Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2008 (24/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

378646
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de agosto de 2008

DISPOSICIONES FINALES

Que, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 87 del Codigo Tributario, los administrados estan obligados a facilitar las labores de fiscalizacion y determinacion que realice la Administracion; Que, de conformidad con el articulo 88 del referido cuerpo normativo, los contribuyentes estan obligados a suministrar la informacion que le sea requerida por la Administracion, a traves de la declaracion tributaria la misma que tiene caracter de jurada y que puede o no constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria; Que, con la finalidad de propender a una mejor distribucion de los costos del servicio de Limpieza Publica (que comprende los servicios de recojo de residuos solidos y de barrido de calles), resulta necesario contar con la informacion del numero de habitantes por predio, siendo que esta MORDAZA forma parte de los parametros fijados por el Tribunal Constitucional, para los predios de uso MORDAZA habitacion; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- ALCANCE DE LA MORDAZA Las personas naturales y/o juridicas que tengan la calidad de contribuyentes de los Arbitrios Municipales, con arreglo a las disposiciones de la Ordenanza Nº 249-MDJM, deberan presentar obligatoriamente ante la Administracion Tributaria Municipal, la Declaracion Jurada denominada "Informacion Complementaria", con la finalidad de optimizar la distribucion de costos correspondientes al Arbitrio de Limpieza Publica. Asimismo se encuentran obligadas a la MORDAZA de la Declaracion Jurada MORDAZA mencionada, las personas que ostenten la posesion de los predios en virtud de algun titulo, en su condicion de responsables solidarias de los tributos MORDAZA indicados, conforme a las disposiciones del a MORDAZA acotada en el parrafo anterior. De modo similar, tendra la obligacion de presentar la Declaracion Jurada, el poseedor del predio, cuando este tenga la condicion de contribuyente, ante la imposibilidad de identificar al propietario del mismo. Articulo 2º.DECLARACION JURADA DE INFORMACION COMPLEMENTARIA DE ARBITRIOS A efectos de lo dispuesto en el Articulo anterior, la Administracion Tributaria, proporcionara a los sujetos obligados, un formato de Declaracion Jurada, en la cual se consigna como informacion minima la siguiente: A. Tratandose de predios dedicados al uso exclusivo de vivienda, el numero de la totalidad de personas que ocupan o residen en el predio, independientemente de su condicion de parentesco (mayores y menores de edad). B. Tratandose de predios destinados a usos distintos al de vivienda: B.1. La capacidad MORDAZA permitida de personas en el predio (aforo). B.2. El giro u actividad economica del predio (con detalle de la actividad o actividades que se realizan). B.3. El area especifica destinada a la actividad economica. C. Tratandose de predios destinados al uso de vivienda y parcialmente a otro uso distinto: C.1. El numero de personas que ocupan el area destinada a vivienda. C.2. La capacidad MORDAZA permitida de personas en el area destinada a uso distinto al de MORDAZA habitacion (aforo). C.3. La actividad economica especifica que se realiza en el area distinta al uso vivienda. Si en el predio se realizara mas de una actividad economica distinta al de vivienda, la informacion senalada en los numerales C.2. y C.3. deberan especificarse por cada MORDAZA de actividad que se desarrolla. Articulo 3º.- LUGAR Y PLAZO DE MORDAZA La Declaracion Jurada de "Informacion Complementaria" debera presentarse ante la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, sito en Palacio Municipal, Av. Mariategui Nº 850Jesus Maria. El plazo para su MORDAZA correspondiente vence el dia 12 de setiembre del 2008.

Primera.- DEL FORMATO DE DECLARACION JURADA Apruebese el formato de Declaracion Jurada denominado "Informacion Complementaria", que de manera gratuita se distribuira, a efectos de lo dispuesto por la presente MORDAZA y que como anexo forma parte de la misma. Adicionalmente se encontrara a disposicion de los obligados en la pagina web oficial de la Municipalidad: www.munijesusmaria.gob.pe. Segunda.- DE LA OMISION A LA MORDAZA DE LA DECLARACION JURADA La Administracion Tributaria podra acudir al empleo de MORDAZA alternas para la obtencion de los datos que no pudieran ser obtenidos por la omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada a que se refiere el Articulo 1º de la presente norma. Tercera.- DE LAS SANCIONES La Declaracion de "Informacion Complementaria" tiene el caracter de jurada y la consignacion de datos falsos, incompletos o inexactos seran sancionados conforme a las Disposiciones pertinentes establecidas en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario. Cuarta.- DE LAS MODIFICACIONES Las modificaciones o rectificaciones de la informacion consignada con posterioridad al vencimiento del plazo fijado en el presente Decreto no seran consideradas para efectos de la distribucion de costos, salvo que asi lo estimase pertinente la Administracion Tributaria. Quinta.- DIFUSION Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones la difusion de la presente Ordenanza. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

242077-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Reglamento para el MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital para los anos 2008 - 2010
DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2008-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en Sesion Extraordinaria del 30 de marzo del 2005, aprobo la Ordenanza Nº 049-MDPP, que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local de MORDAZA MORDAZA, el cual en sus articulo 10 establece que la convocatoria a elecciones de representantes de la Sociedad Civil debe de realizarse mediante Decreto de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades, en su Capitulo III, Titulo VII, establece la definicion, instalacion y funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital como organo de Coordinacion y Concertacion del Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo; Que, el articulo 10° de la Ordenanza Nº 049-MDPP, "Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA Piedra", establece que, corresponde al MORDAZA convocar mediante Decreto de Alcaldia a elecciones para

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.