Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado mediante Resolucion 1098-2008-TC-S3 por el periodo de doce (12) meses por su responsabilidad en la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte. De igual manera, el Contrato C.G.G.-026/2006-EGASA, de cuya resolucion es responsable el Contratista, fue celebrado por la suma de S/. 173,681.52 nuevos soles. Finalmente, para la graduacion de la sancion se tiene en cuenta el MORDAZA de razonabilidad que aconseja que las sanciones no deben ser desproporcionadas y que deben guardar relacion con la conducta a reprimir, atendiendo a la necesidad de que las empresas no deban verse privadas de su derecho de proveer al Estado mas alla de lo estrictamente necesario para satisfacer los fines de la sancion, por lo que este Colegiado considera que en el caso materia de autos corresponde imponer al Contratista una sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de dieciseis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la intervencion de los Vocales Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA Navas MORDAZA, atendiendo a la conformacion de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion N.º 035-2008CONSUCODE/PRE, de fecha 31 de enero de 2008 y de conformidad con las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 083-2004-PCM, el articulo 171 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremos N.º 0542007-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; por unanimidad: LA SALA RESUELVE:

Que, el Art.1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de Setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, seran a la fecha en que debe ser pagada la valorizacion, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2008-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA del 2008, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA del 2008, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica MORDAZA 2008 363,19 523,36 338,27 395,43 241,56 731,83

1. Imponer al GRIFO ITALIA E.I.R.L. sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de dieciseis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia de publicada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para las anotaciones de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA NAVAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA

233762-1

233770-2

Aprueban Factores de Liquidacion "F" para el calculo de Compensacion por Tiempo de Servicios de los trabajadores de construccion civil, para las seis Areas Geograficas, correspondiente al periodo junio 2007 a MORDAZA 2008, derivados de la variacion de los jornales de la mano de obra producida a partir de junio 2008
RESOLUCION JEFATURAL N° 224-2008-INEI
MORDAZA, 1 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 033-90-VC-9200 de 26 de MORDAZA de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construccion ­ CREPCO, creo el Factor de Liquidacion "F" y aprobo la formula del calculo de reintegro por concepto de pago de Compensacion por Tiempo de Servicios; disponiendo que cada vez que se produzca una variacion en los jornales de construccion civil que afecte el monto de la Compensacion por Tiempo de Servicios, CREPCO publicara el Factor de Liquidacion "F"; Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley N° 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios para la aplicacion de las Formulas Polinomicas de Reajuste Automatico de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, como resultado de la Convencion Colectiva de Trabajo y bajo el expediente Nº 105463-2008-MTPE/2/12.210,

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2008
RESOLUCION JEFATURAL N° 223-2008-INEI
MORDAZA, 1 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

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