Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (27/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378736 concordante con el Art. 141º del precitado Reglamento, donde se considera a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta la adquisición de los bienes en la cantidad necesaria para resolver la situación; Con las visaciones de la Secretaría General, Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las Ofi cinas Técnicas de Administración y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- EXONERAR, del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva la contratación del servicio de impresión de documentos metodológicos para la operación de campo del Programa del Vaso de Leche, por la causal de situación de desabastecimiento inminente, prevista en el Inc. c) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- APROBAR, la contratación de los servicios descritos en el artículo precedente, por un valor referencial de S/. 75,959.50 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 0048 con cargo al Programa del Vaso de Leche, Específi ca de Gasto 5.3.11.39. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Ofi cina Técnica de Administración, llevar a cabo la contratación a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratación y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina Técnica de Administración haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolución y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el SEACE, así como en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 243475-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Destituyen a servidor del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN DE CONSEJO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 131-2008-INPE/P-CNP Lima, 21 de agosto de 2008 VISTO, el Informe N° 084-2008-INPE-CPPAD, de fecha 7 de agosto de 2008, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, recepcionado por la Secretaría General el 11 de agosto de 2008: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial N° 390-2008- INPE/P, de fecha 11 de julio de 2008, se instauró proceso administrativo disciplinario al servidor IVAN NOELIO VERAMENDI NATIVIDAD del área de seguridad, en jornada laboral de 24 horas de labor por 48 de descanso, del Establecimiento Penitenciario de Aucallama Huaral de la Ofi cina Regional Lima, quien registra inasistencias injustifi cadas a su centro de labores. El servidor ha sido emplazado, en su domicilio, con la resolución de apertura mediante Notifi cación N° 111-2008-INPE-09.01-CPPAD de fecha 15 de julio de 2008, recepcionada por la señora Claudia Ramos -cuñada- el 16 de julio de 2008, conforme consta del cargo de acuse de recibo que obra en autos. En el término establecido en la norma administrativa, ni fuera de él, el servidor procesado no ha presentado su descargo, tampoco ha solicitado informe oral en defensa de sus derechos; Que, la resolución de apertura se basa en el Informe de Récord Laboral remitido por la Dirección del Establecimiento Penitenciario de Aucallama-Huaral con Ofi cio N° 147-2007-INPE/16-257-ORH-A.H, de fecha de recepción 27 de junio de 2007, Informe Técnico N° 084-2007-INPE-10-02-URyD, de fecha de recepción 01 de agosto de 2007, emitido por la Subdirección de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos y Ofi cio N° 1899-2008-INPE/09.01, de fecha 08 de julio de 2008, emitido por la precitada Unidad, donde se hace constar que el servidor procesado desde el mes de junio de 2007 se encuentra suspendido en el pago de sus remuneraciones; Que de la evaluación de los informes consignados y demás actuados que obran en el expediente concluyentemente se establece, que el precitado servidor desde el 25 de mayo de 2007 hasta julio de 2008 registra inasistencias ininterrumpidas a su centro de labores, por lo que se le imputa responsabilidad laboral por ausencias injustifi cadas por más de tres (03) días consecutivos, en un período de treinta (30) días calendario; por consiguiente el servidor IVAN NOELIO VERAMENDI NATIVIDAD ha transgredido el artículo 5° inciso e) del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Servidores y Funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolución Presidencial N° 698-2005-INPE/P de fecha 30 de diciembre de 2005, e incumplido su obligación establecida en el inciso c) del artículo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y, por ende, ha incurrido en falta administrativa tipifi cada en el artículo 28°, inciso k) del Decreto Legislativo antes citado, habiendo contravenido los principios enunciados en la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, contando con la visación del Consejo Nacional Penitenciario y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90 PCM, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y Resoluciones Supremas N° 051-2008 JUS y N° 113-2008-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER, sanción administrativa disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor IVÁN NOELIO VERAMENDI NATIVIDAD, Técnico, nivel STF, del Instituto Nacional Penitenciario, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE, la presente resolución al indicado servidor a través de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente (e) 242939-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Arequipa RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 511-2008-INPE/P Lima, 22 de agosto de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe