Ley del Registro de Predios Rurales, asi como no se cumplieron los requisitos y procedimientos establecidos en los Items Nº 10, Nº 11 y Nº 16 del MORDAZA del ex - PETT, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006AG, correspondiendo proceder y aplicar lo establecido en el articulo 32º Numeral 32.3) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, del analisis de las conductas de los ex funcionarios y ex trabajadores del ex PETT; asi como la participacion de los administrados y la participacion de los terceros (declarantes o testigos); se ha establecido que es necesario interponer denuncia penal en contra del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cosavalente, Abogada MORDAZA MORDAZA Ruete MORDAZA, Ingeniero MORDAZA F. Maguina MORDAZA, Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de los Delitos de Abuso de Autoridad, Cohecho Pasivo Propio y Asociacion Ilicita para Delinquir, tipificados en los articulos 376º, 393º y 317º del Codigo Penal; asi mismo, en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de los delitos de Cohecho Activo, Presentar Falsa Declaracion en MORDAZA Administrativo y Falsedad Ideologica, tipificados en los articulos 397º y 428º del Codigo Penal; y en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ELINSEBARDA MORDAZA DE NUNEZ, MORDAZA NUNEZ MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNEZ, por la presunta comision del delito de Falsedad Ideologica tipificado en el articulo 428º del Codigo Penal; ademas, la Procuraduria Publica debera interponer la denuncia penal y en la etapa procesal correspondiente debera solicitar el pago de la Reparacion Civil pertinente al MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 92º, 93º, 95º, 99º y 101º del Codigo Penal; asi como, interponer la demanda de Indemnizacion por Danos y Perjuicios ocasionados a la Entidad de ser el caso; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con los

articulos 1º, 2º y 14º del Decreto Ley Nº 17537, "Ley de la Representacion y Defensa del Estado en Juicio", y el articulo 69º del Codigo Procesal Civil, se tiene que la defensa de los derechos e intereses del Estado corresponde al Procurador Publico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2006VIVIENDA del 11 de agosto de 2006, se adscribe COFOPRI al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y con Resolucion Ministerial Nº 461-2006-JUS del 13 de septiembre de 2006, se dispone encargar al Procurador Publico del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la representacion y defensa de los derechos e intereses de COFOPRI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007VIVIENDA del 22 de febrero del 2007, se dispuso la Fusion por Absorcion del "Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT" por el "Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI", concluyendo dicho MORDAZA de Fusion por Absorcion con Resolucion Ministerial Nº 0183-2007-VIVIENDA publicada el 12 de junio del 2007; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 133-2007-JUS del 2 de agosto del 2007, se designa al Procurador Publico Ad Hoc Titular para que asuma la defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales en los que es parte el Ex "Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 041-2002VIVIENDA del 6 de septiembre de 2006 se aprueba la "Directiva para la formulacion de proyectos de dispositivos legales y tramitacion de expedientes que se generen en las unidades organicas y en los organismos publicos descentralizados, empresas e instituciones que sectorialmente se encuentren bajo el ambito o adscritas al Ministerio de VIVIENDA"; siendo necesario se emita la resolucion autoritativa correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 7º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Senor Procurador Publico Ad Hoc Titular a cargo de los asuntos judiciales del Ex Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones legales; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico Ad Hoc titular a cargo de los asuntos judiciales del Ex Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

190427-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-2008-VIVIENDA
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 Vistos: El Proveido Nº 365-2008-COFOPRI/SG del 12 de febrero de 2008, Memorandum Nº 489-2008-COFOPRI/ OCD del 12 de febrero de 2008, y el Informe Nº 048-2008COFOPRI/OAJ; CONSIDERANDO: Que, la Oficina Zonal de MORDAZA - Callao al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, realizo acciones de fiscalizacion posterior, respecto de los expedientes a los que en forma masiva, se asignaron Codigos de "Unidades Catastrales" y se emitieron los "Certificados Catastrales" hasta el 12 de junio de 2007, los que fueron presentados

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