Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2008 (21/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2008

Municipalidades", que establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno local que emanan de la voluntad popular. Son personas de Derecho Publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, mediante Informe Tecnico Nº 009/2008-RAS/ODC/ MDP del 13 de enero del 2008, emitido por el Jefe de la Oficina de Defensa Civil, se concluye que "Es conveniente considerar a la poblacion del Distrito de Perene en situacion de Riesgo Inminente, ante la proximidad de precipitaciones pluviales altas por encima de sus valores normales que desencadenan en huaycos o desastres naturales como derrumbes e interrupcion de la transitabilidad de sus accesos en todos sus extremos."; complementado con el Informe Nº 022/2008-RAS/ODC/MDP del 30 de enero del 2008, emitido por el Secretario Tecnico del Comite Distrital de Defensa Civil del Distrito de Perene, que recomienda "declarar en situacion de emergencia a la infraestructura vial de trochas carrozables de la jurisdiccion del distrito de Perene". Ademas, considerando el Informe Nº 016-2008MDP/DIVME del 24 de enero del 2008, efectuado por el Jefe de la Division de Infraestructura Vial, Maquinaria y Equipo, que precisa: "El Distrito de Perene contiene 3124 kilometros como trochas carrozables dentro de su jurisdiccion, todos ellos entre: Apertura, Reapertura, Rehabilitacion, Mantenimiento y Limpieza de vias carrozables con derrumbes y en situacion de emergencia por bloqueo en tramos y sectores en el interior del espacio geografico del distrito.", expresando tambien, que las diversas maquinarias del Gobierno Local de Perene no se dan abasto, por lo que hacen llegar su requerimiento, consistente en: 01 tractor oruga de 180 HP a 210 HP, 03 volquetes de 15 m3 cada uno, 01 retroexcavadora mediana de 80 HP a 100 HP, 01 camion compactadota para residuos solidos de 12 a 15 m3 y 01 camioneta 4 x 4, cabina doble y uso de combustible D-2. Que, el literal c) del Articulo 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion (procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia), las adquisiciones y contrataciones, que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente ley, senalando, ademas, los literales a) y c) del articulo 20 de la referida Ley, que las exoneraciones deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular de la Entidad o mediante Acuerdo de Concejo, los mismos que requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico Legal; asi mismo, precisa que una MORDAZA de la misma y del informe o informes que la sustenten deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de lo diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion. Que, en ese mismo sentido, el Articulo 146 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de algunas de las causales contenidas en el articulo 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. Asi mismo, el Articulo 147 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que la resolucion que aprueba la exoneracion de los procesos de seleccion, para la adquisicion y contratacion, en situacion de emergencia, declarada de conformidad con el referido decreto, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda; y, adicionalmente debera publicarse en el SEACE. Que, considerando los Informes Tecnicos referidos, la adquisicion de equipos y maquinarias, servira para la atencion de los trabajos emergentes proximos, adquisicion que por su importancia debe tener el caracter de urgente. Que, mediante Informes Tecnicos y Legal se ha cumplido con emitir opinion favorable de acuerdo a lo establecido por el Articulo 22 del Texto Unico Ordenado

de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el Articulo 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, conforme a lo expuesto en los considerandos anteriores, procede autorizar y exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, las adquisiciones de maquinarias y equipos, por la causal prevista en el Articulo 19 inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 19, 20 y 22 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM; y, articulos 146, 147 y 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; los documentos del visto que forman parte integrante del presente Acuerdo; y, en uso de las facultades conferidas por el numeral 2 del articulo 9 de la Ley Nº 27972 - "Ley Organica de Municipalidades"; el Concejo Municipal Distrital de Perene, en Sesion Ordinaria Nº 003-2008, de fecha 08 de febrero del 2008, con el Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, POR MAYORIA. ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA LA ADQUISICION DE LA MAQUINARIA, VEHICULOS Y EQUIPOS: 01 tractor oruga de 185 HP a 250 HP, 03 camiones MORDAZA volquete de 15 m3 cada uno, 01 retroexcavadora de 80 HP a 120 HP, 01 camion compactador para residuos solidos de 15 m3 y 01 camioneta 4 x 4, cabina doble y uso de combustible D-2, conforme a la Descripcion Basica contenida en el Expediente de Contratacion, el mismo que forma parte del presente Acuerdo; a fin de prevenir situaciones que supongan grave peligro y atender las emergencias provocadas por los desastres naturales y precipitaciones pluviales, que vienen afectando el Distrito de Perene, en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 027-2008-MDP. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion la adquisicion de maquinarias, vehiculos y equipos, conforme al Expediente Tecnico de Implementacion de Pool de Maquinaria Pesada, al Valor Referencial precio al 100% de S/. 3,143,304.69 (Tres Millones Ciento Cuarenta y Tres Mil Trescientos Cuatro y 69/100 Nuevos Soles) y el Valor Referencial precio al 110% de S/. 3,457,635.15 (Tres Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 15/100 Nuevos Soles), que seran afectados al Rubro Nº 18 Canon, sobre canon, Regalias y Participaciones, correspondiente al ejercicio 2008; la misma que se efectuara conforme a los procedimientos establecidos por los articulos 19, 20 y 22 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; y, articulos 142, 146 147 y 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM; y, conforme a los ITEMS que se detallan: Articulo Tercero.- AUTORIZAR, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 20 Inciso 23 de la Ley Organica de Municipalidades, al senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la realizacion de todos los tramites conducentes a la formalizacion y ejecucion del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, conforme a lo dispuesto por el Articulo 148 tercer parrafo del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la adquisicion de las maquinarias y equipos, al Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Almacen. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 20 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, debiendo remitir MORDAZA del mismo y de los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 166797-2

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