Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2008 (09/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

384812

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, martes 9 de diciembre de 2008

de un MORDAZA distinto al disciplinario, esto es, evaluando si se justifica o no su permanencia en el servicio bajo los parametros de continuar observando debida conducta e idoneidad, acorde a lo establecido en el articulo 146° inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru, el cual senala que el Estado garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio, mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion; debiendo entenderse que la decision acerca de la continuidad o permanencia en el ejercicio del cargo por otros siete anos, exige que el magistrado evidencie una conducta caracterizada por la verdad, lealtad, probidad, independencia, imparcialidad, diligencia, contraccion al trabajo funcional, decoro y rectitud, ademas de una capacitacion y actualizacion adecuadas, permanentes y constantes, como tambien el fiel respeto y observancia a la Constitucion Politica del Estado y a las leyes de la Republica, todo lo cual persigue asegurar un desempeno acorde a las exigencias ciudadanas; Noveno: Que, concluidas las etapas previas del MORDAZA de evaluacion y ratificacion; habiendose entrevistado al magistrado en sesion publica llevada a cabo el dia 5 de setiembre de 2008, conforme al cronograma de actividades aprobado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, el Pleno del Consejo por Acuerdo adoptado en su sesion de fecha 18 de setiembre de 2008 decidio ratificar al magistrado evaluado y por Acuerdo adoptado en su sesion de fecha 19 de setiembre del presente, declaro nulo el acuerdo MORDAZA referido y dispuso la suspension del presente MORDAZA de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA Sorrentino, hasta que se obtenga la informacion materia de observacion, recibida la misma corresponde adoptar la decision final, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 5°, inciso 7, del Codigo Procesal Constitucional, concordante con los articulos 27 y siguientes del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 1019­ 2005­CNM y sus modificatorias; Decimo: Que, con relacion a la conducta dentro del periodo de evaluacion, de los documentos que conforman el expediente del MORDAZA de evaluacion y ratificacion instaurado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sorrentino, se establece: a) No registra antecedentes judiciales, penales y policiales; b) Por Oficio N° 800-2008-ODICMA-CSJA/PJ del 25 de MORDAZA de 2007 se informa que durante le periodo de evaluacion registra 16 quejas, de las cuales 8 han sido archivadas, 7 en etapa de calificacion y 1 en investigacion preliminar; c) Por Oficio N° 1196-2008-MP-F-SUPR.CI del 26 de junio de 2008, la Fiscalia Suprema de Control Interno, informa que durante el periodo de evaluacion registra 8 quejas, las cuales fueron declaradas improcedentes y archivadas; d) En el rubro de medidas disciplinarias, registra 3 apercibimientos y 1 una multa de 8% de su remuneracion; e) En el presente MORDAZA registra 3 denuncias por participacion ciudadana en su contra, las cuales ha explicado en forma satisfactoria el evaluado; f) Registra un total de 33 dias de licencia, de los cuales 18 dias corresponden a capacitacion y 15 dias por enfermedad; g) Por Oficios Nros. 6168 y 6317-2008-SG-CS-PJ del 31 de MORDAZA de 2008, del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Informa que registra 5 procesos seguidos con el Estado, 3 acciones de MORDAZA, 1 por Accion de Cumplimiento y 1 por Ejecucion de Resolucion Administrativa; asi mismo se informa que registra 38 procesos judiciales, de los cuales 21 son como demandante, 3 como demandado, 3 como denunciado, de estos ultimos y de la sentencia dictada en su contra, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ha informado por Oficio N° 1797-2008-P-CSJAR/P del 7 de octubre de 2008, que la sentencia corresponde a un MORDAZA de naturaleza civil, no teniendo connotacion penal, y en lo referente a las tres denuncias estas corresponden a cuadernos de apelacion de un solo MORDAZA y por los mismos hechos, los que acontecieron ademas fuera del periodo de evaluacion y que ha concluido mediante resolucion del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, que declaro no ha lugar a formular denuncia penal en su contra, disponiendose el archivamiento definitivo, por lo que se concluye que en este extremo, no existe evidencia de cuestionamiento a su conducta y/o desempeno jurisdiccional; Decimo Primero: Que teniendo en cuenta que el MORDAZA de evaluacion y ratificacion es un MORDAZA publico, la critica ciudadana a la funcion publica es un elemento fundamental en el fortalecimiento de las instituciones de la democracia participativa, en ese sentido, la sociedad civil, asi como las entidades representativas reconocidas por la Constitucion Politica, coadyuvan a la evaluacion de la conducta e idoneidad de los magistrados; por ello,

debe considerarse entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados; en este orden, resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de una encuesta remitida por el Colegio de Abogados de MORDAZA, realizada el 24 de noviembre del 2000, para los efectos del MORDAZA de evaluacion y ratificacion de magistrados, en la cual se consulto sobre la conducta e idoneidad del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sorrentino, registrandose 346 votos a su favor y 406 en su contra. De lo que se deduce que el evaluado a la fecha de dicha consulta no tenia muy buena aceptacion por parte de la comunidad juridica de MORDAZA, que es el lugar donde ejerce sus funciones; Decimo Segundo: Que, respecto al patrimonio del magistrado, se desprende de los documentos que obran en el expediente como en sus declaraciones juradas, la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y de lo vertido en la entrevista personal, que el evaluado no ha tenido un incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciando una situacion regular o compatible con sus ingresos y obligaciones, todo lo cual, ademas ha sido oportunamente declarado a su institucion; Decimo Tercero: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, la produccion jurisdiccional del evaluado, en la informacion obrante en el expediente del magistrado evaluado, se tiene que expidio entre sentencias de vista, autos y sentencias de audiencias, el ano 1994, un total de 429 resoluciones, en 1995 un total de 520 resoluciones; en 1996, 652 resoluciones; en 1997, 791 resoluciones; en 1998, 650 resoluciones; en 1999, 335 resoluciones; en el 2000, 357 resoluciones, en el 2001, en que no fue ratificado, 63 resoluciones; lo anotado conlleva a establecer que el evaluado registra una produccion aceptable, que sin embargo debe esforzarse por mejorar para hacerla mas consistente; Decimo Cuarto: Que, respecto a la calidad de las resoluciones del evaluado, en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderacion, de 14 resoluciones, 13 han sido consideradas como buenas y 1 como aceptable, advirtiendose en general, un adecuado razonamiento y sustentacion de las decisiones asi como claridad en la exposicion de sus argumentos asi como razonada valoracion de la prueba; lo anotado conlleva a establecer que el evaluado revela adecuada calidad de sus pronunciamientos funcionales; Decimo Quinto: Que, respecto a la capacitacion se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sorrentino, es un magistrado que, durante el periodo de evaluacion, registra participacion en 4 Diplomados, 2 cursos de Post Grado, 11 eventos academicos como ponente, 16 como organizador y 22 seminarios como asistente; siendo el promedio resultante como asistente a razon de mas de 4 eventos por ano, lo cual se considera como aceptable. Asimismo, durante el periodo de evaluacion, registra haber asistido a 5 cursos de la Academia de la Magistratura. El doctor MORDAZA Sorrentino, ademas es egresado de la Maestria de Derecho Penal de la Universidad Catolica MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, no habiendose graduado hasta la fecha en la mencionada maestria; de otro lado; acredita ejercer la docencia en la Universidad Alas Peruanas desde el ano 2007 a la fecha, lo cual es considerado por este Consejo como un merito; tambien ha seguido un curso del idioma ingles, y cursos de computacion, lo cual muestra una aceptable preocupacion academica. Cabe mencionar que durante la entrevista publica se le formularon preguntas respecto a temas de Derecho Penal y Procesal Penal, siendo respondidas todas ellas por el magistrado de manera acertada, revelando conocimiento y seguridad; Decimo Sexto: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sorrentino, durante el periodo sujeto a evaluacion, ha demostrado una conducta acorde con la delicada funcion de administrar justicia, siendo que las cuatro medidas disciplinarias, no se han referido a hechos graves sino a deficiencias de MORDAZA procesal o de tramite, las que, ademas por el tiempo transcurrido ya se encuentran rehabilitadas; en lo referente al aspecto de su idoneidad, ha demostrado una aceptable participacion en diversos eventos academicos; es egresado de la Maestria en Derecho Penal de la Universidad Catolica de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, sin haber optado hasta la fecha el grado respectivo, por lo que se le exhorta para que culmine debidamente el mencionado post grado; de otro lado, acredita tambien ejercer la docencia en la Universidad Alas Peruanas, respetando las horas establecidas por ley, todo lo cual es considerado por este Consejo como un merito;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.