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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2008 (12/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363790 radioeléctricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fi n de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los límites establecidos en la referida norma; Que, de acuerdo al Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad correspondiente al departamento de Pasco, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 093-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 800-2007- MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Cerro de Pasco se incluye al distrito de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco, ubicación consignada en la Resolución Viceministerial Nº 089-96-MTC/15.17; Que, mediante Informe Nº 367-2007-MTC/17.01. ssr, la entonces Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones opina que procede renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por Resolución Ministerial Nº 089-96-MTC/15.17, quien cumple las condiciones y requisitos establecidos para el otorgamiento de la renovación de la autorización; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 089-96-MTC/15.17, a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cerro de Pasco, departamento de Pasco. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial Nº 089-96-MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 5 de marzo de 2016. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación, que deberá contener las condiciones esenciales y características técnicas autorizadas. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 150309-1 Renuevan autorizaciones otorgadas a Radio La Oroya S.A. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en OM, en la localidad de La Oroya - Junín - Tarma - La Merced y Onda Corta Tropical, en la localidad de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2008-MTC/03 Lima, 3 de enero de 2008 VISTA, la solicitudes de registros Nº 2002-014571 y 2002-014571_3, ambos del 30 de diciembre de 2002 presentadas por la empresa RADIO LA OROYA S.A., sobre renovación de autorización de dos estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) y Onda Corta Tropical (OCT), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1163-92-TCC/15.17 del 31 de diciembre de 1992, se otorgó autorización por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO LA OROYA S.A., para que opere dos (2) estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) y Onda Corta Tropical (OCT), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2002; Que, con solicitudes de registros Nºs 2002-014571 y 2002-014571_3, ambos del 30 de diciembre de 2002, la empresa en mención solicitó la renovación de autorización de la estación radiodifusora en Onda Media (OM) y Onda Corta Tropical (OCT); Que, el artículo 205º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener la renovación de la autorización del servicio de radiodifusión es requisito indispensable haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demás conceptos adeudados vinculados a telecomunicaciones. Dicha disposición es aplicable al presente procedimiento conforme con la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que las solicitudes de renovación de las autorizaciones vigentes a la fecha de su publicación (15 de febrero de 2005), deberán acompañar el proyecto de comunicación conforme al numeral 4 del artículo 29º de dicho Reglamento; Que, el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales; Que, según el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de Junín, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 412-2005-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada La Oroya – Junín – Tarma - La Merced, se incluye al distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, ubicación consignada en la Resolución Ministerial Nº 1163-92-TCC/15.17; Que, por otro lado, según el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Onda Corta Tropical (OCT) para las localidades correspondientes al departamento de Junín, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 423-2005- MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Junín se incluye al distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, ubicación consignada en la Resolución Ministerial Nº 1163-92-TCC/15.17; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina mediante Informes Nºs 0815-2007-MTC/28 y 0833-2007-MTC/28, que la empresa RADIO LA OROYA S.A., ha cumplido con los requisitos establecidos para continuar operando el servicio de radiodifusión, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) y Onda Corta Tropical (OCT), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobados por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar las autorizaciones otorgadas a la empresa RADIO LA OROYA S.A., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de La Oroya – Junín – Tarma - La Merced y Onda Corta Tropical (OCT), en la localidad de Junín, ambos en el departamento de Junín. Artículo 2º.- Las renovaciones de las autorizaciones a que se refi eren el artículo precedente, se otorgan por el plazo de diez (10) años, que vencerán el 31 de diciembre de 2012. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación.