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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370949 de 2008, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección y referidas en el Informe Nº 197-2008-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 25 de abril al 1 de junio de 2008, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 086-2008-MTC/12.04 y 087-2008-MTC/12.04 y Nº 197-2008-MTC/12. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifas por uso de aeropuerto. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDO LOS DÍAS DEL 25 DE ABRIL AL 1 DE JUNIO DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 086-2008-MTC/12.04, Nº 087-2008-MTC/12.04 Y Nº 197-2008-MTC/12 ORDEN INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 781-2008-MTC/12.04 25-Abr 28-AbrUS$ 660.00 US $ 30.25LAN Perú S.A.Alvarez Zevallos, Alfredo FedericoMiami EUAChequeo inicial (Skill Test) en simulador de vuelo del equipo B-767964-4079-5619-4078 741-2008-MTC/12.04 26-Abr 29-AbrUS$ 660.00 US $ 30.25Aero Condor SACRios Vienrich, Reynaldo JulioMiami EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, en el Centro de Entrenamiento de Aeroservice3689-3690 782-2008-MTC/12.04 28-Abr 04-MayUS$ 1,100.00 US $ 30.25Aero Transporte S.A. (ATSA)Fajardo Cámero, Víctor AugustoLakeland EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo PA-4238613-38612-2887-5971 783-2008-MTC/12.04 29-Abr 02-MayUS$ 660.00 US $ 30.25LAN Perú S.A.León Lasheras, Rolando RafaelMiami EUAChequeo inicial (Skill Test) en simulador de vuelo del equipo B-7675617-5620 784-2008-MTC/12.04 04-May 06-MayUS$ 440.00 US $ 30.25LAN Perú S.A.Samolski Edery, SimónMiami EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo B-7675965-5966 743-2008-MTC/12.04 06-May 09-MayUS$ 440.00 US $ 30.25Aero Transporte S.A. (ATSA)Alván Cabrejos, Carlos AtilioNueva York (La Guardia)EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo B-19003836-3837 744-2008-MTC/12.04 28-May 01-JunUS$ 660.00 US $ 30.25Aero Transporte S.A. (ATSA)Defi lippi Brigneti, Gino HumbertoPhiladelphia EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo ASTRA3836-3837 190945-11 Disponen prepublicación del anteproyecto de Directiva que regula el Tratamiento de los Envíos Postales no Distribuibles en el Perú, en la página web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2008 MTC/03 Lima, 16 de abril de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 685 se declaró al servicio postal de necesidad y utilidad pública y de preferente interés social, disponiéndose además que toda persona natural o jurídica, constituida o establecida en el país, tiene derecho a prestar libremente servicios postales en la forma regulada por las disposiciones de la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-93-TCC se aprobó el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, el cual regula el servicio postal y establece las disposiciones administrativas y operativas relativas a la concesión para la explotación del servicio, a fin de que se ejerza garantizando la libertad y seguridad de los usuarios en la admisión, transporte y entrega de los envíos postales; asimismo, señala que el Ministerio queda facultado para dictar las normas complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento del presente Reglamento, con sujeción a los Convenios y Acuerdos Internacionales ratificados por el Perú en los casos que corresponda; Que, en este marco legal, mediante Resolución Directoral Nº 068-2006-MTC-19 se aprobó la Directiva Descargado desde www.elperuano.com.pe