Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

385996
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

Articulo Unico.- Aprobar la inclusion de los veintidos (22) pasivos ambientales mineros identificados a traves del Informe Nº 007-2008-MEM-DGM/DTM/PAM, ubicados en el Cerro MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA, Provincia de Yungay, Region MORDAZA, publicandose los mismos en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 294405-1

que se identificara con el codigo N° 27169808, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA MORDAZA Matacaballo, para una capacidad instalada estimada de 150 MW, los cuales se realizaran en el distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 810 914,0000 814 963,0000 821 010,0000 817 105,0000 NORTE 8 878 129,0000 8 879 640,0000 8 873 410,0000 8 871 958,0000

Otorgan concesion temporal a favor de Sowitec Energias Renovables de Peru S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica en futura central eolica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 594-2008-MEM/DM MORDAZA, 22 de diciembre de 2008 VISTO: El Expediente N° 27169808, sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA MORDAZA Matacaballo, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12084175 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1830353, de fecha 17 de octubre de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA MORDAZA Matacaballo, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de solicitud de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano los dias 30 y 31 de octubre de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 2562008-DGE-DCE de fecha 25 de noviembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A.,

Articulo 3°.-El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 294403-1

Otorgan concesion definitiva de generacion de energia electrica con recursos energeticos renovables a favor de Hidrocanete S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 595-2008-MEM/DM MORDAZA, 23 de diciembre de 2008 VISTO: El Expediente N° 18166908, organizado por Hidrocanete S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11733938 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, Hidrocanete S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1817788, de fecha 02 de setiembre de 2008, ha solicitado concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA Imperial, con una potencia instalada de 3 970 kW, ubicada en el distrito de MORDAZA Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Canete; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.