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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 154

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387352 Organización social, Comunidad Laboral, Servicios Asistenciales, Clínicas y Similares.0.0847 1.0529 0.0891 Tragamonedas, discotecas, Cines, Pubs.0.2158 1.0529 0.2272 Nota: IPC-2008, equivale a variación acumulada del IPC a setiembre 2008 II.2. PARQUES Y JARDINES Tasa del Servicio de Parques y Jardines: 2009 (Mensual en nuevos soles) Ubicación del Predio2008 S/. x ml. (a)Variación Acumulada IPC-2008 (b)2008 Tasas S/. x ml. © = (a) * (b) Frente a Parque 5.61 1.0529 5.91 Frente a Vía Arbolada 4.81 1.0529 5.06 Cercano a parque 4.41 1.05294.64 Otras ubicaciones 4.01 1.05294.22Nota: IPC-2008, equivale a variación acumulada del IPC a setiembre 2008 II.3. SERENAZGOTasa del Servicio de Serenazgo: 2009 (Mensual en nuevos soles) (Se adjunta ANEXO SERENAZGO 2009) DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultar al señor alcalde para que mediante Decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Estadística e Informática y la Subgerencia de Fiscalización su aplicación. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe