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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387341 Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, defi ne las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal. Que, es atribución del Consejo Regional normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias que señala:”Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; precepto que le confi ere facultad de aprobar los documentos de gestión, de las Entidades Públicas en el ámbito de jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 02-2008- CR/RL, se aprobó los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Lima y las Direcciones de Red de Salud que la conforman, encargando a la Presidencia Regional para que en un plazo de 60 (sesenta) días – plazo que fuera ampliado mediante las Ordenanzas Regionales Nº 06 y 09-2008-CR/RL- mediante mesas de trabajo provincia por provincia y con participación de los Consejeros Regionales, evalúe la organización de las Entidades anteriormente señaladas y proponga una organización acorde con la realidad social del ámbito regional, que contribuya a mejorar los servicios de salud y de conformidad con la normatividad vigente, proponiendo al Consejo Regional para su aprobación de los Documentos de Gestión que resulten necesarios para su implementación. Los Consejeros Regionales, participaran en las Mesas de Trabajo de acuerdo a las funciones que le confi ere la Ley de todo el proceso de la propuesta de la nueva organización en la Dirección Regional de Salud de Lima. Que mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 228- 2008-PRES, del 07 de abril del año 2008, se conformó el Comité Técnico responsable de formular la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Lima y órganos desconcentrados que forman parte de su ámbito jurisdiccional Que, mediante Carta Nº 003-2008-GRL/PRES el Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, remite al Consejo Regional, Dos Propuestas de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Lima, elaboradas por el la Comité Técnico al que se refi ere el considerando anterior; la primera de las cuales mantiene vigente salvo con algunas precisiones de carácter conceptual en la redacción de las funciones la organización actual que considera 06 Direcciones de Redes de Salud con sus respectivos Hospitales; y la segunda propuesta que como resultado de las mesas de trabajo a nivel provincia y con participación de los Consejeros Regionales, considera la creación de 10 Direcciones de Redes de Salud, una en cada provincia, además de la Dirección de la Red de Salud Chilca – Mala; Que, en ambas propuestas considera los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Lima (DIRESA); el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de: Hospital Regional de Huacho; Dirección Red de Salud de Cañete; Dirección Red de Salud de Chilca-Mala; Hospital San Juan Bautista de Huaral; Hospital Barranca; Hospital de Chancay y Hospital Rezola; Que, luego de haber analizado la Segunda propuesta, el pleno del Consejo Regional, considerando el derecho de acceso a la salud que tienen todos los peruanos como derecho fundamental consagrado en nuestra Carta Magna y con el objetivo de mejorar la calidad y cobertura de los Servicios de Salud en cada una de las provincias que conforman el ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional de Lima ha determinado conveniente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Lima, que considera 10 Direcciones de Redes de Salud, una en cada provincia, además de la Dirección de la Red de Salud Chilca – Mala. Que, mediante el Informe Nº 122-A-2008-GRL/ GRPPAT-HHQL e Informe Nº 258-2008-GRL/GRPPAT, de fecha 15 de octubre del 2008, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima se señala que los Documentos de Gestión propuestos: Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de: Dirección Regional de Salud Lima; Hospital Regional de Huacho; Dirección Red de Salud de Cañete; Dirección Red de Salud de Chilca-Mala; Hospital San Juan Bautista de Huaral; Hospital Barranca; Hospital de Chancay y Hospital Rezola; se encuentra concordante con lo establecido en el Decreto Supremo 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria de fecha 29 de diciembre de 2008, luego del debate entre los Consejeros concurrentes a la sesión de Consejo y atendiendo a las necesidades de los pueblos conformantes de la Región Lima y el derecho de acceso a la salud de sus habitantes, luego de un amplio debate y con el voto unánime de los Consejeros concurrentes a la sesión ordinaria de Consejo. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y modifi cada en parte por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud Lima, que consta de cinco (05) Títulos, siete (07) capítulos, setenta (70) artículos, dos (02) disposiciones complementarias, dos (02) disposiciones transitorias y el organigrama estructural que comprende los siguientes Órganos Desconcentrados: - Dirección Red de Salud de Barranca - Dirección Red de Salud de Cajatambo- Dirección Red de Salud de Canta- Dirección Red de Salud de Cañete- Dirección Red de Salud Chilca Mala- Dirección Red de Salud de Huaral- Dirección Red de Salud de Huarochirí- Dirección Red de Salud de Huaura- Dirección Red de Salud de Oyón- Dirección Red de Salud de Yauyos- Hospital Regional de Huacho Artículo Segundo.- APROBAR los Reglamentos de Organización y Funciones de las siguientes Unidades Ejecutoras, correspondientes al ámbito de competencia de la Dirección Regional de Salud Lima: 1. Hospital de Barranca, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, diez y ocho (18) artículos, una (01) disposiciones complementarias, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural. 2. Red de Salud de Chilca Mala, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, dieciocho (18) artículos, una (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural. 3. Hospital Regional de Huacho, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, sesenta y nueve (69) artículos, dos (02) disposiciones complementarias, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural. 4. Hospital San Juan Bautista Huaral, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, cuarenta y nueve (49) artículos, cinco (05) disposiciones complementarias y el organigrama estructural. 5. Hospital de Chancay, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, cincuenta y tres (53) artículos, una (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitorias y el organigrama estructural. 6. Hospital Rezola, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, cuarenta y cuatro (44) artículos, dos (02) disposiciones complementarias y el organigrama estructural. 7. Dirección de Red de Salud de Cañete , que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, veinte (20) artículos, una (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural.Descargado desde www.elperuano.com.pe