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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 367044 se consigna en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA): Nro Denominación del Procedimiento 184 Presentación de solicitudes185 Recurso de Reconsideración186 Recurso de Apelación187 Impugnación en Proceso de selección para adquisiciones y contrataciones. Artículo Quinto. - DEJAR sin aplicación los siguientes procedimientos administrativos por corresponder al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC Nro Denominación del Procedimiento 118 Inscripción de Matrimonio de Peruano realizado en el extranjero120 Matrimonio Civil realizado ante Párroco127 Inscripción extemporánea de Nacimientos Artículo Sexto.- INCORPORAR los procedimientos, requisitos y demás disposiciones establecidos en la Ley Nº 28976 - del Marco de Licencia de Funcionamiento y normas complementarias, MODIFICÁNDOSE el procedimiento Nº 148 Licencia de Apertura por el texto Licencia Municipal de Funcionamiento Permanente y dejándose sin efecto el procedimiento Nº 149 Licencia Provisional para Micro y Pequeña Empresa. Artículo Séptimo.- DEJAR sin efecto la aplicación del procedimiento Nº 139 en lo que se refi ere a Autorización con Exoneración al Impuesto al Espectáculo Público No Deportivo, en adecuación de la Ley Nº 29168 - Que Promueve el Desarrollo de Espectáculos Públicos No Deportivos. Artículo Octavo.- ADECUAR los procedimientos administrativos de conformidad a la Ley Nº 29060 de Silencio Administrativo en lo que corresponda. Artículo Noveno.- APRUÉBESE el Cuadro del Texto Único de Procedimientos Administrativos, anexo al presente de conformidad al lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Décimo .- Hágase saber de esta Disposición a las instancias que corresponda, para los fi nes de su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 166718-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Exoneran del pago de tasas por la expedición de partidas de nacimiento y constancias de no inscripción a menores de edad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000007 Callao, 15 de febrero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 15 de febrero de 2008; aprobó la siguiente Ordenanza Municipal:CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, el artículo IV de la misma norma señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, N° 27972, en el artículo 9° numeral 9), establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, en concordancia con el segundo párrafo del artículo 40° del mismo cuerpo normativo que enuncia taxativamente que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, a través del Informe N° 21-2008-MPC/GGSSC- GRC la Gerencia de Registros Civiles, solicita se apruebe la exoneración del pago de la tasa por expedición de copias certifi cadas de Partidas de Nacimiento a los menores de edad nacidos entre el 01 de enero de 1991 y el 31 de diciembre del 2002, teniendo en cuenta que se acerca la etapa de matricula en los Colegios y es necesario que los menores de edad cuenten con su Partida de Nacimiento para poder matricularse, igualmente, solicita se exonere del pago de la tasa por obtener la Constancia de No Inscripción de Nacimiento para los menores nacidos entre el 01 de enero del 1997 y el 16 de julio del 2006, en razón que es un requisito indispensable para que los menores de edad no inscritos puedan tramitar su inscripción ante el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, dichas exoneraciones serían del 15 de febrero al 15 de marzo del presente año; Que, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica y Conciliación dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación a través del Informe N° 044-2008-MPC-GGAJC-SGCA, opina favorablemente sobre lo solicitado por la Gerencia de Registros Civiles, recomendando se eleve ante el Concejo Municipal para su aprobación, igualmente, se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, expresada en el Memorando Nº 187-2008-MPC/GGPPR; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha expedido la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE TASAS POR LA EXPEDICIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Y CONSTANCIAS DE NO INSCRIPCION A LOS MENORES DE EDAD. Artículo Primero.- Exonerar del pago de la tasa por expedición de copias certifi cadas de Partidas de Nacimiento a los menores de edad nacidos entre el 01 de enero de 1991 y el 31 de diciembre del 2002, igualmente, exonerar del pago de la tasa por obtener la Constancia de No Inscripción de Nacimiento a los menores nacidos entre el 01 de enero del 1997 y el 16 de julio del 2006, en ambos casos, la exoneración será del 15 de febrero al 15 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias Generales de Servicios Sociales y Culturales y Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 166545-1