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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2008 (14/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de enero de 2008 364053 verse privadas de su derecho de proveer al Estado más allá de lo estrictamente necesario para satisfacer los fi nes de la sanción, criterios que serán tomados en cuenta al momento de fi jar la sanción a imponerse al Postor. 15. Finalmente, deberá tomarse en cuenta que el señor Juan Manuel Gonzales Torres carece de antecedentes en la comisión de infracciones administrativas, criterio especialmente relevante a efectos de atenuar la sanción a imponerse en casos como éste. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del vocal ponente Dr. Juan Carlos Valdivia Huaringa y la intervención de los vocales Dra. Janette Elke Ramírez Maynetto y Dr. Carlos Navas Rondón, atendiendo a la reconformación de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución Nº 279-2007-CONSUCODE/PRE, expedida el 21 de mayo de 2007 y, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al señor Juan Manuel Gonzáles Torres con seis (06) meses de inhabilitación temporal en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por incurrir en la infracción tipi fi cada en el literal f) del artículo 30 del Reglamento de la Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria; sanción que tendrá vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la presente resolución. 2. Poner la presente resolución en conocimiento a la Gerencia de Registros del CONSUCODE para las anotaciones de ley. 3. Poner en conocimiento de la Presidencia del CONSUCODE la presente resolución para que adopte las medidas legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.VALDIVIA HUARINGARAMÍREZ MAYNETTO NAVAS RONDÓN 149871-1 Sancionan a Sermaq Ingeniería Contratistas S.R.L. con inhabilitación temporal en su derecho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado RESOLUCIÓN Nº 071-2008-TC-S3 Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa a la empresa Sermaq Ingeniería Contratistas S.R.L. por el período de catorce (14) meses de inhabilitación temporal en su derecho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado. Lima, 9 de enero de 2008 Visto, en sesión de fecha 03 de Enero de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 451.2007.TC sobre la aplicación de sanción iniciado a la empresa Sermaq Ingeniería Contratistas S.R.L. por su supuesta responsabilidad en la resolución de la Orden de Servicio N° S2764-2006, derivada de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 396-2006-RENIEC, realizada por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 20 de noviembre de 2006, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado, en lo sucesivo la Entidad, convocó al proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía Nº 396-2006-RENIEC, para el “Servicio de instalación de equipos de aire acondicionado”. El valor referencial del proceso de selección ascendió a S/.17 763,89 Nuevos Soles. 2. Con fecha 23 de noviembre de 2007, se otorga la buena pro a la empresa Sermaq Ingeniería Contratistas S.R.L., en lo sucesivo la Contratista. 3. El 12 de diciembre de 2006, la Entidad giró la Orden de Servicio Nº S2764-2006 a favor de la empresa Sermaq Ingeniería Contratistas S.R.L., siendo el monto de dicha Orden de S/.12 434,72 Nuevos Soles. 4. Con fecha 05 de enero de 2007 la Contratista solicitó a la Entidad una ampliación de plazo para el término del servicio, debido a que los horarios para trabajar en la Entidad eran restringidos. 5. La Entidad mediante Carta Notarial Nº 000002-2007- GAD/RENIEC, notifi cada por conducto notarial el 24 de enero de 2007, requirió a la Contratista para que dentro del plazo de dos días calendarios, cumpla con las obligaciones contractuales derivadas de la Orden de Servicio Nº S2764-2006, toda vez que aún se encuentra pendiente de cumplir más del cincuenta por ciento del servicio, bajo apercibimiento de resolver la orden de servicio acotada. 6. La Entidad mediante Carta Notarial Nº 00004-2007- GAD/RENIEC, diligenciada notarialmente el 3 de febrero de 2007, comunicó a la Contratista su decisión de resolver la Orden de Servicio Nº S2764-2006, al haber incurrido en incumplimiento injusti fi cado de obligaciones contractuales. 7. El 19 de marzo de 2007, la Entidad solicitó a este Colegiado imponer sanción administrativa a la Contratista por haber incurrido en la infracción tipi fi cada en el numeral 2 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. El 20 de marzo de 2007, se inició procedimiento administrativo sancionador contra la Contratista por supuesta responsabilidad en la resolución de la Orden de Servicio Nº S2764-2006 por causa atribuible a su parte; infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, emplazándola a fi n que presente su escrito de descargos en un plazo de diez días. 9. La Cédula de Noti fi cación Nº 7071/2007.TC que comunicaba a la Contratista el inicio del procedimiento administrativo sancionador y le concedía el plazo de diez días para que presente su escrito de descargos, fue devuelta por el noti fi cador del Tribunal el 09 de abril de 2007, manifestando que al apersonarse al inmueble consignado en la Cédula de Noti fi cación acotada una señora le manifestó que desconoce a la destinataria. 10. El 17 de abril de 2007, se dispuso noti fi car a la Contratista vía publicación en el Diario O fi cial El Peruano, para que cumpla con presentar su escrito de descargos, al haberse agotado todas las gestiones destinadas a conocer otro domicilio de la Contratista. 11. El 8 de junio de 2007, previa razón de Secretaría se hizo efectivo el apercibimiento decretado de resolver con la documentación obrante en autos, en razón a que la Contratista no cumplió con presentar su escrito de descargos dentro del plazo otorgado, a pesar de haber sido noti fi cada, mediante publicación efectuada en el Boletín Ofi cial del Diario O fi cial El Peruano el 22 de mayo de 2007. Asimismo, se dispuso remitir el expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resuelva. 12. El 25 de octubre 2007, la Tercera Sala del Tribunal requirió información adicional a la Entidad solicitando remitir copia de la solicitud de ampliación de plazo presentada por la Contratista, relacionada con la Orden de Servicio Nº S2764-2006, derivada de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 396-2006-RENIEC, para el “Servicio de instalación de equipos de aire acondicionado”. Asimismo, solicitó remitir copia del Informe Nº 103-2007/SGSG/RENIEC de fecha 19 de enero de 2007, del Subgerente de Servicios Generales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. 13. El 6 de noviembre del 2007, la Entidad remitió los documentos solicitados. FUNDAMENTOS 1. El presente procedimiento administrativo sancionador fue iniciado en contra de la Contratista por supuesta responsabilidad en la resolución de la orden de servicio Nº S2764-2006 por causa atribuible a su parte, infracción que se encontraba tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM 1.