Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (21/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 367046 Municipalidades”, que establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno local que emanan de la voluntad popular. Son personas de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, mediante Informe Técnico Nº 009/2008-RAS/ODC/ MDP del 13 de enero del 2008, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Defensa Civil, se concluye que “Es conveniente considerar a la población del Distrito de Perené en situación de Riesgo Inminente, ante la proximidad de precipitaciones pluviales altas por encima de sus valores normales que desencadenan en huaycos o desastres naturales como derrumbes e interrupción de la transitabilidad de sus accesos en todos sus extremos.”; complementado con el Informe Nº 022/2008-RAS/ODC/MDP del 30 de enero del 2008, emitido por el Secretario Técnico del Comité Distrital de Defensa Civil del Distrito de Perené, que recomienda “declarar en situación de emergencia a la infraestructura vial de trochas carrozables de la jurisdicción del distrito de Perené”. Además, considerando el Informe Nº 016-2008-MDP/DIVME del 24 de enero del 2008, efectuado por el Jefe de la División de Infraestructura Vial, Maquinaria y Equipo, que precisa: “El Distrito de Perené contiene 3124 kilómetros como trochas carrozables dentro de su jurisdicción, todos ellos entre: Apertura, Reapertura, Rehabilitación, Mantenimiento y Limpieza de vías carrozables con derrumbes y en situación de emergencia por bloqueo en tramos y sectores en el interior del espacio geográfi co del distrito.”, expresando también, que las diversas maquinarias del Gobierno Local de Perené no se dan abasto, por lo que hacen llegar su requerimiento, consistente en: 01 tractor oruga de 180 HP a 210 HP, 03 volquetes de 15 m3 cada uno, 01 retroexcavadora mediana de 80 HP a 100 HP, 01 camión compactadota para residuos sólidos de 12 a 15 m3 y 01 camioneta 4 x 4, cabina doble y uso de combustible D-2. Que, el literal c) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección (procesos de licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía), las adquisiciones y contrataciones, que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente ley, señalando, además, los literales a) y c) del artículo 20 de la referida Ley, que las exoneraciones deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad o mediante Acuerdo de Concejo, los mismos que requieren obligatoriamente de un Informe Técnico Legal; así mismo, precisa que una copia de la misma y del informe o informes que la sustenten deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de lo diez (10) días hábiles siguientes a la publicación. Que, en ese mismo sentido, el Artículo 146 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la resolución que aprueba la exoneración de un proceso de selección, al amparo de algunas de las causales contenidas en el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración. Así mismo, el Artículo 147 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que la resolución que aprueba la exoneración de los procesos de selección, para la adquisición y contratación, en situación de emergencia, declarada de conformidad con el referido decreto, debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda; y, adicionalmente deberá publicarse en el SEACE. Que, considerando los Informes Técnicos referidos, la adquisición de equipos y maquinarias, servirá para la atención de los trabajos emergentes próximos, adquisición que por su importancia debe tener el carácter de urgente. Que, mediante Informes Técnicos y Legal se ha cumplido con emitir opinión favorable de acuerdo a lo establecido por el Artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el Artículo 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, conforme a lo expuesto en los considerandos anteriores, procede autorizar y exonerar del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones de maquinarias y equipos, por la causal prevista en el Artículo 19 inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 19, 20 y 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; y, artículos 146, 147 y 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; los documentos del visto que forman parte integrante del presente Acuerdo; y, en uso de las facultades conferidas por el numeral 2 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”; el Concejo Municipal Distrital de Perené, en Sesión Ordinaria Nº 003-2008, de fecha 08 de febrero del 2008, con el Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, POR MAYORIA. ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA LA ADQUISICION DE LA MAQUINARIA, VEHICULOS Y EQUIPOS: 01 tractor oruga de 185 HP a 250 HP, 03 camiones tipo volquete de 15 m3 cada uno, 01 retroexcavadora de 80 HP a 120 HP, 01 camión compactador para residuos sólidos de 15 m3 y 01 camioneta 4 x 4, cabina doble y uso de combustible D-2, conforme a la Descripción Básica contenida en el Expediente de Contratación, el mismo que forma parte del presente Acuerdo; a fi n de prevenir situaciones que supongan grave peligro y atender las emergencias provocadas por los desastres naturales y precipitaciones pluviales, que vienen afectando el Distrito de Perené, en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 027-2008-MDP. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección la adquisición de maquinarias, vehículos y equipos, conforme al Expediente Técnico de Implementación de Pool de Maquinaria Pesada, al Valor Referencial precio al 100% de S/. 3,143,304.69 (Tres Millones Ciento Cuarenta y Tres Mil Trescientos Cuatro y 69/100 Nuevos Soles) y el Valor Referencial precio al 110% de S/. 3,457,635.15 (Tres Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 15/100 Nuevos Soles), que serán afectados al Rubro Nº 18 Canon, sobre canon, Regalías y Participaciones, correspondiente al ejercicio 2008; la misma que se efectuará conforme a los procedimientos establecidos por los artículos 19, 20 y 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; y, artículos 142, 146 147 y 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM; y, conforme a los ITEMS que se detallan: Artículo Tercero.- AUTORIZAR, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 20 Inciso 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades, al señor Alcalde Ing. Antonio Víctor Román Castillo, la realización de todos los trámites conducentes a la formalización y ejecución del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, conforme a lo dispuesto por el Artículo 148 tercer párrafo del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la adquisición de las maquinarias y equipos, al Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Almacén. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, debiendo remitir copia del mismo y de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ANTONIO ROMÁN CASTILLO Alcalde 166797-2