Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2008 (16/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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TITULO IV DE LA SOLICITUD

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a) La deuda materia de acogimiento se actualizara con la tasa de interes establecida para deudas no tributaria, aprobada mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 5118-ESSALUD-99. b) La deuda determinada, segun el procedimiento establecido en el literal a), se le aplicara la rebaja de los intereses, de acuerdo al rango de la deuda establecida en la Tabla Nº 4. c) Los deudores que se acojan a la modalidad establecida, deberan cancelar en efectivo una cuota inicial, cuyo importe sera del 25% para los rangos 1º y 2º de la deuda materia de acogimiento, y, del 15% para los rangos 3º, 4º y 5º. Ver Tabla 4º. El pago de la cuota inicial debera realizarse dentro de los diez (10) dias primeros dias habiles siguientes a la MORDAZA de la solicitud de facilidades de pago y/o canje de deuda con bienes o servicios. d) El saldo de la deuda, luego de deducida la cuota inicial, debe ser cancelado en bienes o servicios. e) El pago de la deuda en bienes o servicios puede ser cancelada en una o varias armadas, segun el MORDAZA de bienes o servicios ofrecidos En el caso de establecerse varias armadas, el numero de estas no podra ser mayor a 48 meses, siendo el valor de cada entrega no menor de 150 soles. Ver Tabla Nº 4 En caso de deudas menores o iguales al 10% de la UIT, el pago se efectuara en efectivo en una sola cuota. Tabla Nº 4
RANGO DE LA DEUDA MATERIA DE ACOGIMIENTO 1º 2º 3º Mas de 30 UIT a 150 UIT 5% descuento 25% Hasta 24 meses 15% Hasta 48 meses 4º Mas de 150 UIT a 300 UIT 5º Mas de 300 UIT

Articulo 7º.- FORMA DE MORDAZA DE LA SOLICITUD Se presentara una solicitud de acogimiento con sus respectivos anexos ante las unidades indicadas en el articulo 8º. La solicitud debera contener la siguiente informacion: a) Numero de RUC o Documento de Identidad en el caso de persona natural. b) Nombres y apellidos, denominacion o razon social de la entidad empleadora. c) Firma del deudor o representante legal. d) Modalidad de Pago de la Deuda. En el caso de optar por pago fraccionado indicar numero de cuotas por el que solicita el fraccionamiento. Para el caso de canje de deuda con bienes o servicios indicar el numero de armadas de la entrega del bien o servicios propuesto. e) Para la modalidad de canje de deuda con bienes o servicios: Informacion sobre los bienes o servicios propuestos: · Relacion de bienes o servicios · Cantidad · Valorizacion de bien o servicio · Niveles de stock · Caracteristicas y calidad del bien o servicio · Especificaciones tecnicas Los deudores, para el caso de los bienes muebles y servicios, podran previamente solicitar a la Gerencia de Adquisiciones de la Gerencia Central de Logistica, en MORDAZA y Callao o a las que haga sus veces en las Redes Asistenciales a nivel nacional informacion respecto a las condiciones, caracteristicas y demas detalles de los bienes muebles y servicios que el Seguro Social de Salud ESSALUD requiere, segun el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. f) Informacion sobre la deuda por la que se solicita el acogimiento, indicando lo siguiente: · El numero de la resolucion o documento de cobranza y la MORDAZA de los mismos. · Periodo de la deuda materia de acogimiento, la cual corresponde al mes que se produjo la contingencia. En caso exista en el documento de cobranza varios meses, debe considerarse para este rubro el mes mas antiguo. · Estado de la deuda. · El monto de deuda, contenida en la resolucion o documento de cobranza. · La deuda acogida se actualizara hasta la aprobacion de la solicitud, con los intereses establecidos en el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 51-18-ESSALUD-99. · Si la deuda se encuentra impugnada, adjuntar a la solicitud de facilidades de pago MORDAZA del cargo de recepcion del escrito de desistimiento presentado. · Si la deuda proviene de una facilidad de pago anterior se adjuntara escrito de desistimiento de dicha facilidad. Adicionalmente debera adjuntarse a la solicitud, para los casos de canje de deuda con bienes o servicios, lo siguiente: 1. Documentacion que sustente la propiedad de los bienes propuestos para el pago de la deuda, los mismos que deben estar libres de carga, gravamen o MORDAZA judicial o extrajudicial. 2. En el caso de bienes inmuebles se debera adjuntar la tasacion del mismo, realizado por un perito perteneciente al Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o por el Consejo Nacional de Tasadores (CONATA). 3. MORDAZA autenticada del documento o poder publico que faculte expresamente al deudor o su representante, de ser el caso, a transferir los bienes muebles e inmuebles, con fecha de emision no mayor de 30 dias. 4. Presentar Declaracion Jurada de responsabilidad por vicios ocultos de los bienes presentados. Articulo 8º.- LUGAR DE MORDAZA DE LA SOLICITUD La MORDAZA de la solicitud de acogimiento y anexos respectivos, debera efectuarse en las siguientes oficinas de ESSALUD:

Mas de 10% Mas de 3 UIT UIT a 3 UIT a 30 UIT Deuda por intereses Cuota inicial en efectivo Armadas en Bienes o Servicios 1/ 1/ Cuota minima S/150

Articulo 6º.- DE LA AMORTIZACION Y EL INTERES a) La cuota mensual para la modalidad fraccionada o canje de deuda con bienes o servicios, en el caso de entregas periodicas no podra ser menor a S/. 150.00 (Ciento y Cincuenta y 00/100 nuevos soles) b) En lo que se refiere a la determinacion de interes se tendra en cuenta lo siguiente: 1. La tasa de interes aplicable es la establecida para deudas no tributaria aprobada mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 51-18-ESSALUD-99 2. El interes se calculara a rebatir, en forma diaria 3. El interes diario se calculara dividiendo el interes mensual entre treinta (30) 4. Para la modalidad fraccionada, la tasa de interes aplicable se fijara de acuerdo con la siguiente tabla:
Numero de cuotas otorgadas Hasta 12 meses Hasta 24 meses Hasta 36 meses Hasta 48 meses Hasta 60 meses % de Interes Aplicable 60 de TIM 70 de TIM 80 de TIM 90 de TIM 100 de TIM

5. Para la modalidad de canje de deuda por bienes o servicios, la tasa de interes aplicable, para el caso de armadas, se fijara de acuerdo con la siguiente tabla:
Numero de cuotas otorgadas Hasta 12 meses Hasta 24 meses Hasta 36 meses Hasta 48 meses % de Interes Aplicable 70 de TIM 80 de TIM 90 de TIM 100 de TIM

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