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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de abril de 2008 371083 Elecciones, respectivamente, a fi n que participen en el citado evento internacional; asimismo, encarga a la Gerencia de Administración y Finanzas otorgar los pasajes aéreos, hospedaje, impuestos de aeropuertos, así como los viáticos de ley al señor Secretario antes mencionado; Que, la participación de los representantes del Jurado Nacional de Elecciones en el evento organizado por la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos y el Tribunal Supremo Electoral de la República del Ecuador está orientada al estudio e intercambio de experiencias a nivel internacional, respecto del fortalecimiento de la confi anza ciudadana en los procesos electorales, aspecto que, por su naturaleza y trascendencia, resulta de interés institucional específi co y converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, además de contribuir a la promoción de nuestro sistema electoral, base de la estabilidad democrática y de la gobernabilidad de nuestro país, lo que constituye una acción de promoción de importancia para el Perú; Que, respecto del viaje de comisión de servicios del señor Secretario General doctor Juan Teodoro Falconí Gálvez, la Gerencia de Administración y Finanzas ha elaborado una propuesta de asignación de viáticos y otros gastos, conforme, la que obra en el expediente; asimismo, con la Certifi cación Nº 0326-2008-GPDE/JNE, de fecha 3 de abril de 2008, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones informa la existencia de crédito presupuestario, para la comisión de servicios del funcionario antes mencionado, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2008, debiendo ser priorizado en el calendario de compromisos del mes de Abril, hasta por el importe total de S/. 4,180.00; Que, respecto del viaje del Miembro del Pleno doctor Gastón Soto Vallenas, es de aplicación lo estipulado por el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que señala que en el caso de viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; En uso de las facultades conferidas a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Nº 134-2005/JNE, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto supremo Nº 047-2002-PCM, así como la Ley Nº 29142; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Conforme al Acuerdo Nº 25038-022 del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, se autoriza el viaje de los señores doctores Gastón Soto Vallenas y Juan Teodoro Falconí Gálvez, Miembro Titular y Secretario General (e) del Jurado Nacional de Elecciones, respectivamente, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 22 al 25 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación de la comisión de servicios del doctor Gastón Soto Vallenas serán asumidos por los organizadores del evento.Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la comisión de servicios del doctor Juan Teodoro Falconí Gálvez, serán cubiertos por el Jurado Nacional de Elecciones, con recursos ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos, ida y vuelta S/. 2,050.00 Viáticos S/. 1,933.00Tarifa Uni fi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA) S/. 197.00 T O T A L : S/. 4,180.00 Artículo Cuarto: Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo Quinto: La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 191077-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 184-2008-JNAC/RENIEC Lima, 7 de abril de 2008VISTOS: Los Ofi cios Nº 003424-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral hoy Gerencia de Procesos y Nº 0073-2008/GP/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y el Informe Nº 0071-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través de los Informes Nº 5925, 4953, 3446, 4798 y 3868-2006/HYC/SGDAR/GP/RENIEC, elaborados por la antes denominada Sub Gerencia de Depuración y Archivo Registral, se detectó que cinco ciudadanos debidamente inscritos, obtuvieron indebidamente una segunda inscripción con identidades que no les corresponden, insertando datos falsos en el Registro Único de Identifi cación de Personas Naturales; dichas inscripciones son las siguientes: Informe de Homologación MonodactilarInscripción CanceladaResolución de Cancelación de InscripciónNombres y Apellidos del presunto responsableInscripción Vigente 529/2005/GP/SGDAC/AP 18120940282-2006/SGDAR 2974-2006/SGDARRóger Pachamango Martínez 42447908 557/2006/AP/SGDAR/GP 41210827 2412-2006/SGDAR Juan Daniel Chavarría Cotrina 15749412 580/2006/AP/SGDAR/GP/RENIEC 16019038 2641-2006/SGDAR Marcos Edgar Serrín Okamoto 15748119 028-2006/AP/SGDAR/GP 09916901292-2006/SGDAR 2240-2006/SGDARCésar Fernando Manrique Masuda 15748172 244-2006/BG/GP/RENIEC 16020039 1693-2006/SGDAR Bartolomé Rosendo Nishijima Vargas 15754889 Descargado desde www.elperuano.com.pe