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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378236 formalización del evento, lo que comprende la inclusión en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicación de la Resolución o acuerdo correspondiente, y la remisión de los actuados tanto a la Contraloría General de la República como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en cuanto a la justifi cación técnica realizada por la Subgerencia de Defensa Civil, debe señalarse que la declaración de emergencia ha sido dictada por la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Decreto Supremo Nº 041-2008-PCM, de fecha 18 de junio del año 2008, dentro del cual se incluye a nuestro departamento de Pasco; además, establece el Artículo 2º de esta norma que el Instituto Nacional de Defensa Civil, los Gobiernos Regionales y los gobiernos locales involucrados están obligados a brindar ayuda a las personas en peligro y realizar las acciones de rehabilitación de los servicios e infraestructura públicos necesarios para atender la emergencia producida como consecuencia del mencionado desastre de origen natural; Que, en la consideración fi nal tercera del Instructivo para el proceso del presupuesto participativo , aprobado por Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, establece que los proyectos de inversión aprobados en el presupuesto Institucional de Apertura, que por razones justifi cadas su ejecución se desestima, pueden ser reemplazados por otros proyectos priorizados, sin embargo, en casos excepcionales o de fuerza mayor (por ejemplo desastres naturales), los titulares de pliego pueden priorizar otros proyectos en salvaguarda de la seguridad y bienestar de la población. En estos casos, las autoridades locales deberá informar a sus respectivos Consejos de Coordinación y Comités de Vigilancia los cambios introducidos en el presupuesto, justifi cando claramente la situación de emergencia que explica tal modifi cación; Que, mediante la Opinión Legal Nº 0202-2008- GAJ-HMPP, se opino que RESULTA PROCEDENTE LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN POR SITUACIÓN DE EMERGENCIA de ropa abrigadora para contrarrestar los efectos del friaje, solicitado por la Subgerencia de Logística y la Gerencia Municipal de nuestra Entidad; Que, el Artículo 148º del Decreto Supremo Nº 0842004PCM. Procedimientos para las Adquisiciones y Contrataciones Exoneradas, establece que la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias, y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Artículo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 20° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, luego del debate, con la aprobación por UNANIMIDAD de los señores miembros del concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta el Magno Concejo Municipal de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco; ACORDÓ:Artículo Primero.- APROBAR, LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN QUE CORRESPONDA, POR LA CAUSAL DE EMERGENCIA, por el friaje en la Provincia de Pasco, para la adquisición de ropa abrigadora y zapatos, las mismas que serán hasta por el monto económico de S/. 150,000.00 (Ciento cincuenta mil con 00/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: 07 “Fondo de Compensación Municipal”; 09 “Recursos Directamente Recaudados” y a la Actividad 1.029434 “Atención de desastres y apoyo a la rehabilitación”, del presupuesto de la Municipalidad Provincial de Pasco, aprobado para el año 2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Logística, las Comisiones y Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad Provincial de Pasco, efectuar los trámites administrativos para la adquisición de ropa abrigadora y zapatos para el friaje, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Pasco, la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la aprobación del presente, de igual manera dentro del plazo señalado, deberá cumplir con remitir copia del presente y de los informes técnico y legal, a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WILLYAM TITO VALLE RAMÍREZ Alcalde 239159-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO Autorizan viaje del Alcalde para participar en el VI Encuentro de Comunidades Alemanas de América Latina, a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 286-2008-MDP Pozuzo, 25 de junio del 2008VISTO:La Carta de Invitación de fecha 19 de junio de 2008, con Exp. Nº 2470 del Sr. Nilo SERGIO FRANCK – Presidente de la Comisión Organizadora del VI Encuentro de Comunidades Alemanas en América Latina (CAAL VI), a realizarse en JUIZ DE FORA – Brasil, del 02 al 09 de Setiembre del 2008; CONSIDERANDO:Que, por mandato del Art. 194° segunda parte del primer parágrafo de la Ley N° 27680; de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Art. II del Título preliminar de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, del 02 al 09 de setiembre de 2008 se llevará a cabo en Juiz de Fora – Estado de Minas Gerais, de Brasil, el “VI Encuentro de Comunidades Alemanas de América Latina” –CAAL VI, organizado por la Comisión del CAAL VI presidido por el Sr. Nilo Sergio Franck de la Colonia Alemana de Juiz de Fora; Que, en sesión ordinaria de Concejo N° 14 de fecha 16 de junio del 2008, se consideró conveniente la participación del Sr. Alcalde Lic. Pedro Ubaldo Polinar para que asista a dicha reunión, como representante de la Municipalidad y Colonia Austro Alemana de Pozuzo, para realizar la invitación ofi cial al VII CAAL el cual se realizará en la Colonia Austro Alemana de Pozuzo – Perú el año 2009; Que, la Municipalidad Distrital de Pozuzo reconoce la importancia de esta participación, que redundará en benefi cio de los pobladores del distrito, mediante la integración de las instituciones de descendientes austro-alemanes a nuestra comunidad; Que, la Municipalidad de Pozuzo fi nanciará los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y el Impuesto de salida; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que indica el artículo 9° inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y contando con el voto unánime de los Concejales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Lic. Pedro UBALDO POLINAR - Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pozuzo, a la ciudad de JUIZ DE FORA – Estado de Descargado desde www.elperuano.com.pe