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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (21/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 367045 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PERENE Declaran en situación de emergencia el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2008-MDP Perené, 11 de febrero del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PERENÉ VISTO: El Informe Nº 072-2008-MDP/S.Gral., de fecha 8 de febrero del 2008, de Secretaría General - Sra. Nora Romero Chang, Expedientes Nºs. 1175, 948, 862 y 361-2008; el Informe Técnico Nº 009/2008-RAS/ODC/MDP del 13 de enero del 2008; el Informe Nº 016-2008-MDP/DIVME del 24 de enero del 2008; el Informe Legal Nº 022-2008-OAJ/MDP de fecha 25 de enero del 2008; el Informe Nº 022/2008-RAS/ODC/MDP del 30 de enero del 2008; el acta de verifi cación y constancia del Comité de Defensa Civil del distrito de Perené, que da cuenta sobre los graves daños causados por los fenómenos de la naturaleza y el inminente peligro de aislamiento de las vías de comunicación, el colapso de los sistemas de tratamiento sanitario, la presencia de epidemias, etc. Por lo que la población en su conjunto mediante sus organizaciones locales, solicita se declare en emergencia los servicios básicos y esenciales para preservar la vida y el desarrollo socioeconómico del distrito de Perené; y, el acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de febrero del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo disponen los Artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, que establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, mediante Informe Técnico Nº 009/2008-RAS/ ODC/MDP del 13 de enero del 2008, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Defensa Civil, el mismo que concluye que “Es conveniente considerar a la Población del distrito de Perené en situación de Riesgo Inminente, ante la proximidad de precipitaciones pluviales altas por encima de sus valores normales que desencadenan en huaicos o desastres naturales como derrumbes e interrupción de la transitabilidad de sus accesos en todos sus extremos.”; y, que es complementado con el Informe Nº 022/2008-RAS/ODC/MDP del 30 de enero del 2008, emitido por el Secretario Técnico del Comité Distrital de Defensa Civil del Distrito de Perené, que recomienda “declarar en situación de emergencia a la infraestructura vial de trochas carrozables de la jurisdicción del distrito de Perené”. Que, el Artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, concordado con el Artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, precisa que se entiende como situación de emergencia, aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata, a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional. Que, en este sentido y vistos los documentos que forman parte del presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 22 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, el Artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; y, en uso de las facultades conferidas por el numeral 2 del Artículo 9 de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”; el Concejo Municipal Distrital de Perené, en Sesión Ordinaria Nº 003-2008, de fecha 8 de febrero del 2008, con el Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, POR MAYORÍA. ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA EL DISTRITO DE PERENÉ, por las constantes precipitaciones pluviales y por efectos de desastres naturales, que vienen afectando las carreteras y todas las vías de acceso, por 90 días calendario, a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, debiendo remitir copia del mismo y de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Sub Gerencia de Administración y demás órganos que tengan que ver con el presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ANTONIO ROMÁN CASTILLO Alcalde 166797-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria, vehículos y equipos a fin de prevenir situaciones de peligro y atender emergencias provocadas por desastres naturales y precipitaciones pluviales ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2008-MDP Perené, 11 de febrero del 2008.EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PERENÉ VISTO:El Informe Nº 073-2008-MDP/S.Gral., de fecha 8 de febrero del 2008, de Secretaría General - Sra. Nora Romero Chang, Expediente Nº 1175, 948, 862 y 361-2008 y 1651-2007; el Informe Técnico Nº 009/2008-RAS/ODC/MDP del 13 de enero del 2008; el Informe Nº 016-2008-MDP/DIVME del 24 de enero del 2008; el Informe Legal Nº 022-2008-OAJ/MDP de fecha 25 de enero del 2008; el Informe Nº 022/2008-RAS/ODC/MDP del 30 de enero del 2008; y, los diversos memoriales de la población del Distrito de Perené, en los que solicitan la adquisición de maquinaria a fi n de contrarrestar los daños ocasionados por las constantes lluvias, crecidas de ríos, huaycos y desastres naturales, que viene sufriendo el Distrito de Perené; y, el acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de febrero del 2008; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo disponen los Artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de