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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de diciembre de 2008 384910 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento 289268-10 EDUCACION Declaran la conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales del Callao, Arequipa y Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0417-2008-ED Lima, 9 de diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, aprobado por el Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, establece la transferencia a los Gobiernos Regionales de las 21 funciones señaladas en el artículo 47° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Directiva N° 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD, establece las “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia” y la Directiva N° 006-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 025-2007-PCM/SD, establece las “Normas para la Efectivización del proceso de Transferencia del año 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales”; Que, el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales han seguido todos los procedimientos señalados en las Directivas indicadas en el considerando precedente, para la efectivización de la transferencia de las funciones del Sector Educación; Que, en relación a la transferencia del presupuesto, estado contable y el acervo documentario, éstos fueron transferidos a los Gobiernos Regionales cuando se realizó la transferencia de los ex Consejos Transitorios de Administración Regional – CTAR, excepto a los Gobiernos Regionales de Lima y del Callao. La transferencia presupuestal, estado contable y acervo documentario al Gobierno Regional de Lima se efectivizó en el mes de octubre del año 2004 y al Gobierno Regional del Callao en el mes de abril del año 2005, con la suscripción de las actas correspondientes; Que, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el Informe de Concordancia N°. 001-2007-PCM/SD-OTME ha certifi cado a los Gobiernos Regionales del Callao y Huánuco, y mediante los Informes de Concordancia N°s. 001-2007-PCM/SD-OTME y 042-2007-PCM/SD-OTME ha certifi cado al Gobierno Regional de Arequipa, al haber cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, establecidos por el Sector; en tal razón, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 016-2007-PCM/SD se ha acreditado a los Gobiernos Regionales del Callao y Huánuco, y por medio de las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N°s 016 y 044-2007-PCM/SD se acreditó al Gobierno Regional de Arequipa para la transferencia de las funciones sectoriales; Que, el Ministerio de Educación con el Gobierno Regional del Callao, el Gobierno Regional de Arequipa y el Gobierno Regional de Huánuco, ha suscrito el Acta de Entrega y Recepción, que es el documento mediante el cual se efectiviza la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a éstas; así como, el Convenio Marco Intergubernamental y el Informe Final de transferencia de funciones y recursos; Que, mediante el Decreto Supremo N° 029-2008- PCM, se dispone que los Sectores del Gobierno Nacional, y los Gobiernos Regionales y Locales, involucrados en el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos programados en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, realicen, hasta el 31 de diciembre del 2008, las acciones para culminar dichas transferencias; Que, la Directiva N° 006-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 025-2007-PCM/SD, señala que los Sectores del Gobierno Nacional, emitirán la respectiva Resolución Ministerial que comunica la transferencia de las Funciones Sectoriales, especifi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. La Resolución Ministerial deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, cuya copia fedateada deberá ser enviada a la Secretaría de Descentralización; Que, en consecuencia, es necesario formalizar y dar por concluida la transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales señalados en los considerandos anteriores, en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 47° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley N° 27783, Ley N° 27867, Decreto Ley N° 25762, modifi cado por la Ley N° 26510; Decreto Supremo N° 049-2008-PCM, Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar la conclusión del proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, señaladas en el artículo 47° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, las cuales se incluyen en anexo que forma parte de la presente Resolución, a los Gobiernos Regionales del Callao, Arequipa y Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación ANEXO TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES LEY N° 27867 ARTÍCULO 47º DE LA LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Artículo 47º .- Funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación. a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región. b) Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia Descargado desde www.elperuano.com.pe