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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384631 Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 287970-14 DEFENSA Autorizan viaje de Viceministro de Políticas para la Defensa a Chile para participar en la cuarta reunión del Grupo de Trabajo encargado de estudiar los posibles objetivos, competencias, composición y modalidades de funcionamiento del Consejo de Defensa Sudamericano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 552-2008-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la última reunión extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Sudamericanas - UNASUR, realizada en Brasilia el 23 de mayo de 2008, el Presidente de la República Federativa de Brasil, propuso establecer un Consejo de Defensa Sudamericano; Que, la República Federativa de Brasil, el pasado 28 de mayo, solicitó a la Presidencia Pro Témpore de UNASUR, que se convoque a una reunión del Grupo de Trabajo, encargado de estudiar los posibles objetivos, competencias, composición y modalidades de funcionamiento de este eventual Consejo, en la República de Chile, los días 23 y 24 de junio del presente año; Que, los días 23 y 24 de junio del presente año se realizó la primera reunión del mencionado Grupo de Trabajo, en la cual se establecieron las pautas para el desarrollo del trabajo por realizar, que los días 22 y 23 de julio del presente año se realizó la segunda reunión y los días 25 y 26 de agosto la tercera reunión en la República de Chile; Que, el Subsecretario de Guerra del Ministerio de Defensa de Chile ha comunicado la necesidad de convocar a una cuarta reunión a los Delegados del Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa Sudamericano de UNASUR a realizarse en la ciudad de Santiago, Chile del 10 al 11 de diciembre de 2008; Que, el mencionado Grupo de Trabajo está conformado por representantes de los Ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores de los miembros de la UNASUR; Que, resulta necesario para los intereses nacionales e institucionales autorizar el viaje de un funcionario para que asista a la mencionada reunión como representante del Ministerio de Defensa; Que, el Embajador José Antonio Bellina Acevedo, Viceministro de Políticas para la Defensa, participó como representante del Ministerio de Defensa en las tres primeras reuniones del Grupo de Trabajo; Que, este viaje no se encuentra comprendido en el Plan Anual de Viajes, por haberse originado a propuesta de la Presidencia Pro Témpore de UNASUR en forma imprevista, por lo que no ha estado planeada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio al exterior del Embajador José Antonio Bellina Acevedo, Viceministro de Políticas para la Defensa, a la República de Chile, del 9 al 11 de diciembre de 2008, para que participe en la cuarta reunión del Grupo de Trabajo encargado de estudiar los posibles objetivos, competencias, composición y modalidades de funcionamiento del Consejo de Defensa Sudamericano. Artículo 2º.- GastosEl Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: (Lima - Santiago - Lima) US$ 1,400.00 Viáticos US$ 200.00 x 4 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Presentación de Informe El citado funcionario deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 4º.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominación. Artículo 5º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 287970-9 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Brasil, EE.UU., Ecuador, Chile, Colombia, Uruguay, Bolivia y Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1466-2008-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1340, de fecha 01 de diciembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso Descargado desde www.elperuano.com.pe