Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2008 (04/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363067 en S/. 35 820,00, habiéndose acreditado que dicho cemento no ingresó ni fue utilizado en la indicada obra, ni en otras obras ni en la elaboración de materiales; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíqueseGENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 147574-3 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 456-2007-CG Lima, 28 de diciembre de 2007VISTO, el Informe Especial N° 266-2007-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Tarma, Junín, período comprendido de enero 2004 a junio 2006, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de un Examen a la Municipalidad Provincial de Tarma, orientado a determinar si los recursos municipales recaudados captados y obtenidos fueron utilizados correctamente, en cumplimiento de las normas legales y en concordancia con los objetivos de la entidad; así como determinar la veracidad y consistencia de las denuncias presentadas; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado que en el año 2005, ex funcionarios municipales autorizaron y giraron cheques a nombre de un ex trabajador edil por un total de S/. 14 625,78, el cual entregó las sumas cobradas a uno de esos ex funcionarios, dejando constancia de ello mediante recibos, siendo que los proveedores de la entidad a quienes estuvieron destinados los montos, han señalado que no los han recibido; hechos que confi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387° del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el inciso d) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 147574-4 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 1046-2007-JNAC/RENIEC Lima, 26 de diciembre de 2007VISTOS: El Ofi cio Nº 3393, 3357 y 3485-2007/GPDR/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1473-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 2297, 2369, 1358, 0003, 1518, 2332, 2342, 2357, 2386, 1692, 2411, 2429, 2271, 2635, 1574, 2705, 2688, 1274, 0492 y 2693/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 1775 80582589 230-2007/SGDI Dionicia Elvira González Rosario 17946097 0899 40335814 165-2007/SGDI Matías Hilario Gutiérrez Barrera 17915274 536-MIG 15842432 080-2007/SGDI Jaime Zúñiga Montes 15681332 055-INF.TEC. 44196621 238-2007/SGDI Celso Erico García Santisteban 18198937 1361 40563282 234-2007/SGDI Marlene Carmen Huerta Calvo 16005803 1782 43018557 223-2007/SGDI Lilian Ruth Gutiérrez Lacma 10105428 0898 40329871 165-2007/SGDI Luis Esteban Vera Ontón 09443122 0891 44272354 165-2007/SGDI Carmen Sajame Meléndez 80390365 0802 43462892 160-2007/SGDI Carito Benites Santillán de Chiang 32987630 0573 09883626 088-2007/SGDI Raúl Eduardo Lagos Gálvez 08584627 0906 80383697 165-2007/SGDI Hilda Huayllahua Murayari 05211608 477-MIG 03671537 071-2007/SGDI Jorge Luis Fernández Ibarra 08191612