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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378733 Autorizan a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de oficina especial en agencia que funcionará como local compartido con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros RESOLUCIÓN SBS N° 5357-2008 Lima, 13 de agosto de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la empresa MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autorice la conversión de una Ofi cina Especial en una Agencia, la cual funcionada como Local Compartido con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicado en el Departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, en aplicación de los numerales 5.1.1 y 6.1 de la Resolución Nº 775-2008 la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la conversión de una Ofi cina Especial en una Agencia, la cual funcionada como Local Compartido con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolución SBS N° 724-2006 esta Superintendencia autorizó a la Compañía, el traslado de una de sus ofi cinas especiales, a la Av. Emancipación N° 189 Distrito de Cercado de Lima, Departamento de Lima, para compartir local con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe Nº 085-2008-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias; y, la Resolución Nº 775-2008; RESUELVE:Único Artículo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, la conversión de la Ofi cina Especial, ubicada en Av. Emancipación N° 189, Distrito de Cercado de Lima, Provincia de Lima, en una Agencia la cual funcionará como Local Compartido con MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CACERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 242811-1 Cancelan inscripción a la empresa Cosegur Re S.A. Corredores de Reaseguros del Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 5641-2008 Lima, 14 de agosto de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor José Antonio Cadarso Moreyra, representante legal de la empresa COSEGUR RE S.A. CORREDORES DE REASEGUROS, para que se cancele la inscripción de la mencionada empresa, en el Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección I: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales; y,CONSIDERANDO: Que, la citada empresa corredora de reaseguros ha procedido a la modifi cación de su denominación y objeto social, tal como consta en el acta de la Junta General de Accionistas celebrada el 5 de mayo de 2008 e inscrita con fecha 24 de julio de 2008 en el asiento B0004 de la partida electrónica N° 01635379 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral Nº IX. Sede Lima del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; y, Estando a lo opinado por el Departamento de los Registros del Sistema de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Informe Nº 071-2008-RESS; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Cancelar el certifi cado de inscripción Nº C.RE-030 correspondiente a la empresa COSEGUR RE S.A. CORREDORES DE REASEGUROS en el Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección I: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 242764-1 UNIVERSIDADES Anulan diplomas y autorizan el inicio de acciones contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública y asociación ilícita en agravio de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 890-08-R Callao, 19 de agosto de 2008 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Memorando Nº 047-2007-OCI/COM/CIUNAC del Órgano de Control Institucional, de fecha 18 de julio de 2007, sobre Examen Especial al Centro de Idiomas de la Universidad Nacional del Callao-CIUNAC, Período 2005. CONSIDERANDO: Que, con Memorando Nº 047-2007-OCI-COM/ CIUNAC de fecha 18 de julio de 2007, el Órgano de Control Institucional comunica que, como resultado del Examen Especial al Centro de Idiomas de la Universidad Nacional del Callao-CIUNAC, Período 2005, se formuló la Comunicación de Hallazgos que señala que en los períodos 2006 y 2007, en relación a la documentación presentada por algunos Bachilleres aspirantes al Título Profesional, las Comisiones de Grados y Títulos de determinadas Facultades de la UNAC no habrían revisado adecuadamente el cumplimiento del requisito referente a la Constancia de Notas de Haber aprobado un idioma extranjero a nivel básico; Que, en el precitado Pliego de Hallazgos, se indica que se seleccionó una muestra de las Listas de Titulados remitidas por la Ofi cina de Secretaría General para los Descargado desde www.elperuano.com.pe