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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387348 emitidas por el Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nos. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 04 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 300-2008-MML/CMAEO. ACORDO:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza N° 098- 2008-MDSB de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y seguridad ciudadana correspondiente al ejercicio 2009 en esa jurisdicción, manteniéndose las tasas aprobadas y ratifi cadas para el año 2008, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2008, así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 098-2008-MDSB y de los Anexos I, II y III, que contienen el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde señalar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www.munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 296256-1 Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 538-MML y ordenan retiro de paneles publicitarios que incumplan lo previsto en la Ordenanza Nº 1094-MML ACUERDO DE CONCEJO N° 610 Lima, 30 de diciembre de 2008Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2008, el pedido de la Regidora Norma Yarrow Lumbreras, Presidenta de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura respecto al Dictamen Nº 266-2008-MML-CMDUVN; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en ese sentido, el Concejo Metropolitano aprobó la Ordenanza Nº 1094-MML, que regula la Ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en la provincia de Lima, la cual fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de noviembre del 2007, que tiene por objeto regular la actividad de la publicidad exterior dedicada a la instalación de avisos y/o anuncios publicitarios en bienes de dominio y uso público y en bienes de propiedad privada, teniendo en cuenta el derecho de propiedad consagrado en el numeral 16) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; estableciendo asimismo en su Cuarta Disposición Transitoria, que el propietario o titular del elemento publicitario debe adecuarse a las disposiciones establecidas en el literal c) numeral 2 del Artículo 54º de la norma citada, en un plazo improrrogable y máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la referida Ordenanza; Que, al respecto, esta Corporación a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, inició el levantamiento referencial y conteo general de los elementos publicitarios que para la fecha se encontraban instalados a lo largo de la Carretera Panamericana Sur, en el tramo comprendido desde la intersección de dicha vía con la Carretera Central (Km 0.00) en el Distrito de Ate, hasta el Km. 56.000, distrito de Pucusana, a fi n de determinar los elementos publicitarios de tipo monumental y unipolar que se encuentran aptos para solicitar la autorización respectiva y los que incumplan las normas previstas en la mencionada Ordenanza. Dicho levantamiento se culminó en setiembre del 2008, y dada la envergadura del mencionado levantamiento, el Concejo Metropolitano lo aprobó a través del Acuerdo de Concejo Nº 538-MML,de fecha 05 de diciembre del 2008; Que, sin embargo, tomando en consideración que la Ordenanza Nº 1094-MML ha facultado a la administración de esta Corporación a determinar qué elementos publicitarios son susceptibles de ser regularizados y adecuarse a los requisitos establecidos en el literal c) del numeral 2) del Artículo 54º de la misma, se consideró pertinente dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 538-MML; Estando a las facultades otorgadas en el numeral 1.4.4 del Artículo 79° de la Ley Orgánica Municipalidades N° 27972 y la Ordenanza N° 1094-MML; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 266-2008-MML-CMDUVN; ACORDÓ:Artículo Primero.- Dejar sin efecto en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 538-MML de fecha 05 de diciembre del 2008, publicado el 13 del citado mes y año. Artículo Segundo.- Ordenar el retiro inmediato de los paneles publicitarios que incumplen las normas previstas en la Ordenanza Nº 1094-MML publicada el 23 de noviembre del 2007, teniendo en cuenta que debe prevalecer el criterio de defensa de la seguridad pública en la Ciudad, a nivel Metropolitano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 295902-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de energía eléctrica para el tren eléctrico RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 069-2008-AATE/PE Villa El Salvador, 24 de diciembre de 2008VISTOS:El Informe Nº 60-2008-AATE/GAF de fecha 23.12.2008 de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorándum Nº 012-2008-AATE/CELP-001 de fecha 19.12.08 del Presidente del Comité Especial, el Informe Técnico concretado en el Memorándum Nº 149-2008-AATE/GO de fecha 22.12.08 de la Gerencia de Operaciones y el Informe Legal de fecha 23.12.08 de la Ofi cina de Asesoría Legal respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.05.2001, se transfi ere la administración de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico Descargado desde www.elperuano.com.pe