Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370955

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA DICKINSON PASQUEL CHOY MORDAZA, concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con el senor MORDAZA DICKINSON PASQUEL CHOY MORDAZA, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC y que La Empresa ha presentado la documentacion sustentatoria para el otorgamiento de concesion interprovincial para prestar servicio de transporte regular de personas en la ruta: MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa; asimismo, agrega que los vehiculos ofertados de placa de rodaje Nºs VG-8895, VG-8896, VG-8919, VG-8920, VG-8938 y VG-8939 se encuentran bajo contrato de Arrendamiento Financiero; Que, en Informe Nº 034-2007-MTC/15.ASESORES, ratificado con Memorandum Nº 5220-2007-MTC/15, se establece que de la interpretacion sistematica del articulo 46º del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 037-2007-MTC, se debe entender que el tercer parrafo de dicho articulo se refiere tambien a los contratos leasing u operativos los mismos que deben estar a nombre del peticionario; Que, en aplicacion de los principios de imparcialidad, informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de controles posteriores establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, procede otorgar a La Empresa la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificatorias, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta con la Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:

190223-1

Otorgan concesion interprovincial a la empresa Turismo Celajes S.A.C. para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 16145-2007-MTC/15
MORDAZA, 20 de diciembre de 2007 VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2007035192, 2007-035192-A, 2007-035192-B, 2007-035192C, 2007-035192-D y 2007-035192-E, organizados por la empresa TURISMO CELAJES S.A.C., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa y el Informe Nº 7641-2007MTC/15.02.2 de la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. CONSIDERANDO: Que, la empresa TURISMO CELAJES S.A.C., - en adelante La Empresa, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, solicita la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para el efecto oferta las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs VG-8895 (2007), VG-8896 (2007), VG-8919 (2007), VG-8920 (2007), VG-8938 (2007) y VG-8939 (2007); Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre, otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional; Que, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre en el Informe Nº 7641-2007-MTC/15.02.2 concluyo que la ruta: MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decima Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por

Articulo Primero.- Otorgar a favor de la empresa TURISMO CELAJES S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA : MORDAZA - MORDAZA y viceversa ORIGEN : MORDAZA DESTINO : MORDAZA ITINERARIO : URIPA ­ ANDAHUAYLAS ABANCAY ESCALA COMERCIAL : URIPA ­ ANDAHUAYLAS ­ ABANCAY FRECUENCIAS : Dos (2) diarias en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Seis (6) omnibus FLOTA OPERATIVA : Cuatro (4) omnibus de placas de rodaje Nºs VG-8895 (2007), VG-8896 (2007), VG-8919 (2007) y VG-8920 (2007) FLOTA DE RESERVA : Dos (2) omnibus de placas de rodaje Nºs VG-8938 (2007) y VG-8939 (2007) HORARIOS : Salidas de Ayacucho: A las 07:00 y 18:00 horas Salidas de Cusco: A las 07:00 y 18:00 horas Articulo Segundo.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- Previa a la entrega de los Certificados de Habilitacion Vehicular de los vehiculos de placas de rodaje Nºs VG-8895 y VG-8896, la empresa TURISMO CELAJES S.A.C., debera presentar MORDAZA del Testimonio de la Modificacion del Contrato de Arrendamiento Financiero, presentado bajo el expediente Nº 2007-035192-E. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa TURISMO CELAJES S.A.C., en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- La empresa TURISMO CELAJES S.A.C. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias

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