Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2008 (04/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363068 N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 0878 40283738 165-2007/SGDI Wilson Antonio Vitery Portilla 18850568 1912 80345745 246-2007/SGDI Teodosia Escobar de Meneses 23250500 1890 43505802 277-2007/SGDI Wilder Hugo Valverde Jara 25866132 3403 10693992 361-2007/SGDI Raúl Fernando Luque Rojas 20987394 3360 80523618 361-2007/SGDI Mariano Arteaga Quiróz 19403456 281-MIG 44133906 039-2007/SGDI Santos Jaime Castrejón Moncada 33741448 1484 80624474 886-2007/SGDI Renzo Edgar Aguilar Pilco 29652110 0757 42587482 122-2007/SGDI Sandra Vanesa Espinoza Vilca 42405858 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Dionicia Elvira González Rosario; Matías Hilario Gutiérrez Barrera; Jaime Zúñiga Montes; Celso Erico García Santisteban; Marlene Carmen Huerta Calvo; Lilian Ruth Gutiérrez Lacma; Luis Esteban Vera Ontón; Carmen Sajame Meléndez ; Carito Benites Santillán de Chiang; Raúl Eduardo Lagos Gálvez; Hilda Huayllahua Murayari; Jorge Luis Fernández Ibarra; Wilson Antonio Vitery Portilla; Teodosia Escobar de Meneses; Wilder Hugo Valverde Jara; Raúl Fernando Luque Rojas; Mariano Arteaga Quiróz; Santos Jaime Castrejón Moncada; Renzo Edgar Aguilar Pilco y Sandra Vanesa Espinoza Vilca. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 147723-3 MINISTERIO PUBLICO Exoneran de proceso de selección la adquisición de inmueble para la sede del Distrito Judicial de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALIA DE LA NACIÓN Nº 1506-2007-MP-FN Lima, 28 de Diciembre de 2007VISTO:El Ofi cio Nº 1044-2007-MP-FN-GG, de la Gerencia General del Ministerio Público, por el cual se solicita la exoneración del proceso de selección correspondiente a la adquisición de un inmueble para la Sede del Distrito Judicial de Lima Este, por la causal de bien que no admite sustitutos, y; CONSIDERANDO:Que, para el cabal desempeño de las acciones propias que viene ejecutando el Ministerio Público, en uso de las facultades previstas por el artículo 159° de la Constitución Política, en el ámbito del Distrito Judicial Lima Este, Chosica, creado en virtud del artículo 1º del Decreto Ley Nº 25680, modifi cado por la Ley Nº 28765, se ha determinado la necesidad de la adquisición de un inmueble que reúna los requisitos mínimos de funcionalidad y seguridad que corresponden al caso, debido a que el actual inmueble que se viene ocupando resulta insufi ciente para albergar a las Fiscalías existentes, estando próximas a crearse nuevas Fiscalías, conforme aparece en el Memorándum Nº 481-2007-MP-FN-GG, de fecha 10 de diciembre de 2007; Que, practicadas las indagaciones concernientes a la provisión de la mencionada adquisición, en el mercado inmobiliario correspondiente, se ha obtenido información en el sentido de que solamente existe en la localidad de Chosica, Sede del Distrito Judicial Lima Este, un único inmueble que reúne los requisitos mínimos indispensables para el funcionamiento normal de dicha sede, el mismo que se encuentra ubicado en la intersección del Jirón Cusco Nº 579 y la calle Piroxenitas Nº 158, del mencionado distrito, de propiedad del señor Juan Carlos Luján Contreras, según se indica en el Ofi cio Nº 1425-2007-MP-FN-DADJL, de fecha 11 de diciembre de 20076, del Administrador del Distrito Judicial de Lima; Que, mediante Ofi cio Nº 2179-2007-MP-FN-GG- GINFRA, del 21 de diciembre de 2007, la Gerencia de Infraestructura hace llegar a la Gerencia Central de Logística, el Informe Nº 066-2007-MP-FN-GG-GECLO-GINFRA-FCDC, de fecha 20 de diciembre de 2007, por el cual el Arq. Fernando Cortez de la Cruz, Asesor de la Gerencia de Infraestructura, concluye que el local ubicado en el Jiron Cusco con la calle Piroxenitas del distrito de Lurigancho, Chosica, tiene la capacidad de ambientes requerida para el funcionamiento de las Fiscalías de Chosica, poniendo en consideración dicho local, para su compra: Que, con la Carta Nº 001-2007-JOG, de fecha 21 de diciembre de 2007, ha sido presentado el Informe Especial elaborado por el Ingeniero Civil Juan Emilio Ortega García, por el cual se indica que, practicada la evaluación estructural del edifi cio señalado en el considerando precedente, éste cumple con los principales requerimientos estructurales para darle uso como edifi cio de ofi cinas, recomendando efectuar algunos reforzamientos de muros, así como construir otro edifi cio en el área de terreno disponible, para almacenes varios; Que, obra en autos el Informe Nº 117-2007-MP- FN-GECLOG, del 6 de diciembre de 2007, por el cual la Gerencia Central de Logística, adjuntando al efecto el Ofi cio Nº 1991-2007-MP-FN-FF-GECLOG-GINFRA, del 3 de diciembre de 2007, por el cual la Gerencia de Infraestructura manifi esta expresamente su conformidad con la tasación realizada por el Perito Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima, y perito adscrito al Consejo Nacional de Tasaciones, Arq. Carlos Miguel Tenorio Requejo, el mismo que indica que el valor de tasación comercial del inmueble a adquirirse, es de S/. 932,511.96 o su equivalente en dólares americanos, por US $ 310,837.32, solicita se continúe con el trámite de adquisición del mencionado inmueble; Que, igualmente, aparece en autos la Carta de fecha 26 de noviembre de 2007, por la cual el propietario señor Juan Carlos Luján Contreras, oferta en venta la mencionada propiedad, por la suma de US $ 240,000.00 (Doscientos Cuarenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), adjuntando la documentación requerida para la continuación de los trámites pertinentes; Que, con el Ofi cio Nº 1825-2007-MP-FN-GECLOG, de fecha 21 de diciembre de 2007, la Gerencia Central de Logística manifi esta que, en razón de la necesidad de contar el Ministerio Público con un inmueble aparente para el funcionamiento de las Fiscalías existentes en el Distrito Judicial Lima Este, y las de próxima creación, al haberse agotado la búsqueda de otro inmueble con similares características, resulta necesaria la adquisición de dicha propiedad, por ser la única en el mercado nacional, que reúne los requisitos del caso, siendo su propietario el único que puede ofertar en venta el indicado inmueble, por lo que se debe de exonerar del proceso de selección correspondiente la mencionada adquisición, por un monto total de US $ 240,000.00 (Doscientos Cuarenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio del día; Que, la Gerencia Central de Finanzas, a través del Memorándum Nº 862-2007-MP-FN-GECFIN/01, de