Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2008 (09/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 9 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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mencionado en el Articulo 1º y de los planos senalados en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje cultural arqueologico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA fedateada de la presente resolucion a la SUNARP, COFOPRI, municipalidad distrital y provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

287744-7

Declaran a la capilla Virgen MORDAZA MORDAZA y Patron MORDAZA de Cacta, ubicada en el departamento de MORDAZA, como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1713/INC
MORDAZA, 26 de noviembre de 2008 Visto: el Oficio Nº 0598-DRC-INC-AP-2007 de la Direccion Regional de Cultura de Apurimac; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del patrimonio cultural de la Nacion; Que, vistos los Informes Nº 012-2007-RMR/INC-AP de fecha 15 de junio de 2007 del area tecnica de Direccion Regional de Cultura de MORDAZA y Nº 022-2008-DMVESDIH-DPHCR/INC de fecha 14 de MORDAZA de 2008 de la Sub Direccion de Investigacion Historica, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano concluye mediante Informe Nº 106-2008-SDRDPHCR/INC de fecha 07 de MORDAZA de 2008 que, la capilla de Cacta tiene un significado historico local, pues esta se convirtio en un momento determinado en un importante centro de culto asociado a la veneracion de la Virgen MORDAZA MORDAZA (la Mamacha MORDAZA de Cacta) cuya festividad subsiste con gran fuerza en la actualidad, con su fiesta mayor el 8 de diciembre, colocandose como una de las tres MORDAZA mas importantes de la region Grau, junto con la del Cristo de la MORDAZA, de Chuquibambilla (la capital) y la Mamacha Asunta; que, no se ha podido precisar una fecha fidedigna de la fabrica de la capilla, consignandose como fechas aproximadas de reconstruccion a los anos 1875 o 1917. A pesar de tratarse de una reconstruccion, la pequena capilla de Cacta recoge en su composicion arquitectonica, de una forma sintetica, muchos de los elementos y valores de la tradicion constructiva de las capillas rurales de adobe de la region Grau-Cotabambas, consistentes en: contrafuertes que marcan el ingreso de la portada de pies, techo a dos aguas, cobertura de tejas de arcilla; que, el criterio de valor etnologico resulta un elemento muy importante a tomar en cuenta para la evaluacion de la condicion del inmueble como patrimonio cultural de la Nacion; que, el mal estado de conservacion de la capilla puede ser revertido con un adecuado plan de conservacion y restauracion; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 07 de fecha 21 de MORDAZA de 2008, considerando: que, la capilla de Cacta constituye un testimonio de la tradicion constructiva y tipologia arquitectonica rural de la region GrauCotabambas, a pesar de tratarse de una reconstruccion de la fabrica original, cuya fecha se situa aproximadamente en 1875 o 1917 conforme a la informacion historica recogida;

que, la capilla de planta rectangular de 10.80m por 5.50m con sacristia hacia el lado del Evangelio, presenta una orientacion NE emplazada sobre una plataforma de MORDAZA canteada unida con mortero de barro. La fachada es simple, correspondiendo el vano de ingreso del MORDAZA de pies a un arco rebajado flanqueado por dos muros contrafuertes, al que se anexa un pequeno campanario a modo de espadana hacia el lado de la Epistola. Al interior de la capilla se conservan el Altar Mayor de la Virgen MORDAZA MORDAZA flanqueada por el patron MORDAZA y el Senor de los Temblores, ademas de dos pequenos altares de San MORDAZA y San MORDAZA ubicados en el MORDAZA del Evangelio; que, la fabrica general de la capilla es de muros portantes de adobe de 1.00m de espesor, con techos a dos aguas de par y nudillo con cubierta de teja de arcilla asentadas sobre torta de barro y encanado, y piso de ladrillos cuadrangulares MORDAZA pastelero, siendo el estado de conservacion de deterioro general pero recuperable; que, la capilla de Cacta posee un importante valor de identidad y significado historico local, pues devino en un momento determinado en un importante centro de culto asociado a la veneracion de la Virgen MORDAZA MORDAZA (la Mamacha MORDAZA de Cacta), cuya festividad se realiza con gran fuerza cada 8 de diciembre, constituyendo una de las tres festividades de mayor importancia en la provincia de Grau, junto con la del Cristo de la MORDAZA de Chuquibambilla (la capital) y la Mamacha Asunta; por lo que dicha Comision acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion a la capilla Virgen MORDAZA MORDAZA y Patron MORDAZA de Cacta, ubicada en el centro poblado de Cacta, distrito de Chuquibambilla, provincia de Grau, departamento de Apurimac; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion a la capilla Virgen MORDAZA MORDAZA y Patron MORDAZA de Cacta, ubicada en el centro poblado de Cacta, distrito de Chuquibambilla, provincia de Grau, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion, a las autoridades locales, regionales y religiosas, asi como la normatividad y leyes vigentes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico cumpla con la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion de la capilla Virgen MORDAZA MORDAZA y Patron MORDAZA de Cacta, ubicada en el centro poblado de Cacta, distrito de Chuquibambilla, provincia de Grau, departamento de Apurimac. Articulo 4°.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el citado bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

287742-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de licencias para productos Adobe para PC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1728/INC
MORDAZA, 28 de noviembre de 2008

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