Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion podra ser revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AERO MONTANAS S.A. - AMSA de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania AERO MONTANAS S.A. - AMSA debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania AERO MONTANAS S.A. - AMSA debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 282472-1

Amplian area de concesion otorgada a persona natural mediante R.M. Nº 568-97-MTC/15.03, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 552-2008-MTC/27 MORDAZA, 1 de diciembre de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2008-042551, mediante el cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la modificacion de su contrato de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en cuanto a la ampliacion del area de concesion al distrito de Barranca de la provincia de Barranca del departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial No. 568-97MTC15/03 del 14 de noviembre de 1997, se otorgo concesion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Supe Puerto, de la provincia de Barranca, del departamento de MORDAZA, habiendose firmado el contrato respectivo el 13 de enero de 1998; Que, mediante Resolucion Ministerial No. 6532003-MTC/03 del 18 de agosto del 2003 se aprobo la modificacion del numeral 3.02 del contrato de concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial No. 568-97MTC/15.03, ampliando el Area de Concesion al distrito de Supe Pueblo de la provincia de Barranca, del departamento

de Lima; suscribiendose la adenda respectiva el 15 de septiembre de 2003; Que, mediante Resolucion Directoral No. 563-2003MTC/17 del 12 de septiembre de 2003 se aprobo la modificacion del Plan Minimo de Expansion aprobado mediante Resolucion Ministerial No. 568-97-MTC/15.03; Que, mediante el expediente de la vista, el concesionario solicita la modificacion de su contrato de concesion con la finalidad de ampliar el area de concesion, al distrito de Barranca, de la provincia de Barranca del departamento de Lima; Que, el articulo 124° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo No. 020-2007MTC establece que la suscripcion de las adendas a los contratos de concesion se realizara dentro de un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles de publicada la resolucion correspondiente, y que en caso de incumplimiento, la resolucion que la sustenta quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, con Informe N° 1258-2008-MTC/27 se concluye que corresponde aprobar mediante resolucion directoral la modificacion del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial No. 568-97-MTC/15.03, modificado por Resolucion Ministerial No. 653-2003-MTC/03 en lo referente al area de la concesion otorgada, ampliandola al distrito de Barranca, de la provincia de Barranca, del departamento de MORDAZA, asi como aprobar el Plan de Cobertura de dicha area; Que, el numeral 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones es la autoridad que resuelve las solicitudes de modificacion de concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de la concesion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Ministerial No. 568-97MTC/15.03, modificada por Resolucion Ministerial No. 653-2003-MTC/03, hacia el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial No. 568-97MTC/15.03, modificado por Resolucion Ministerial No. 653-2003-MTC/03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolucion, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 568-97-MTC/15.03, modificado por Resolucion Directoral No. 563-2003-MTC/17. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 de la Clausula Tercera y el numeral 6.02 de la Clausula Sexta del contrato de concesion aprobado mediante Resolucion Ministerial No. 568-97-MTC/15.03, modificado por Resolucion Ministerial No. 653-2003-MTC/03 y Resolucion Directoral No. 563-2003-MTC/17. Articulo 4º.- Aprobar la Adenda por la cual se formaliza la ampliacion del area de concesion, la

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