Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

Que, el articulo 21º de la Ley MORDAZA acotada establece, "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuacion de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion y contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a termino el MORDAZA de seleccion correspondiente"; Que, asimismo el articulo 21° de la precitada MORDAZA establece que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que, de igual forma, el articulo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 084-2004-PCM establece, "Las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, requieren obligatoriamente informe tecnico legal previo emitido por las areas tecnicas y de Asesoria Juridica de la Entidad. Dicho Informe contendra la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion"; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion y contratacion del bien o servicio u obra objeto de la exoneracion sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, mediante Informe N° 252-2007-SGPVLCP-GAGG/MDSA de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedor Popular, manifiesta que el contrato vigente en merito al cual se suministra el insumo Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales, termina el 06.01.08 inclusive. Expresa que el recurso de Apelacion a la Buena Pro otorgado en la Licitacion Publica N° 004-2007-CE/ MDSA- Primera Convocatoria para el suministro de Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales, para el periodo 2008, origina que a la fecha no cuente con Buena Pro consentida, por lo que es necesario realizar un MORDAZA de adquisicion exonerado para adquirir el mencionado insumo a fin de evitar su desabastecimiento a partir del 07.01.08 a los MORDAZA de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; estimando que el periodo a cubrir con la exoneracion bajo la causal de desabastecimiento inminente sera de 60 dias calendario, o hasta que se resuelva la Apelacion contra la Buena Pro de la Licitacion Publica en mencion y se suscriba el respectivo contrato, lo que suceda primero; estimando ademas que el abastecimiento del insumo acotado sera desde el 07.01.08 hasta el 06.03.08, inclusive, por un total de 21,240 Kilos; Que, con Informe N° 1030-2007-SGLSG-GA/MDSA la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales ha determinado, luego de un estudio previo de MORDAZA, el valor referencial para el suministro del insumo Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales por el periodo estimado de 60 dias, ascendente a la suma de S/. 101,952.00, incluido los impuestos de Ley; Que, mediante Informe N° 358-2007-GA/MDSA, la Gerencia de Administracion eleva el Informe N° 252-2007SGPVLCP-GA-GG/MDSA de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedor Popular, y el Informe N° 10302007-SGLSG-GA/MDSA de la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, para el tramite correspondiente; Que, mediante Informe Nº 577-2007-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que existen los presupuestos y/o condiciones establecidas en la Ley de la materia para la declaracion de la situacion de Desabastecimiento Inminente solicitada; Que, con Informe N° 159-2007-GG/MDSA, la Gerencia General remite los actuados del caso al Despacho de Alcaldia, para su elevacion al Concejo Municipal, a efectos de la evaluacion y aprobacion respectiva; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8. del Art. 9º y el Art.41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley

Nº 27972, con la aprobacion mayoritaria y sin ningun MORDAZA en contra, de los senores miembros del Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, bajo la causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, la adquisicion de 21,240 Kgs. de Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales, para el Programa del Vaso de Leche del Distrito de MORDAZA MORDAZA, por el valor referencial de S/. 101,952.00 (Ciento Un Mil Novecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Rubro 00: Recursos Ordinarios, por el plazo de 60 dias calendario, o por el periodo que demande la suscripcion del MORDAZA contrato, lo que suceda primero. Articulo Segundo.- Disponer que la Sub Gerencia de Logistica y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, realice la contratacion referida en el articulo primero, mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion, poner el presente Acuerdo y los informes que lo sustentan en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y disponer la publicacion en el SEACE-CONSUCODE, de conformidad con el articulo 147° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Encargar a Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su adopcion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia del Organo de Control Institucional realice las acciones que correspondan para determinar, si fuera el caso, las responsabilidades por los hechos que dieron origen a la presente declaratoria de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 21º y 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 150284-1

SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 155-2007 Mediante Oficio Nº 004-2008-MDLM-SG, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 155-2007, publicada en Separata Especial el dia 29 de diciembre de 2007. Pagina 361440. Rubro Metodologia de distribucion del costo del servicio prestado a predios destinados a MORDAZA habitacion (Residuos Solidos) DICE: - MORDAZA I.- MORDAZA en la que se ubican los predios destinados a MORDAZA habitacion que, segun el estudio efectuado, generan la mayor cantidad de residuos solidos en el distrito (en promedio 3.04 kilogramos predio por dia). Los urbanizaciones y centros urbanos ubicados en esta MORDAZA son las siguientes: Rinconada del Lago: I y II Etapa; Rinconada Baja; La Fontana; MORDAZA Verde; MORDAZA MORDAZA Sofia; La Estancia; Habilitacion Lote C Sector 1;

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