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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de diciembre de 2008 384481 3.9 Observaciones de la Empresa EGEMSA - Considera que las Tolerancias mostradas en el Cuadro N° 2 del proyecto de Modifi cación del P091, atentan contra los ingresos de las empresas de Generación por las siguientes razones: En la fi jación de los precios de Potencia y Energía no se consideran criterios de pérdidas de suministros (Interrupción) por fallas en los Sistemas de Transmisión o subestaciones asociados los centros de generación. En los criterios de compensación (reconocimiento de costos) para Sistemas Secundarios de Transmisión y Complementarios de Transmisión, publicado en la Resolución OSINERGMIN N° 023-2008 -OS/CD no se consideran las Tasas de Falla para Componentes de Subestaciones y tampoco se considera las Tasas de Falla para Líneas de Transmisión o Celdas. No existe un criterio nacional para considerar las tasas de fallas en cuanto al diseño de líneas de transmisión y subestaciones. - La Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos en el numeral 6 del título Sexto "Calidad del Suministro", ha defi nido el procedimiento de cálculo, procedimiento de compensación y Tolerancias en cuanto a Interrupciones que se produzcan en los sistemas de Generación, Transmisión y Distribución. Por lo que el incumplimiento por excederse las tolerancias establecidas en el Cuadro N° 2 del proyecto de modifi cación del P091 originaria compensaciones adicionales a las establecidas en el NTCSE para las empresas eléctricas. Comentario de OSINERGMINLa fi jación de los precios de potencia y energía reconoce costos de operación, mantenimiento, renovación y reposición necesarias para mantener la vida útil y la calidad de servicio de las instalaciones. La NTCSE en el numeral 1.3 señala...”Los indicadores de calidad evaluados de acuerdo a la Norma, miden exclusivamente la calidad de producto, suministro, servicio comercial y alumbrado público que entrega un Suministrador a sus Clientes. Éstos no son indicadores de performance de los actores del sector eléctrico. De requerirse indicadores de performance de un Suministrador, éstos se calculan excluyendo los efectos de las fallas que no le sean imputables. 4. RESPECTO AL NUMERAL 8.- Plazos para remitir información 4.1Observaciones de la Empresa EDEGEL- Solicita fl exibilizar el periodo de tiempo en el cual se debe enviar la información solicitada. Comentario de OSINERGMINSe ha ampliado el plazo para el registro de desconexiones que no ocasionan interrupciones. Estas se efectuarán dentro de las 72 horas posteriores de producida la desconexión 4.2 Observaciones de la Empresa ENERSUR- Precisa que de acuerdo al proyecto de modifi cación, numeral 6.1, se debería registrar las disminuciones de potencia y la totalidad de desconexiones (independiente del tiempo de éstas) que ocasionen interrupción de suministro de energía eléctrica. El plazo para registrar las desconexiones sigue siendo de 12 horas de iniciado el evento, sin que se indique el criterio que se utiliza para determinar este plazo. Al respecto, sugiere modificar el plazo del registro de desconexiones a 24 horas de iniciado el evento, debido a que con las modificaciones del proyecto se tendrá que registrar una mayor cantidad de desconexiones, todo ello con el propósito de evitar que se presenten retrasos involuntarios en los registros de desconexión.Comentario de OSINERGMIN Se ha ampliado el plazo para el registro de desconexiones que no ocasionan interrupciones. Estas se efectuarán dentro de las 72 horas posteriores de producida la desconexión. - ¿Los cambios en el numeral 6.1, implica alguna modifi cación en el numeral 6.5.2? Sugiere que se precise este aspecto en el proyecto de modifi cación. Comentario de OSINERGMINLas modifi caciones efectuadas en el numeral 6.1 no modifi can lo establecido en el numeral 6.5.2 - Sugiere que se aclare el procedimiento a seguir para registrar una disminución de potencia. Por ejemplo si se presentara una disminución de potencia en un carga, ¿Qué es lo que se debe registrar? a) El transformador de potencia asociado a la carga, b) La línea de transmisión asociado a la carga, ó c) Se deben registrar ambos equipos.” Comentario de OSINERGMINSe ha excluido el término “Disminución de potencia”4.3 Observaciones de la Empresa ETENORTE- Señala que la modifi cación del numeral 8, muestra el Cuadro N° 3, el cual en el ítem 03 indica que se debe reportar, las interrupciones dentro de las 12 horas de ocurrida producto de desconexiones forzadas y programadas. Pregunta:a) Si las interrupciones por mantenimiento programado han sido sacadas del numeral 6.1 ¿Por qué consideran en el Cuadro N° 3, que deben de reportarse las desconexiones por mantenimiento programado?” Comentario de OSINERGMIN Las interrupciones por mantenimiento programado no han sido sacadas del numeral 6.1 - Afirma, con relación al reporte de desconexiones de líneas de transmisión, que en ocasiones por ejemplo ocurre que por falla se desconecta una de las 3 ternas (Huallanca Chimbote). Agregas que estas ternas no alimentan directamente una carga sino que conectan la C.H. Cañón del Pato con el SEIN, pero las oscilaciones producto de la falla algunas veces ocasionan reducción o interrupción de carga fuera de la zona de falla. Esta interrupción es de conocimiento de ETENORTE a través del Centro de Control del COES, por su Informe de Operación Diaria (IDCOS), que es remitido aproximadamente a las 04:00 horas del día siguiente. En este sentido el tiempo de 12 horas de plazo resulta muy poco para estas situaciones. Comentario de OSINERGMIN Cuando ocurran desconexiones de líneas de transmisión y/o equipos de subestaciones que no alimentan directamente una carga, y en principio no se pueda determinar que hayan ocasionado reducción óointerrupción del suministro eléctrico en cualquier punto de la red, el registro se efectuarlo en cuanto se disponga del “Informe diario de Operación” emitido por el COES, con opción de corregir el registro de ser el caso, cuando se realice el análisis respectivo de la falla o evento. - Debido a que las modifi caciones al procedimiento, han creado muchas interrogantes en su aplicación, les solicita tener una reunión para aclarar los alcances de las modifi caciones propuestas.Descargado desde www.elperuano.com.pe