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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387342 Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la misma. Artículo Tercero.- APROBAR los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) siguientes: 1. De la Dirección Regional de Salud de Lima, que consta de setecientos cuarenta y seis (746) cargos, ciento cincuenta (150) ocupados y quinientos noventa y seis (596) previstos. 2. Dirección de Red de Salud de Cañete, que consta de setecientos ochenta y dos (782) cargos, doscientos treinta y cinco (235) ocupados y quinientos cuarenta y siete (547) previstos. 3. Dirección de Red de Salud de Chilca Mala, que consta de trescientos noventa y uno (391) cargos, ciento treinta y uno (131) ocupados y doscientos sesenta (260) previstos. 4. Hospital de Barranca, que consta de mil quince (1015) cargos, doscientos noventa y seis (296) ocupados y setecientos diecinueve (719) previstos. 5. Hospital Regional de Huacho, que consta de mil cuatrocientos sesenta y tres (1463) cargos, quinientos cuarenta y siete (547) ocupados y novecientos dieciséis (916) previstos. 6. Hospital San Juan Bautista Huaral, que consta de novecientos cincuenta (950) cargos, doscientos veinte y dos (222) ocupados y setecientos veintiocho (728) previstos. 7. Hospital de Chancay, que consta de trescientos dieciséis (316) cargos, ciento setenta y ocho (178) ocupados y ciento treinta y ocho (138) previstos. 8. Hospital Rezola, que consta de quinientos veinte y nueve (529) cargos, doscientos treinta (230) ocupados y doscientos noventa y nueve (299) previstos. Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la misma. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Regional de Salud Lima para que realice las acciones técnico y/o administrativas que facilite la implementación de las Redes de Salud señaladas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, garantizando una mayor cobertura y calidad de los Servicios Básicos de Salud de la población en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 122-2001-SA-DM y con la normatividad que rige los Sistemas de Administrativos Públicos. Artículo Quinto.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil ocho. POR TANTO: Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera DelegadaConsejo Regional del Gobierno Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil ocho. NELSON O. CHUI MEJIA Presidente Regional 296249-1GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Declaran situación de emergencia en la Región Tumbes ante el peligro que ocasionarían las lluvias durante los meses de verano ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 196-2008/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Tumbes, 19 de diciembre del 2008VISTO:En Sesión Extraordinaria de Consejo Nº 34 de fecha 19 de diciembre del 2008, el Ofi cio Nº 790-2008/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR. CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, el Presidente Regional, Ing. Wilmer Dios Benites solicita Acuerdo de Consejo sobre Declaratoria de Situación de Emergencia; Que, con Ofi cio Múltiple Nº 5883-2008-INDECI/14.0 de fecha 23 de junio del 2008, la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, eleva al Despacho del Presidente Regional, su preocupación por el incremento de la temperatura superfi cial del mar, para el período octubre-diciembre 2008, lo que podría signifi car la ocurrencia de lluvias por encima de lo normal para la temporada de lluvias próximas a iniciarse, recomendando implementar acciones y medidas de prevención entre las cuales detalla la limpieza y descolmatación de ríos, canales, quebradas, cunetas, bocatomas, reforzamiento de defensas ribereñas, mantenimiento de trochas, caminos vecinales. A la vez, precisa el documento que la atención de las acciones de prevención debe ser fi nanciada con recursos propios; Que, con Ofi cio Múltiple Nº 4087-2008-INRENA-I RH- PERPEC, la Intendencia de Recursos Hídricos solicita disponer las previsiones presupuestales, a fi n de ejecutar las obras de prevención y contingencias frente a la posible ocurrencia de lluvias en la zona norte, lo cual generaría un incremento de caudales de ríos que podrían afectar la infraestructura de producción agrícola ante la presencia de lluvias, considerando los pronósticos del SENAMHI; Que, los documentos arriba mencionados se sustentan en los informes técnico científi co del organismo competente, como lo es el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, institución que pronostica el incremento de lluvias en la zona norte del país entre los meses de diciembre 2008 y enero – marzo 2009; Que, el fenómeno El Niño de los años 1983 y 1998, ocasionaron daños y la pérdida de vidas, producidas por las lluvias e inundaciones, asimismo, las lluvias recurrentes de los meses de diciembre-abril normales y superiores a las normales generan daños a nuestra infraestructura de los sectores transporte, salud, vivienda y educación, especialmente la actividad agrícola, lo cual demanda la atención con recursos económicos del Gobierno Local, Regional y Nacional; Que, mediante Informe Nº 1175-2008/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-ORAJ-OR, la Jefe de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para que se declare la situación de emergencia, de acuerdo a las proyecciones identifi cadas por el pronóstico de lluvias para el 2009, teniendo que las lluvias por mínimas que sean, debido a la colmatación del río Tumbes, afectarán los sectores de Transportes, Salud, Vivienda, Agricultura y Educación; Que, con Ofi cio Nº 287-2008/GRT-GGR-GRRNGMA- GR y Ofi cio Nº 1486-2008-GOB.REG.TUMBES-DRAT-D, se hace llegar al Consejo Regional los listados de obras de prevención a ser consideradas en la Declaratoria de Emergencia del Departamento de Tumbes por período de lluvias 2008-2009; Descargado desde www.elperuano.com.pe