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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (22/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de abril de 2008 371092 Artículo Tercero.- Encargar su publicación en el Portal Web Institucional a la Ofi cina Ejecutiva de Comunicaciones de la Secretaría General del INEN. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe InstitucionalInstituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas 191061-1 Aprueban la “Norma Técnico Oncológica para la Prevención, Detección y Manejo de las Lesiones Premalignas del Cuello Uterino a Nivel Nacional” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 121-RJ-INEN-2008 Lima, 18 de abril del 2008VISTOS; la Carta Nº CMPCC Nº 037-2007 de la Dirección de Control del Cáncer del INEN y el Memorándum Nº 205-2008-OAJ-INEN de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del INEN; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, con personería jurídica de derecho público interno con autonomía, entre otros, de carácter normativo, adscrito al Sector Salud; Que, el Artículo 37-Aº del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y sus modifi catorias precisan que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN tiene como misión proteger, promover, prevenir y garantizar la atención integral del paciente oncológico, dando prioridad a las personas de escasos recursos económicos; así como, controlar, técnica y administrativamente, a nivel nacional los servicios de salud de las enfermedades neoplásicas, y realizar las actividades de investigación y docencia propias del Instituto; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INEN aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, precisa en el Artículo 3º su autonomía normativa en el extremo de normar técnicamente la promoción, prevención, diagnóstico, manejo, rehabilitación y seguimiento del cáncer en el País, dentro del marco de las políticas sectoriales, refi riéndose éstas como “normas técnicas oncológicas”; ello en concordancia con lo establecido por el literal h) del Artículo 6º del ROF que precisa como función general del INEN el emitir las normas para establecer el control técnico de los servicios de salud oncológicos a nivel nacional; Que, del mismo modo, el Artículo 24º del ROF precisa que la Dirección de Control del Cáncer es el órgano técnico-normativo encargado de planifi car, proponer las normas y conducir, a nivel nacional, los procesos de promoción de la salud en el campo oncológico, de prevención de enfermedades neoplásicas, de epidemiología, de información para la salud, de investigación en oncología y de docencia y educación especializada en oncología; así como de conducir la formulación, sistematización y difusión de las normas técnicas oncológicas así como de los estándares de calidad de los servicios de salud oncológicos a nivel nacional, a los que controla técnicamente en cumplimiento a las normas vigentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 030-2007- MINSA se aprobó el “Plan Nacional para el Fortalecimiento de la Prevención y Control del Cáncer”, facultándose a la “Coalición Multisectorial Perú Contra el Cáncer” a ejecutar acciones para su implementación mediante Resolución Ministerial Nº 152-2007-MINSA; Que, en ese orden de ideas, mediante el documento de vistos se ha presentando para su aprobación las “Normas Técnico Oncológica para la Prevención, Detección y Manejo de las Lesiones Premalignas del Cuello Uterino a Nivel Nacional”, la misma que cuenta con el visto bueno de la Dirección de Control del Cáncer, de la Presidencia de la Coalición Multisectorial Perú Contra el Cáncer y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INEN, por lo que es necesario ofi cializar la misma como una norma técnica oncológica de carácter referencial para su difusión y aplicación institucional en cumplimiento de las normas precitadas; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 9° del ROF del INEN en concordancia con lo establecido en el literal h) de su Artículo 6º; Con la visación de la Dirección de Control del Cáncer, la Presidencia de la Coalición Perú contra el Cáncer, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del INEN; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura Institucional; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la “Norma Técnico Oncológica para la Prevención, Detección y Manejo de la Lesiones Premalignas del Cuello Uterino a Nivel Nacional”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar la difusión de la presente Resolución a la Dirección de Control del Cáncer en el marco de la autonomía normativa del INEN conforme a su Ley de creación. Artículo Tercero.- Encargar su publicación en el Portal Web Institucional a la Ofi cina Ejecutiva de Comunicaciones de la Secretaría General del INEN. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 191061-2 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Designan Asesor de la Jefatura del INEI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 126-2008-INEI Lima, 21 de abril de 2008CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Asesor II, Plaza Nº 005, Nivel Remunerativo F-5 de la Jefatura del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, a fi n de asegurar el normal funcionamiento y cumplimiento de las actividades programadas resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Sr. WALTER JOE LÓPEZ MENESES, en el cargo de Asesor II, Plaza Nº 005, Nivel Remunerativo F-5 de la Jefatura del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 191633-1Descargado desde www.elperuano.com.pe