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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384633 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1468-2008-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1349 de fecha 02 de diciembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal de la Marina de los Estados Unidos de América, realizará una visita a las instalaciones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y de la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 08 al 13 de diciembre de 2008, para realizar una visita a las instalaciones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y de la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1468-2008/DE/SG A. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América para realizar una visita a las instalaciones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y de la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú. B. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- CAPITAN DE CORBETA USN PATRICK MEAGHER2.- MAYOR USA JOHN HEATON C.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 08 al 13 de diciembre de 2008. 287735-3RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1469-2008-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1351 de fecha 02 de diciembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal de la Marina de los Estados Unidos de América, realizará coordinaciones con la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú, con relación a futuros entrenamientos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) Técnico de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 08 al 13 de diciembre de 2008, para realizar coordinaciones con la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú, con relación a futuros entrenamientos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1469-2008/DE/SG 05 DIC 2008 A. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) Técnico de la Marina de los Estados Unidos de América para realizar coordinaciones con la Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú, con relación a futuros entrenamientos. B.IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- TECNICO CW4, USN ALBERTO VENTURA C.-TIEMPO DE PERMANENCIA Del 08 al 13 de diciembre de 2008. 287735-4Descargado desde www.elperuano.com.pe