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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378735 2º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina de Asesoría Legal para que efectúe el inicio de las acciones penales correspondientes, en contra de EDGAR VÍCTOR ARANGUREN LEÓN, ENRIQUE BERNECHEA ROMERO, PAMELA VANESA CARHUANCHO MEZA, RONALD ESTEBAN CASANA MEJÍA, RICARDO DENNOS CORNEJO PASTOR, ALEJANDRO MANUEL GONZALES FLORES, MARLENI HUAYLLAHUAMAN CALDERÓN, JANET ERICA INGA POMA, EDWIN ROBERT LAZO URBANO, GINA KARINA MARTÍNEZ MALPARTIDA, AMALIA DEL PILAR OSORIO SEVILLANO, MIGUEL ÁNGEL PIRCA INGA, VIRGILIO ANDRÉS REYES AGURTO, JOAQUIN FERNANDO TORRES GRABIEL, JOSÉ ARTURO VELÁSQUEZ VELA, ARCENIO FORTUNATO VILCA CÁCERES, y DANIEL ÁNGEL VIVAR ROJAS, y contra quienes resulten responsables, por la presunta comisión de ilícito penal, conforme a las consideraciones expuestas. 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Posgrado, Instituto Central de Extensión y Proyección Universitaria, Centro de Idiomas, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Información y Relaciones Públicas, Ofi cina de Bienestar Universitario, Ofi cina de Servicios Académicos, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Archivo General y Registros Académicos, Comité de Inspección y Control, ADUNAC, SUTUNAC, representación estudiantil, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR M. MEREA LLANOS Rector de la Universidad Nacional del Callao 243414-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de impresión de documentos metodológicos para la operación de campo del Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 238-2008-INEI Lima, 22 de agosto del 2008 Vistos, el Ofi cio Nº 248-2008-INEI/OTA de la Ofi cina Técnica de Administración, el Informe Nº 2154-2008-INEI/OTA-OEAS emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Ofi cina Técnica de Administración y el Informe Nº 034-2008-INEI/OTAJ de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, sobre exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de impresión de documentos metodológicos del Programa del Vaso de Leche requerido por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 2716- 2008-INEI/ DNCE del 14 de agosto del 2008, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas manifi esta a la Ofi cina Técnica de Administración que con Ofi cio Nº 2451-2008 INEI/DNCE de 22.07.08, solicitó disponibilidad presupuestal por la suma de S/.41,500.00 nuevos soles, para la impresión de documentos metodológicos para la operación de campo del Programa del Vaso de Leche, en el marco del Convenio suscrito con el Ministerio de Economía y Finanzas para la validación de los padrones de benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche para mejorar la focalización de hogares de los programas sociales en 30 ciudades, los mismos que debían entregarse el día 08 de agosto, fecha que por diversos factores ha tenido que reprogramarse para el día 20 de agosto del año en curso; Que, mediante Ofi cios Nºs. 2667, 2740 y 2766- 2008-INEI/DNCE del 12, 15 y 18 de agosto del 2008, respectivamente, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicita a la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, se le otorgue disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 6,005.00; S/. 4,500.00 y S/. 24,000.00 nuevos soles , a fi n de aumentar el tiraje de la Ficha Nº 3 de 63,500 a 91,500 ejemplares, así como para la elaboración de las carpetas de fi chas de validación del Programa del Vaso de Leche; Que, a través de los Proveídos Nos. 1463, 1553,1583 y 1592, consignados en los respectivos ofi cios de requerimiento, la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, otorga disponibilidad presupuestal por S/. 41,500.00; S/. 6,005.00; S/.4,500.00 y S/.24,000.00 nuevos soles, por la Meta 0048 Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados concargo al Proyecto Vaso de Leche, Específi ca de Gasto 5.3.11.39; Que, con Ofi cio Nº 248-2008-INEI/OTA del 19 de agosto del 2008, la Ofi cina Técnica de Administración, manifi esta haber recibido el Informe Nº 2154-2008-INEI/OTA-OEAS, emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, quien solicita la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de impresión de documentos metodológicos para el Programa del Vaso de Leche, incluyendo las fi chas 1, 2 y 3 así como las carpetas para las referidas fi chas. Precisa que la contratación del servicio de impresión de los referidos documentos tienen un valor referencial de S/. 75,959.50 nuevos soles, correspondiendo convocar a un proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, el cual está considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INEI para el Año Fiscal 2008.Además refi ere que para la ejecución del citado proceso, se requiere entre 35 y 40 días, tiempo que excede las fechas señaladas por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, cuya atención debe ser inmediata por lo que la contratación del servicio debe canalizarse a través de un proceso de exoneración, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, a fi n de no poner en riesgo los plazos y términos del Convenio suscrito entre la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales y el INEI. Dicho servicio agota la necesidad de los mismos, en razón de constituir servicios defi nitivos para este objeto, sin que se justifi que convocar a un proceso posterior con el mismo propósito; Que, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda adquisición o contratación debe realizarse mediante los procesos de selección contemplados en el artículo 14º y de acuerdo a los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto, siendo éstos los siguientes: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Art. 19º del referido TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a lo señalado en el párrafo precedente, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del proceso de selección que correspondería a la contratación en una situación regular. Conforme al literal c) están exoneradas del proceso de selección correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración y serán publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión; Que, la defi nición de situación de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el Art. 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Descargado desde www.elperuano.com.pe