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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378230 c) Copia certifi cada del Acta o de la Partida de Matrimonio, expedida por la Municipalidad de Barranco, dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. d) Declaración Jurada del último domicilio conyugal, de ser el caso, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges. e) Recibo de pago de la Tasa 1.2. Requisitos relacionados con los hijos.En Caso de no tener hijos menores ni mayores con incapacidad: a) Declaración Jurada con fi rma y huella digital de cada uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad. En caso de tener hijos menores:b) Adjuntar copia certifi cada del Acta o de la Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. c) Presentar copia certifi cada de la Sentencia Judicial fi rme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visitas. En caso de tener hijos mayores con incapacidad:d) Adjuntar copia certifi cada del Acta o de la Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud e) Presentar copia certifi cada de la Sentencia Judicial fi rme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas. f) Anexar copia certifi cada de las sentencias judiciales fi rmes que declaran la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombren a su curador. 1.3. Requisitos relacionados con el Patrimonio:a) En caso no hubiera bienes: Declaración Jurada con fi rma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges de carecer de bienes sujetos al régimen de Sociedad de Gananciales. b) En caso se haya optado por el régimen de separación de patrimonios: El Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos. c) En el supuesto de que se haya sustituido el régimen de la Sociedad de Gananciales por el de Separación de Bienes, o se haya liquidado el Régimen Patrimonial, se presentara el Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos 2. DIVORCIO ULTERIORRequisitos:a) Solicitud de disolución del vinculo matrimonial presentado por cualquiera de los cónyuges dirigido al Alcalde Distrital de Barranco, señalando nombre, Documento de Identidad y fi rma del solicitante. Procederá la fi rma a ruego en el caso de que el solicitante sea analfabeto, no pueda fi rmar, es ciego, o adolece de alguna discapacidad, sin perjuicio de que impriman su huella digital o grafía de ser el caso b) Copia de la Resolución de Alcaldía que declaró la Separación Convencional c) Recibo de pago de la Tasa. Artículo Cuarto.- De la Tasa.- Mediante la presente Norma se crea los siguientes Derechos administrativos: Procedimiento Tasa S/. UIT Separación Convencional 94.65 2.70Divorcio Ulterior 55.68 1.59 Artículo Quinto.- De las Responsabilidades.- Los funcionarios y autoridades que participen en el procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, se encuentran obligados a atender las solicitudes conforme a los plazos establecidos en la Ley 29227 y su Reglamento, quedando establecido que su retardo origina responsabilidad administrativa establecidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Sexto.- De la Califi cación.- El presente procedimiento tendrá una califi cación 25 días positivos, siempre y cuando se lleve a cabo la audiencia. Artículo Séptimo.- Incorpórese en el Reglamento de Organización y Funciones correspondientes a la Ofi cina de Secretaria General y Ofi cina de Asesoría Jurídica: a).- Ofi cina de Secretaría General: Admitir y efectuar el trámite de las solicitudes de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en concordancia con los dispositivos legales vigentes. b).- Ofi cina de Asesoría Jurídica: Revisar los Expedientes de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, y emitir el informe correspondiente. Artículo Octavo.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Secretaria General y Ofi cina de Asesoría Jurídica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, asimismo encargar a la Ofi cina de Imagen , Educación y Cultura su difusión y publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 238721-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Código de Ética Municipal DECRETO DE ALCALDÍA N° 07-2008-ALC-MDL Lince, 29 de mayo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; Visto, el Informe N° 140-2008-MDL-OAF/URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 077-2008-MDL-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Municipalidad Distrital de Lince es un órgano de gobierno autónomo que promueve y ejercita la práctica de una cultura de principios éticos, basada en la transparencia y probidad de la gestión; Que, a fi n de coadyuvar a ese propósito, es necesario dictar un Código de Ética que establezca las normas de la conducta funcional y el comportamiento de los funcionarios y servidores de la Municipalidad de Lince, durante el ejercicio de sus cargos o ejecución de sus funciones; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Código de Ética Municipal de esta Corporación Edil, el mismo que consta Descargado desde www.elperuano.com.pe