Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES

385999

Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Derogacion Deroguese las disposiciones que se opongan a la presente norma. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior 294854-6

Suspenden actividades extractivas del recurso de anchoveta en area de dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL N° 866-2008-PRODUCE MORDAZA, 23 de diciembre del 2008 VISTOS: el Oficio N° DE-100-290-2008-PRODUCE/ IMP del 23 de diciembre de 2008, mediante el cual el Instituto MORDAZA del Peru alcanza el "Reporte sobre incidencia de juveniles de anchoveta en la region sur al 22 de diciembre del 2008", el Informe N° 812-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi del 23 de diciembre de 2008 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 095-2008-PRODUCE/OGAJcfva de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9° del citado Decreto Ley contempla que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Resolucion Ministerial Nº 846-2008PRODUCE del 10 de diciembre del 2008, se suspendio las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16°00'00" Latitud Sur, a partir de la 00:00 horas del dia 13 de diciembre de 2008; Que, el articulo 4° de la Resolucion Ministerial N° 348-2008-PRODUCE del 8 de febrero de 2008, que regula las actividades extractivas que se desarrollan en la MORDAZA comprendida en el Regimen Especial de Pesca del recurso anchoveta, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2008-PRODUCE, dispone entre otras medidas, que en caso de registrarse la descarga de ejemplares juveniles de anchoveta y el desembarque de otros recursos hidrobiologicos en porcentajes superiores a la tolerancia permitida, el Ministerio de la Produccion suspendera las actividades extractivas en dicha MORDAZA o area geografica por un periodo no menor de tres (3) dias; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 651-2008PRODUCE del 1 de agosto de 2008, se suspendieron las actividades extractivas del recurso anchoveta, a partir de las 00:00 horas del dia 03 de agosto de 2008, por un periodo de diez (10) dias calendario, en las areas comprendidas entre los 16°30'00" y 16°59'59" Latitud Sur, dentro de las 20 millas de la costa y entre los 17°30'00" y 17°59'59" Latitud Sur dentro de las 10 millas de la costa, para proteger los estadios juveniles del citado recurso; Que, mediante el Oficio N° DE-100-290-2008PRODUCE/IMP, el Instituto MORDAZA del Peru alcanzo el "Reporte sobre incidencia de juveniles de anchoveta en la region sur durante al 22 de diciembre del 2008", donde informa que el desembarque de los principales recursos pelagicos en la region sur, durante el 01 de enero al 21 de diciembre del 2008, fue de 828,930 toneladas, correspondiendo a la anchoveta 819,731 toneladas y que en el periodo comprendido entre el 01 al 22 de diciembre se pesco 50,479 toneladas siendo desembarcado principalmente en el puerto de Ilo, donde actualmente vienen operando 122 embarcaciones; Que, asimismo, informa el Instituto MORDAZA del Peru que la incidencia de juveniles de anchoveta en la region sur, presento los mayores porcentajes en el puerto de Ilo,

PRODUCE
Aceptan renuncia y designan Asesor II Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL N° 865-2008-PRODUCE MORDAZA, 23 de diciembre del 2008 VISTO: la carta S/N del senor MORDAZA MORDAZA De MORDAZA MORDAZA de fecha 11 de diciembre de 2008; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 352-2008PRODUCE del 12 de febrero de 2008, se designo al senor MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Asesor II Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el documento del visto el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia ejerciendo, razon por la cual corresponde dictar el acto de administracion que acepte la renuncia acotada y designe al funcionario que ejercera las funciones de Asesor II Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de la Produccion; De conformidad con el numeral 4 del articulo 11° de la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar con efectividad al 31 de diciembre de 2008, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza de Asesor II Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de la Produccion, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2°.- Designar con efectividad al 01 de enero de 2009, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Asesor II Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 294195-1

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