Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

el articulo 6.1 del Titulo VI de la Ejecucion "La directiva de Administracion, deriva de la unidad de Contabilidad la rendicion de cuenta conteniendo toda la documentacion sustentatoria (...) para su control previo y conformidad para lo cual se tendra en consideracion la observancia obligatoria de la normatividad vigente y disposiciones internas.", 6.2 "La unidad de Contabilidad, devolvera la rendicion de cuentas a la Direccion de Administracion, dando su conformidad o revelando deficiencias que pueden contener el mismo y de ser el caso informar a la Unidad de tesoreria para que el rindente efectue la devolucion (...), las Normas del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 4 Verificacion Interna III Acciones a Desarrollar, punto 3 senala: "Se aplicara el control previo interno considerando los lineamientos siguientes: 3.2: Aplicar la normatividad vigente en el analisis de contenido o naturaleza de la operacion", la Directiva Nº 001-2005MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº 062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, que senala en su articulo 23º que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramiten la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de logistica, de tesoreria y contabilidad", su aplicacion se deriva del cumplimiento de la MORDAZA del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 4 Verificacion Interna, la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...), asimismo no se a cumplido con lo establecido en los incisos a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone le servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28ª del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones", asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como los articulos 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (...). EL SENOR VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO ex Subgerente de Tesoreria, habria utilizado los recursos financieros de la entidad en gastos de celebraciones de aniversario contrarios a las disposiciones de austeridad de la Ley de Presupuesto Publico periodos 20052006, incumpliendo con las funciones establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza Nº 00017, del 23 de octubre del 2003, que en su articulo 51º inciso k) Programar, dirigir coordinar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesoreria, dando cumplimiento estricto a las Normas Generales que regulan el Sistema, inobservando la Directiva Nº 008-2003-MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su concepto senala "Los desembolsos que se efectuan por concepto de anticipos concedidos constituyen recursos financieros, otorgados para el cumplimiento de fines especificos (...), la Directiva Nº 001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº 062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23

de Septiembre del 2005, articulo 3º que senala "(...) siendo la Subgerencia de Tesoreria la dependencia a la que se le asigna el fondo, el responsable de su administracion (...)", su articulo 20º que senala que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramitan la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de Logistica, Tesoreria y Contabilidad.", la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...), asimismo no se a cumplido con lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28ª del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones", asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como el articulo 7º numeral 5 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Uso adecuado de los Bienes del Estado, que senala que "Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propositos que no MORDAZA aquellos para los cuales hubieran sido especificamente destinados". MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Subgerente de Abastecimientos, habria utilizado los recursos financieros de la entidad en gastos de celebraciones de aniversario contrarios a las disposiciones de austeridad de la Ley de Presupuesto Publico periodo 2004, inobservando lo establecido en la Directiva Nº 008-2003-MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su concepto senala "Los desembolsos que se efectuan por concepto de anticipos concedidos constituyen recursos financieros, otorgados para el cumplimiento de fines especificos, Ley Nº 28128 - La Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de diciembre del 2003, establece en su articulo 14º Disposiciones de Austeridad que "Constituyen reglas para mantener el equilibrio fiscal independientemente de la fuente de financiamiento, que deben ser aplicadas durante la ejecucion del presupuesto aprobado (...). En materia de bienes y servicios, a) Prohibase todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos...", asimismo no se ha cumplido con los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28ª del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas

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