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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2008 363759 90-PCM, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios concluye que existe responsabilidad en el procesado por la pérdida de los Expedientes Administrativos mencionados situación que se agrava por el hecho de que la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres fue sancionada por el Poder Judicial con una Multa pecuniaria por no haber presentado oportunamente dichos Expedientes en el proceso judicial iniciado por la señora María Soledad Bravo Pando, recomendando se aplique la sanción de CESE TEMPORAL por 02 Meses al indicado ex funcionario, recomendación que este despacho encuentra conforme; Estando a lo dispuesto por el artículo 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la sanción de CESE TEMPORAL sin goce de remuneraciones por DOS MESES, al señor Francisco Javier Huamán Fernández ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, por la comisión de falta administrativa prevista en el inciso d) del artículo 28 de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, conforme a hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos el registro de la presente sanción en el Legajo del referido ex Funcionario. Regístrese, comuníquese y cumplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 149855-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Establecen fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes al ejercicio 2008 ORDENANZA Nº 001-2008/MDSA Santa Anita, 7 de enero del 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Santa Anita en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al primero de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2008; Estando a lo expuesto, con el voto Mayoritario de sus miembros sin ningún voto en contra, y en uso de las facultades dispuestas en el artículo 9º numeral 8) y 9) y artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLEZCASE como fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2008, como sigue:Al contado El 29 de febrero del 2008Fraccionado 1º Cuota 29 de febrero del 2008 2º Cuota 31 de Mayo del 2008 3º Cuota 29 de Agosto del 2008 4º Cuota 29 de Noviembre del 2008 Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE como fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. La obligación de pago de las cuotas mensuales correspondientes al ejercicio 2008, como sigue: 1º Cuota 31 de Enero del 20082º Cuota 29 de febrero del 20083º Cuota 31 de marzo del 20084º Cuota 30 de abril del 20085º Cuota 31 de mayo del 20086º Cuota 30 de junio del 20087º Cuota 31 de julio del 20088º Cuota 29 de agosto del 20089° Cuota 30 de setiembre del 200810° Cuota 31 de octubre del 200811° Cuota 29 de noviembre del 200812° Cuota 31 de diciembre del 2008. Artículo Tercero.- FÍJESE en Cinco con 00/100 Nuevos Soles (S/. 5.00), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y su correspondiente distribución, de la determinación del impuesto predial para el ejercicio 2008. Artículo Cuarto.- FÍJESE en Cinco con 00/100 Nuevos Soles (S/. 5.00), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y su correspondiente distribución, de la determinación de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2008. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Control y Recaudación, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Así como a la Secretaria General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 149960-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de hojuela de quinua enriquecida con cereales para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 0081-2007/MDSA Santa Anita, 29 de diciembre de 2007 VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 29 de diciembre del 2007, el Informe Nº 358-2007-GA/MDSA de la Gerencia de Administración, relacionado con la necesidad de declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente el suministro del insumo alimenticio Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el inciso c) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM precisa que están exonerados de los procesos de selección que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la presente Ley;