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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de diciembre de 2008 384818 Visto el Informe Nº 485-2008-GG-OLPBS/INC, de fecha 26 de noviembre de 2008 de la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios y el Informe Nº 870-2008-OAJ/INC de fecha 27 de noviembre de 2008, de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera. Constituye el ente rector y central de los órganos que conforman su estructura orgánica, incluyendo las Direcciones Regionales. El INC es el organismo rector, responsable de la promoción y el desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, por Resolución Directoral Nacional Nº 046/INC, de fecha 14 de enero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 01 – Instituto Nacional de Cultura, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, registrándose la Adjudicación Directa Pública para la “Adquisición de Licencias”, por un valor estimado de S/. 400,000.00 (cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios, mediante el Informe Nº 485-2008-GG-OLPBS/INC, da cuenta del requerimiento efectuado por el Área de Informática de la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios, con relación a la adquisición de licencias para productos Adobe para PC según el siguiente detalle: Productos Adobe para Pc Cantidad Descripción Acrobat Standar, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año40 Creación de archivos PDF Photoshop CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año49Software de diseño Grá fi co y web Illustrator CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año28Software de diseño grá fi co vectorial Dreamweaver CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año02Software de creación de aplicaciones web Flex Builder CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año01Software de creación de aplicaciones web Flash CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año01Software de diseño y animación Fireworks CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año01 Diseño Web Page Maker CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año01Software para creación de publicaciones de folletos y boletines In Design CS3 WIN LAS, última versión con soporte y actualización de productos por 01 año05Software para elaboración de publicaciones Que, asimismo el citado Informe da cuenta de haberse realizado a través del Área de Programación y Planeamiento de Procesos el estudio e indagaciones correspondientes a las posibilidades que ofrece el mercado, obteniéndose como resultado que el servicio requerido es prestado de manera exclusiva por la empresa Softland Perú S.A., por lo que se le solicitó la presentación de la Carta de reconocimiento de único representante de los productos ADOBE; Que, mediante Carta cursada por el Sr. Gustavo Brunser – Business Development Manager – Adobe Systems Inc, de fecha 25 de noviembre de 2008, señala que a la fecha, Adobe Systems Software Ireland Ltd. declara que Nexsys del Perú S.A. es el único Centro de Licenciamiento Adobe ubicado físicamente en Perú, con personal dedicado a estos recursos, autorizado para vender productos de software de acuerdo con el modelo Contractual Licensing Program (“CLP”) a miembro del programa CLP. Para estos propósitos Nexsys vende a través de su reseller SOFTLAND PERÚ S.A., así mismo mediante Carta S/N de fecha 25 de noviembre de 2008 el Sr. Martín Rivera – Gerente Producto Adobe de la empresa Nexsys del Perú, señala que en su condición de Mayorista Representante Ofi cial de ADOBE System Incorporated en el Perú, certifi ca que la empresa SOFTLAND PERÚ S.A. es Partner GOLD de Nexsys del Perú para poder comercializar el modelo de licenciamiento Contractual – CLP, para la Región Perú; Que, conforme al literal e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 20º de la Ley, en concordancia con los artículos 146º y 147º del Reglamento, establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección serán aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o más informes técnicos – legales previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de exoneración, y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, y adicionalmente, deberán publicarse a través del SEACE; agrega el citado artículo que deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, copia de dichas resoluciones y el informe que las sustenta dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 144° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, señala que en los casos que no existan bienes o servicios que no admitan sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 148º del Reglamento, las adquisiciones y contrataciones se realizarán en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisición o contratación del bien, servicio u obra, objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad o el órgano designado para el efecto, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que, los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto mediante Informe Nº 285-2008-OPP-GG/INC, de fecha 25 de noviembre de 2008, señala la existencia de la disponibilidad presupuestal para la adquisición de licencias para productos Adobe para PC según lo señalado en el segundo considerando de la presente Resolución, ascendente a la suma de Ochenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 85,000.00); Que, la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, mediante Informe Nº 870-2008-OAJ/INC, de fecha 27 de noviembre de 2008, opina favorablemente por la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública Nº 002-2008/INC – Primera Convocatoria “Adquisición de Licencias, respecto al Ítem 04 – licencias para productos Adobe para PC”, toda vez que se tratan de servicios que no admiten sustitutos y es brindado por proveedor único; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Gerente General y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- EXONERAR al Instituto Nacional de Cultura del proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 002-2008/INC – Primera Convocatoria “Adquisición de Licencias”, respecto al Ítem 04 – “licencias para productos Adobe para PC”, por un valor referencial ascendente a la suma de Ochenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 85,000.00) incluidos los impuestos de ley, servicio que no admite sustituto y es brindado por proveedor único; Descargado desde www.elperuano.com.pe