Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2008 (16/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2008

formalizacion del evento, lo que comprende la inclusion en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicacion de la Resolucion o acuerdo correspondiente, y la remision de los actuados tanto a la Contraloria General de la Republica como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en cuanto a la justificacion tecnica realizada por la Subgerencia de Defensa Civil, debe senalarse que la declaracion de emergencia ha sido dictada por la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Decreto Supremo Nº 0412008-PCM, de fecha 18 de junio del ano 2008, dentro del cual se incluye a nuestro departamento de Pasco; ademas, establece el Articulo 2º de esta MORDAZA que el Instituto Nacional de Defensa Civil, los Gobiernos Regionales y los gobiernos locales involucrados estan obligados a brindar ayuda a las personas en peligro y realizar las acciones de rehabilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios para atender la emergencia producida como consecuencia del mencionado desastre de origen natural; Que, en la consideracion final tercera del Instructivo para el MORDAZA del presupuesto participativo , aprobado por Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, establece que los proyectos de inversion aprobados en el presupuesto Institucional de Apertura, que por razones justificadas su ejecucion se desestima, pueden ser reemplazados por otros proyectos priorizados, sin embargo, en casos excepcionales o de fuerza mayor (por ejemplo desastres naturales), los titulares de pliego pueden priorizar otros proyectos en salvaguarda de la seguridad y bienestar de la poblacion. En estos casos, las autoridades locales debera informar a sus respectivos Consejos de Coordinacion y Comites de Vigilancia los cambios introducidos en el presupuesto, justificando claramente la situacion de emergencia que explica tal modificacion; Que, mediante la Opinion Legal Nº 0202-2008GAJ-HMPP, se opino que RESULTA PROCEDENTE LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA ADQUISICION POR SITUACION DE EMERGENCIA de ropa abrigadora para contrarrestar los efectos del friaje, solicitado por la Subgerencia de Logistica y la Gerencia Municipal de nuestra Entidad; Que, el Articulo 148º del Decreto Supremo Nº 0842004PCM. Procedimientos para las Adquisiciones y Contrataciones Exoneradas, establece que la entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias, y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Articulo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 20° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, luego del debate, con la aprobacion por UNANIMIDAD de los senores miembros del concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta el MORDAZA Concejo Municipal de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR, LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION QUE CORRESPONDA, POR LA CAUSAL DE EMERGENCIA, por el friaje en la Provincia de Pasco, para la adquisicion de ropa abrigadora y zapatos, las mismas que seran hasta por el monto economico de S/. 150,000.00 (Ciento cincuenta mil con 00/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: 07 "Fondo de Compensacion Municipal"; 09 "Recursos Directamente Recaudados" y a la Actividad 1.029434 "Atencion de desastres y apoyo a la rehabilitacion", del presupuesto de la Municipalidad Provincial de Pasco, aprobado para el ano 2008. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Logistica, las Comisiones y Unidades Organicas competentes de la Municipalidad Provincial de Pasco, efectuar los tramites administrativos para la adquisicion de ropa abrigadora y zapatos para el friaje, en el MORDAZA de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Pasco, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la aprobacion del presente, de igual manera dentro del plazo senalado, debera cumplir con remitir MORDAZA del presente y de los informes tecnico y legal, a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE. Articulo Cuarto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILLYAM MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 239159-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO
Autorizan viaje del MORDAZA para participar en el VI Encuentro de Comunidades Alemanas de MORDAZA Latina, a realizarse en Brasil
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 286-2008-MDP Pozuzo, 25 de junio del 2008 VISTO: La Carta de Invitacion de fecha 19 de junio de 2008, con Exp. Nº 2470 del Sr. MORDAZA MORDAZA FRANCK ­ Presidente de la Comision Organizadora del VI Encuentro de Comunidades Alemanas en MORDAZA Latina (CAAL VI), a realizarse en JUIZ DE FORA ­ Brasil, del 02 al 09 de Setiembre del 2008; CONSIDERANDO: Que, por mandato del Art. 194° MORDAZA parte del primer paragrafo de la Ley N° 27680; de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Art. II del Titulo preliminar de la Ley 27972 Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, del 02 al 09 de setiembre de 2008 se llevara a cabo en Juiz de Fora ­ Estado de Minas Gerais, de Brasil, el "VI Encuentro de Comunidades Alemanas de MORDAZA Latina" ­CAAL VI, organizado por la Comision del CAAL VI presidido por el Sr. MORDAZA MORDAZA Franck de la Colonia Alemana de Juiz de Fora; Que, en sesion ordinaria de Concejo N° 14 de fecha 16 de junio del 2008, se considero conveniente la participacion del Sr. MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asista a dicha reunion, como representante de la Municipalidad y Colonia Austro Alemana de Pozuzo, para realizar la invitacion oficial al VII CAAL el cual se realizara en la Colonia Austro Alemana de Pozuzo ­ Peru el ano 2009; Que, la Municipalidad Distrital de Pozuzo reconoce la importancia de esta participacion, que redundara en beneficio de los pobladores del distrito, mediante la integracion de las instituciones de descendientes austro-alemanes a nuestra comunidad; Que, la Municipalidad de Pozuzo financiara los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y el Impuesto de salida; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que indica el articulo 9° inciso 11) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, y contando con el MORDAZA unanime de los Concejales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pozuzo, a la MORDAZA de JUIZ DE FORA ­ Estado de

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