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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 386002 Aprueban Addenda Nº 3 al Convenio de Cooperación de Administración de Recursos suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el PNUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 324-2008-RE Lima, 24 de diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD un Convenio de Cooperación de Administración de Recursos, que establece mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia entre ambas instituciones que permita desarrollar actividades de apoyo al fortalecimiento de la gestión institucional y al desarrollo de infraestructura del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Suprema Nº 097-2005-RE se aprobó el Convenio de Cooperación de Administración de Recursos suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Resolución Suprema Nº 360-2007- RE se aprobó la Addenda Nº 02, que prorroga el referido Convenio hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, mediante el Convenio de Cooperación de Administración de Recursos se vienen realizando actividades de apoyo a la mejora de la gestión institucional de la Cancillería, las cuales son necesarias continuar, requiriendo para tal efecto seguir contando con la asistencia técnica y profesional del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD durante el año 2009; Que, mediante la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el año 2009, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos, previo informe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento, y aprobarse por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, empleándose dicho procedimiento también para el caso de las addendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, mediante Memorándum (PPT) Nº PPT1969/2008, la Dirección de Presupuesto ha informado las ventajas y benefi cios de prorrogar el Convenio de Cooperación de Administración de Recursos suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, señalando que se han previsto los recursos fi nancieros para el año 2009, que permitirán atender los egresos producto de las actividades que se ejecutarán en el marco del Convenio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Addenda Nº 03 al Convenio de Cooperación de Administración de Recursos suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, que amplía hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia del referido Convenio. Artículo Segundo.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar las transferencias necesarias de recursos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, parar la implementación y administración de las actividades previstas en el mencionado Convenio. Artículo Tercero.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.Regístrese y comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 294854-14 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Aero Montañas S.A. permiso de operación de aviación comercial - transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 215-2008-MTC/12 Lima, 14 de noviembre del 2008Vista la solicitud de la compañía AERO MONTAÑAS S.A. - AMSA, sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO:Que, con Documento de Registro Nº 2008-024685 del 16 de junio del 2008 precisado con Documentos de Registro Nº 072707 del 07 de julio del 2008 y Nº 2008- 024685-B del 22 de agosto del 2008 la compañía AERO MONTAÑAS S.A. - AMSA solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 707-2008- MTC/12, Memorando Nº 759-2008-MTC/12, Memorando Nº 944-2008-MTC/12, Memorando Nº 3721-2008-MTC/12 e Informe Nº 023-2008-MTC/12.07.LIC; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AERO MONTAÑAS S.A. - AMSA, Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones