Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (...). EL SENOR CPC VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO ex Subgerente de Tesoreria. no habria atendido el requerimiento de informacion solicitada por la Subgerencia de Contabilidad, generando limitacion al accionar de la misma, en el MORDAZA de control de la rendicion de cuentas, esta situacion contraviene el articulo 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica que senala que todo servidor publico desarrolla sus funciones a cabalidad y en forma integral, asi como lo establecido en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de remuneraciones del Sector Publico, que senala que son obligaciones de los funcionarios a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que imponen el servicio publico, y b) salvaguardar los intereses del estado, configurando dicha presunta inobservacion la configuracion de falta disciplinaria prevista en los literales a) y b) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones" EL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORY, ex Subgerente de Tesoreria. habria contravenido lo dispuesto en Reglamento de Organizacion y Funciones ROF, de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 00017, del 23 de octubre del 2003, especialmente el literal k) del articulo 51º que senala que una de sus funciones y atribuciones de la Subgerencia de Tesoreria son Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesoreria, dando cumplimiento estricto a las Normas Generales que regulan el Sistema. Asimismo se inobserva lo establecido en los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que senala que, son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico y b) "Salvaguardar los intereses del Estado", configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28ª del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones", asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa. Los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como los articulos 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que senala que todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (...). OBSERVACION Nº 09.-SE EFECTUARON GASTOS CON FONDOS DE LA MUNICIPALIDAD POR CONCEPTO DE AGASAJOS Y CELEBRACIONES EN LOS PERIODOS 2004, 2005 Y 2006 POR UN IMPORTE TOTAL DE S/. 21,559.00, QUE HAN GENERADO UN DETRIMENTO ECONOMICO A LA ENTIDAD POR DICHO IMPORTE, AL CONTRAVENIRSE LAS DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD VIGENTES EN ESOS EJERCICIOS. La Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de diciembre del 2003, establece en su articulo 14º Disposiciones de Austeridad que "Constituyen reglas para mantener el equilibrio fiscal independientemente de la fuente de financiamiento, que deben ser aplicadas durante la ejecucion del presupuesto aprobado (...). En materia de bienes y servicios, a) Prohibase todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..." La Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion

del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos.." La Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de diciembre del 2005, en su numeral 8 disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...). La Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004, en su articulo 17º dispone De las Responsabilidades, senalando que 17.1 Es responsabilidad exclusiva del Titular del Pliego o de la entidad y de los funcionarios que lo autoricen, que la ejecucion del gasto publico se efectue de conformidad con las directivas que emita la Direccion Nacional de Presupuesto Publico de Acuerdo a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado Ley Nº 27209, en el MORDAZA de los Principios de Legalidad, de Centralizacion normativa y Descentralizacion Operativa y de Presuncion de Veracidad, asimismo el numeral 7.2 del articulo 7º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto publicada el 6 de diciembre del 2004, establece que el Titular es responsable de Efectuar la gestion presupuestaria, en las fases de (...) ejecucion, (...) y el control del gasto, de conformidad con las Leyes de Presupuesto del Sector Publico y las disposiciones que emita la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, en el MORDAZA de los principios de legalidad (...) La Directiva Nº 0003.2004-EF/76.01 "Directiva para la Aprobacion, ejecucion y control del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2004" aprobado por Resolucion Directoral Nº 047-2003EF/76.01, del 28 de diciembre del 2004 que senala en su articulo 8º El Sistema Nacional de Presupuesto inciso c) La Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego "Es la dependencia del Gobierno Local a traves de la cual se conduce los procesos relacionados a su ambito dentro del Sistema Nacional de Presupuesto (...), siendo responsable de emitir las indicaciones y linimientos operativos pertinentes para la mejor aplicacion de la normativa presupuestal,(...). En su articulo 20º Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Gasto Publico que establece en su articulo 20.1 que Las Municipalidades ejecutan su gasto dentro del MORDAZA de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria. En formas concordante con lo dispuesto en el articulo 13º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 Ley Nº 28128 y en su articulo 20.2 establece que cualquier accion presupuestaria que implique una excepcion o exoneracion de los Gobiernos Locales de las medidas de austeridad o racionalidad que se hayan establecido para los mismos por Ley o MORDAZA del mismo rango, deberan ser autorizadas por MORDAZA de rango equivalente." El articulo Nº 32, en su numeral 3 indica "Es responsabilidad de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces, verificar las afectaciones presupuestarias de cada compromiso que realicen las Oficinas de Administracion". La Directiva Nº 005-2005-EF/76.1 Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2005 del 06 de febrero del 2005 en el articulo 26.3, dispone (...) es responsabilidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en el pliego, verificar las afectaciones presupuestarias de cada compromiso realizado por la Oficina de Administracion o las que MORDAZA sus veces." La MORDAZA del Sistema Administrativo de Contabilidad Nº 04 Verificacion Interna aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 801-81-EFC/76 del 17 de setiembre del 1981 senala en el Titulo III Acciones a Desarrollar Numeral 3 se aplicara el control previo interno considerando los lineamientos siguientes: 3.2 Aplicar la Normatividad vigente en el analisis de contenido o naturaleza de la operacion," La Directiva Nº 008-2003-MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su

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