Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2008 (24/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de agosto de 2008

lo cual el Almacenero responsable de la recepcion debe considerar los siguientes criterios: a) Que los insumos adquiridos deben tener un Certificado de contar con el sistema HACCP en su preparacion, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 007/98 del Ministerio de Salud. "Ley General de Salud". b) Recepcionar las Guias de Remision del Proveedor, teniendo en cuenta que los productos presenten un estado fisico adecuado, buena hermeticidad de los envases, olor caracteristico, cantidad y peso exacto; adicional debe pedir Certificado de Calidad del Lote que recibe. c) Hacer respetar el cronograma preestablecido con la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial para la entrega de los insumos en forma semanal, dando cumplimiento al contrato firmado con el Proveedor. Articulo 5º.- Observar las condiciones de higiene del transporte, estiba y desestiba de los insumos, procurando evitar que las MORDAZA y/o sacos sufran caidas y se deterioren. Articulo 6º.- El apilamiento de las MORDAZA debe ser el correcto y no exceder el limite MORDAZA (07 cajas). Articulo 7º.- Los envases de los insumos que por algun motivo se encuentren rotos y/o deteriorados y no excedan del 0.09%, estos seran cambiados por el Proveedor, caso contrario se devolvera el Lote completo para su cambio total. Articulo 8º.- El Almacenero una vez instalado los insumos adecuadamente en el Almacen, contabilizara y llenara un Acta de Recepcion, indicando el Nº de Guia, Factura, fecha de recepcion, semana a la que corresponde, firmando a continuacion el Almacenero y el representante del Proveedor. Articulo 9º.- El Almacenero entregara el Acta de Recepcion, Guias de Remision, Facturas al Jefe del Programa para dar conformidad del servicio recibido y remitir a la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial para el internamiento de los insumos, elaboracion de las pecosas y tramite de pago al proveedor. Articulo 10º.- El Almacenero llevara el Kardex fisico de los insumos al dia, registrando cada ingreso de insumo, indicando la fecha, Nº Guia y la cantidad; asimismo registrara la salida de los insumos registrando la fecha, Hoja de Distribucion (HD), la cantidad y el saldo si hubiere. Realizara ademas un inventario al 30 de junio y otro al cierre de fin de ano, reportando al Jefe del Programa para elevar al Area de Administracion.

Centros de Acopio los cuales deben cumplir en lo minimo en los Arts. 1, 2 y 3 de la presente directiva. Articulo 14º.- Los insumos que entrega el Programa del Vaso de Leche a los Centros de Acopio no deben permanecer mas de 48 horas despues de la entrega. Estos deben ser entregados a los comites oportunamente, bajo responsabilidad. Articulo 15º.- Los almacenes o lugar donde recepcionan los insumos en los comites deben cumplir con las condiciones de higiene adecuadas. Asimismo el espacio debe ser exclusivo para los productos, contar con tarimas para no colocar las MORDAZA y/o sacos en el suelo. Articulo 16º.- Los insumos en los almacenes de los comites no deben estar por mas de 7 dias, estos deben ser distribuidos en forma preparada a los beneficiarios, oportunamente. DISPOSICION COMPLEMENTARIA

Primero.- Cualquier incidente no contemplado en esta directiva, se MORDAZA de conocimiento al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche para la toma de decision sobre la solucion correspondiente. Segundo.- Los formatos oficiales que se emiten para la distribucion son: HOJA DE DISTRIBUCION. ACTA DE REPARTO. GUIA DE SALIDA DEL ALMACEN. Tercero.- La vigencia de la presente directiva sera al dia siguiente de su publicacion.

242421-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO-NAUTA
Crean la Municipalidad de Centro Poblado de San MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2008-A-MPL-N
San MORDAZA, 16 de junio del 2008 EL MORDAZA PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO-NAUTA POR CUANTO: VISTO:

CAPITULO III.- DE LA DISTRIBUCION A LOS ALMACENES DE LOS CENTROS DE ACOPIO Y LOS COMITES Articulo 11º.- Previa elaboracion de las Hojas de Distribucion donde se indica los Comites, Nombre y Apellido de las Coordinadoras, Nº de beneficiarios y cantidad de insumos que le corresponden, la Guia de salida indicando el nombre del Centro de Acopio, Nombre de la Presidenta, cantidad de comites y beneficiarios, fecha de entrega y semana a la que corresponde procedera a la entrega de acuerdo al siguiente orden:

ALMACE N

CE NTR OS DE ACOPIO

El Acuerdo de Concejo Nº 024-2008-SE de la Sesion Extraordinaria Descentralizada de Concejo de fecha 16 de junio del 2008, y el Expediente Nº 2336-2008, de fecha 12 de junio del 2008, presentado por el Comite Civico de gestion para la Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado de San Regis. CONSIDERANDO:

COMITE S

B E NE FICIAR IOS

Articulo 12º.- Para las salidas de los insumos del almacen del Programa del Vaso de Leche se debera aplicar las Tecnicas del PEPS (Primer producto que Entra Primer Producto que Sale). Articulo 13º.- Los insumos del Programa del Vaso de Leche deberan ser recepcionados en los almacenes de los

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Expediente Nº 2336-2008, de fecha 12 de junio del 2008, presentado por el Comite Civico de gestion para la Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado de San MORDAZA, dicha Comunidad solicita la Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado de San Regis; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 024-2008-SE de la Sesion Extraordinaria Descentralizada de Concejo de

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