Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2008 (11/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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y tecnologia y el programa de desarrollo del deporte y recreacion de la region, en concordancia con la politica educativa nacional. c) Diversificar los curriculos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos. d) Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos. e) Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educacion inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinacion con el Gobierno Local y en MORDAZA con la politica y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de ensenanza de la poblacion. f) Modernizar los sistemas descentralizados de gestion educativa y propiciar la formacion de redes de instituciones educativas, en coordinacion con el Ministerio de Educacion. g) Ejecutar y evaluar, conjuntamente con los gobiernos locales, los programas de alfabetizacion en el MORDAZA de las politicas y programas nacionales. h) Integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico, a la mejora en la productividad y competitividad de la region; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integracion y la inclusion a nivel regional; en lo politico, al afianzamiento de los mecanismos de participacion ciudadana y rendicion de cuentas en los distintos niveles de gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad. i) Promover permanentemente la educacion intercultural y el uso de las lenguas originarias de la region. j) Promover e incentivar la investigacion, la extension en las universidades y en otras instituciones educativas de nivel superior, en funcion del desarrollo regional. k) Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la region, en coordinacion con los Gobiernos Locales. l) Declarar, proteger, conservar y promover en coordinacion con los gobiernos locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural regional y local. (*) (*) Inciso modificado por el Articulo 9 de la Ley N° 27902, publicado el 01-01-2003, cuyo texto es el siguiente: "l) Proteger y conservar, en coordinacion con los Gobiernos Locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural nacional existente en la region, asi como promover la declaracion por los organismos competentes de los bienes culturales no reconocidos que se encuentren en la region." m) Disenar e implementar las politicas de infraestructura y equipamiento, en coordinacion con los Gobiernos Locales. n) Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologias eficaces y eficientes para el mejoramiento de la calidad de la educacion en sus distintos niveles. o) Desarrollar e implementar sistemas de informacion y ponerla a disposicion de la poblacion. p) Evaluar periodicamente y de manera sistematica los logros alcanzados por la region en materia educativa y apoyar las acciones de evaluacion y medicion que desarrolla el Ministerio de Educacion, asi como contribuir al desarrollo de la politica de acreditacion y certificacion de la calidad educativa en el ambito de su competencia. q) Fomentar y participar en el diseno, ejecucion y evaluacion de proyectos de investigacion, experimentacion e innovacion educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo. r) Desarrollar los procesos de profesionalizacion, capacitacion y actualizacion del personal docente y administrativo de la region, en concordancia con el plan nacional de formacion continua. s) Fortalecer en concordancia con los Gobiernos Locales, a las instituciones educativas, promoviendo su autonomia, capacidad de innovacion y funcionamiento democratico, asi como la articulacion intersectorial y la pertenencia a redes, con participacion de la sociedad.

t) Articular, asesorar y monitorear en el MORDAZA pedagogico y administrativo a las unidades de gestion local. u) Impulsar y articular la participacion de las universidades, empresas e instituciones de la sociedad civil en la ejecucion de los planes de desarrollo regional. 288789-1

Suspenden temporalmente el cobro de la tasa del procedimiento Nº 11 "Registro de Bienes Culturales Muebles" consignado en el MORDAZA del INC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0425-2008-ED MORDAZA, 9 de diciembre de 2008 Visto, el Oficio Nº 881-2008-DN/INC, de fecha 01 de octubre de 2008, cursado por la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura ha solicitado autorizacion para suspender temporalmente el cobro por derechos de pago del procedimiento Nº 11 "Registro de Bienes Culturales Muebles"; Que, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que el propietario de un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion esta obligado a solicitar ante el organismo competente el registro de los mismos; Que, la primera Disposicion Transitoria de la citada Ley Nº 28296, senala que el propietario de un bien mueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion que no se encuentre debidamente registrado, debe presentar su solicitud ante el organismo competente en el plazo de tres anos de publicado su Reglamento, lo que se efectuo el 2 de junio de 2006, por lo que el plazo para la inscripcion vence el 2 de junio del 2009; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, de fecha 26 de agosto de 2002, se aprobo el Texto Unico de Procedimiento Administrativos-TUPA del Instituto Nacional de Cultura-INC; Que, el numeral Nº 38.5 del Articulo 38º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, a fin de promover y facilitar el Registro Nacional de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion en cumplimiento a la Ley Nº 28296 y su Reglamento MORDAZA referidos, MORDAZA de propiedad publica o privada, resulta conveniente suspender temporalmente el cobro por derechos de pago establecidos en el procedimiento Nº 11 "Registro de Bienes Culturales Muebles" que se consigna en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, (TUPA INC); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27444, y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- SUSPENDER temporalmente el cobro de la tasa del procedimiento Nº 11 "Registro de Bienes Culturales Muebles" consignado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura- MORDAZA INC, por el plazo de un ano a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 288791-1

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