Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

378482
VISTOS:

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

El expediente Nº 2008023275, asi como el Informe Interno Nº 0607-2008-EF/94.06.3, del 13 de agosto de 2008, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, el 18 de MORDAZA de 2006 se produjo la inscripcion automatica del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera S.A. (hoy, Banco Ripley S.A.), hasta por un monto de S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Nuevos Soles), asi como la inscripcion del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 013-2007-EF/94.06.3, del 15 de junio de 2007, se realizo una variacion fundamental del prospecto MORDAZA del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera S.A., incrementandose el monto a S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, dentro del programa senalado en el considerando primero, el 18 de junio de 2007, se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera S.A." hasta por un monto de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, en el MORDAZA de la emision MORDAZA referida, se coloco dos series, denominadas "Serie A" y "Serie B" por un monto de S/. 25 000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 Nuevos Soles) cada una; Que, el Banco Ripley S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores correspondientes a la "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132, inciso a), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de los valores MORDAZA referidos y de elevar el expediente a CONASEV para los fines pertinentes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece como causal para la exclusion de un valor la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores correspondientes a la emision denominada "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera S.A.", se encuentra dentro del supuesto de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra contemplado por el articulo 37, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; y, Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en Internet; y,

Estando a lo dispuesto por el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, por el articulo 36, inciso c), del Reglamento de Organizacion y Funciones de la CONASEV, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Pronunciarse en favor del deslistado de los valores correspondientes a la "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera S.A." del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion, del Registro Publico del MORDAZA de Valores, de los valores senalados en el articulo anterior. Articulo 3º.- La presente resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion al Banco Ripley S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores 239121-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Exonera de procesos de seleccion la contratacion de servicios de publicacion de avisos en medios de comunicacion
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 157-2008/SUNAT MORDAZA, 21 de agosto de 2008 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 17-2008/1A1000 y el Informe Legal Nº 055-2008-SUNAT/2B2300, que contienen la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, de conformidad con lo establecido en su Ley de Creacion, Ley Nº 24829, disena y propone medidas de politica tributaria, propone la reglamentacion de las normas tributarias; asimismo, administra, aplica, fiscaliza, sanciona y recauda tributos cuya administracion se le asigne; Que a fin que la SUNAT cumpla con las funciones resenadas, es necesario que brinde a los contribuyentes la informacion que facilite el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que mediante Resolucion de Intendencia Nº 0232008/SUNAT se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, correspondiente al ano 2008; Que en el PAAC se encuentran incluidos los procesos de seleccion para la contratacion del servicio de publicacion de avisos en diferentes medios, los que se encuentran registrados con numero de referencia 122, 123, 124, 125, 126 y 127; Que de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 31º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM, es funcion de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional proponer los objetivos y estrategias

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.