Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2008 (16/08/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2008

medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicaran de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el Organo designado para esta funcion; Que, el Articulo 7º del D. S. Nº 083-2004-PCM, enfatiza que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Dicho Plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad. Al respecto el Articulo 22º del D. S. Nº 084-2004-PCM senala que para la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, cada una de las dependencias de la Entidad determinara, dentro del plazo senalado por el titular de la Entidad o su MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda, sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en funcion de sus metas, senalando la programacion de acuerdo a sus prioridades. Dichos requerimientos seran incluidos en el cuadro de necesidades que sera remitido a la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones para su consolidacion. Una vez aprobado el presupuesto institucional el Plan anual se sujetara a los montos presupuestales establecidos en aquel; Que el Articulo 25º del D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular de la Entidad o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda, dentro de los 30 dias naturales siguientes a la aprobacion del presupuesto institucional. Seguidamente el articulo 26º del mencionado D.S. dispone que el Plan anual y el documento que lo apruebe deberan ser publicados por cada entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco dias habiles de aprobado. Excepcionalmente y previa autorizacion de CONSUCODE, las entidades que no tengan acceso a Internet en su localidad, deberan remitirlo a este Concejo por medio magneticos, opticos u otras que determine CONSUCODE, segun el caso. La Comision de Promocion de la Pequena y Micro EmpresaPROMPYME tendra acceso permanente a la base de datos de los Planes anuales registrados en el SEACE para su analisis y difusion entre las micro y pequenas empresas. Adicionalmente, el Plan Anual aprobado estara a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la pagina Web de esta, si la tuviere, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproduccion; Que, segun advierte de lo dispuesto por el articulo 27º Inc. 1) del D.S. Nº 084-2004-PCM el Plan anual puede ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales. En ese sentido se modifica el Plan anual cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion. La aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los Articulos 25º y 26, respectivamente; Que, con la finalidad de proteger al alumnado en lo referente a la MORDAZA y a sus actividades escolares, dentro de los supuestos de exoneracion previstos en el articulo de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 083-2004-PCM, existiendo uno en los cuales las entidades necesariamente requieren adquirir o contratar en forma directa e inmediata por una situacion de emergencia, con fecha 28 de febrero de 2008 visto y analizando el informe legal Nº 070-2008-MDSM-GAJ y el Informe Tecnico Nº 014-2008-MDSM-EMVG EMITIDO POR LA Gerencia de Asesoria Juridica y Procuraduria y la Oficina Tecnica de Defensa Civil respectivamente, el Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria Nº 01-2008-MDSM acordo mediante su articulo primero declarar en situacion de emergencia para la construccion inmediata de la infraestructura de la I. E Nº 86384-1 ubicada en la localidad de Pichiu Quinhuaragra del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, exonerandose de los procesos de seleccion correspondientes; Que, por lo manifestado en el punto anterior, con la finalidad de construir inmediatamente la Infraestructura de

I. E. Nº 86384 de la Localidad de Pichiu Quinuaragra, se ha tenido que demoler las aulas que representaban un grave riesgo para la MORDAZA de los alumnos y de los profesores que laboran en dicha institucion, por lo que ahora que ya se ha dado inicio a las clases escolar, resulta de suma urgencia a dichas personas contar con ambientes en los cuales los alumnos puedan recibir las ensenanzas impartidas por los profesores, y estos ultimos donde puedan ejercer sus labores como docente; Que el articulo 14º y siguientes de nuestra Constitucion Politica del Estado establece en su parte pertinente que es deber del estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del MORDAZA, asegura que nadie se vea impedido a recibir educacion adecuada por cualquier razon, dando prioridad a la educacion en la asignacion de recursos, promueve la creacion de centros de educacion donde la poblaron requiera de los recursos. En ese sentido el Articulo 82º inc. 5) de la Ley 27972, senala que las municipalidades en materia de educacion tiene como competencia y funciones especificas construir, equipar y mantener concertado y al presupuesto que se le asigne; Bajo estas condiciones, en el MORDAZA de una efectiva situacion de necesidad sobreviviente a lo declarado en estado de emergencia, conforme a lo informado por la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de la entidad y la Gerencia de Administracion y Finanzas, resultaria justificado que la entidad adquiera y contrate en forma directa e inmediata los referidos modulos cuya adquisicion tiene por objeto las bases administrativas del MORDAZA de seleccion denominada ADP Nº 014-2008-MDSM/CE2 servicio de confeccion e instalacion de Ocho Modulos para el Colegio Integrado Nº 86384 del centro Poblado Pichiu Quinuaragra", Distrito de San MORDAZA, por dicho motivo es menester que el titular de nuestra entidad o el funcionario en el que este MORDAZA delegado sus funciones apruebe la correspondiente exoneracion a fin de no llevarse a cabo el MORDAZA de seleccion, con la unica finalidad de satisfacer la necesidad sobreviviente a causa de los hechos descritos en el punto 2.13; Que, en este sentido y de conformidad con lo establecido por el articulo 20º inciso 6) de la Ley 27972, son atribuciones del MORDAZA dictara Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas, de manera que es competencia del Titular emitir el correspondiente Acto Administrativo o el funcionario en el Que se MORDAZA delegado esta facultad; Que, con Informe Nº 230-2008-MDSM-GAJ, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina; se exonere del MORDAZA de seleccion la ADP Nº 014-2008-MDSM/CE "Servicio de confeccion e instalacion de Ocho Modulos para el Colegio Integrado Nº 86384 del Centro Poblado de Pichiu Quinuaragra" del Distrito de San MORDAZA, por cuanto se trata de satisfacer necesidades sobrevivientes a lo declarado en situacion de emergencia por acuerdo de concejo Nº 005-2208-MDSM, de fecha 03 de marzo de 2008, conforme lo establece el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal adopto el siguiente, ACUERDO: Articulo Primero.- Declarara PROCEDENTE, la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion la ADP Nº 014-2008-MDSM/CE "Servicio de confeccion e instalacion de Ocho Modulos para el Colegio Integrado Nº 86384 del Centro Poblado de Pichiu Quinuaragra" del Distrito de San Marcos. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a la Gerencia de Acondicionamiento y Desarrollo MORDAZA y Rural, la Jefatura de Ejecucion de Obras, Gerencia de Administracion y Finanzas y la Subgerencia de Logistica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 238533-1

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