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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (27/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378746 crea e incorpora al TUPA de la misma el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior y sus respectivos derechos de trámite, dejándose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, deberá publicar tanto el Acuerdo ratifi catorio como el texto íntegro de la Ordenanza que se ratifi ca y el Anexo que contiene los derechos por los citados procedimientos no contenciosos. Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 243412-1 Ratifican Ordenanza que crea e incorpora al TUPA de la Municipalidad de la Molina el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior ACUERDO DE CONCEJO Nº 368 Lima, 15 de agosto de 2008 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de agosto del 2008, el Ofi cio Nº 001-090-00004944, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 164, que crea e incorpora al TUPA de la Municipalidad Distrital de La Molina el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Distrital de La Molina aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT, con carácter de declaración jurada, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 004-082-00000832 de fecha 12 de agosto del 2008, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 29227 que regula el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS. Que, el monto por concepto del derecho de trámite por el procedimiento se ha fi jado en S/. 368.37 nuevos soles (S/. 269.04 nuevos soles por Separación Convencional y S/. 99.33 nuevos soles por Divorcio Ulterior), que fi nanciarán el 99.7% de los costos por la prestación de los servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 179-2008-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 164, de la Municipalidad Distrital de La Molina, que crea e incorpora al TUPA de la misma el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior y sus respectivos derechos de trámite, dejándose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, deberá publicar tanto el Acuerdo ratifi catorio como el texto íntegro de la Ordenanza que se ratifi ca y el Anexo que contiene los derechos por los citados procedimientos no contenciosos. Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 242930-1 Establecen conformidad de Res. Nº 834- 2008-SGLAU-GDU-MSS emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, referida a habilitación urbana nueva de inmueble RESOLUCIÓN N° 180-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 25 de junio de 2008 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 69720-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-Gerencial Nº 834-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 22 de mayo del 2008, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitada por la señorita CLARA VIOLETA GUIJA GÁLVEZ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 834- 2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 22 de mayo del 2008 (fs. 50 al 54), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,560.18 m², constituido por el Lote 108, de la Manzana H, de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado frente al Jirón Vía Láctea, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 037.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 037.02-2008-SGLAU-GDU-MSS; Que, con Informe Nº 178-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 13 de junio del 2008 (fs. 62 al 64), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,560.18 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 834-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 22 de mayo del 2008, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-MML y 836-MML; Que, mediante Informe Nº 285-2008-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 19 de junio de 2008 (fs. 65 al 67), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 07055815 del Registro de Predios, de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima (fs. 06 al 12); a nombre de la propietaria señorita CLARA VIOLETA GUIJA GÁLVEZ ; con un área de 2,560.18 m²; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 178-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 13 de junio del 2008 y N° 285-2008-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 19 de junio de 2008; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 834-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 22 de mayo del 2008, Descargado desde www.elperuano.com.pe