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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378228 fi n de detectar cualquier irregularidad en la información presentada por los Directores Regionales en el proceso de concurso de méritos. Segunda.- Dispóngase que las Gerencias Regionales de la entidad publiquen en la página Web del Gobierno Regional del Callao, a través de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el formato de hoja de vida y de declaración jurada a ser llenada por los candidatos a Directores Regionales de sus sectores. Tercera.- La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 239181-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Autorizan viaje de Consejero Regional para participar en evento que se realizará en Ecuador ACUERDO REGIONAL N° 034-2008-GRSM/CR Moyobamba, 11 de agosto de 2008POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias establece que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto Regional; Que, el literal s) del artículo 7° del Reglamento Interno del Consejo Regional, modifi cado con Ordenanza Regional N° 014-2008-GRSM/CR, de fecha 16 de abril del 2008, establece que son atribuciones del Consejo Regional de San Martín Autorizar los viajes al exterior del Presidente y Vicepresidente, así como de los Consejeros (as) Regionales, en representación del Gobierno Regional de San Martín y sustentados en el interés regional o institucional. Las autorizaciones de viajes al exterior de los funcionarios del Gobierno Regional de San Martín se efectuarán por Resolución del Presidente Regional. Es obligatoria la publicación de las autorizaciones de viaje al exterior cuando ocasionen algún tipo de gastos al Estado – Gobierno Regional. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros (as) Regionales, el funcionario o servidor público presentará ante el órgano del Gobierno Regional que lo autorizó, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente sustentadas hasta por lo menos el setenta por ciento (70%) del monto de viáticos asignado. El treinta por ciento (30%) restante podrá sustentarse mediante Declaración Jurada. El rindente hará devolución del monto correspondiente a los viáticos cuyo gasto no se encuentre debidamente sustentado, conjuntamente con la rendición de cuentas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en la Entidades Públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, modifi ca por la Ley Nº. 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº. 005-2006-PCM; Que, de conformidad con el Artículo 83º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones según el nivel de carrera grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, mediante Ofi cio N° 307-CNTLS-Ev.08, de fecha 12 de Julio del 2008, emitida por el Consejo Nacional de Todas las Sangres, invitando al Consejero Regional por la Provincia de Moyobamba – Profesor Pedro Vargas Rojas, como expositor en el XV encuentro Nacional – XIII Internacional de Escritores “Todas las Sangres”, sobre el tema: “Alcances Históricos – Literarios de la Amazonía y Experiencias y Proyección Cultural en la Región San Martín”, dicho evento se desarrollará en la ciudad de Loja, país de Ecuador los días 18, 19, 20, 21 y 22 de Agosto del presente año; Que, de conformidad con lo establecido con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín, llevada a cabo el día viernes 08 de Agosto del 2008, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR, el viaje del Consejero Regional por la Provincia de Moyobamba – Profesor Pedro Vargas Rojas, al exterior del país ciudad de Loja - Ecuador, a partir del 16 al 24 de Agosto del presente año, quien participará como expositor en el XV encuentro Nacional – XIII Internacional de Escritores “Todas las Sangres”, sobre el tema: “Alcances Históricos – Literarios de la Amazonía y Experiencias y Proyección Cultural en la Región San Martín”. Artículo Segundo: La participación del Señor Consejero Regional por la Provincia de Moyobamba, irrogará gastos al Gobierno Regional de San Martín. Artículo Tercero: AUTORIZAR a la secretaría del Consejo Regional realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Acuerdo Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial El Peruano, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WALTER LINCOLN ROJAS SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional de San Martín 239122-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 300-MDB de la Municipalidad Distrital de Barranco mediante la cual se modifica su TUPA ACUERDO DE CONCEJO Nº 350 Lima, 12 de agosto de 2008 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de agosto del 2008, el Ofi cio Nº 001-090- 00004919, Descargado desde www.elperuano.com.pe